Panorama
Camioneros no cumplen resolución del Intrant
Camioneros que se desplazaban por las principales avenidas del Santo Domingo violaron la resolución 001-2019 del Instituto de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), que prohíbe a vehículos pesados circular en el carril izquierdo.
Las avenidas recorridas por el peródico elCaribe, en las que se violó la medida fueron la George Washington, Gregorio Luperón, John F. Kennedy, Máximo Gómez y 27 de Febrero, entre 10:00 de la mañana y 1:00 de la tarde.
En esas vías algunos conductores de vehículos pesados manejaban en el carril izquierdo violentando el mandato, mientras que otros se desplazaban por la vía derecha que es por la que le corresponde.
Asimismo, en tramos extendidos de las avenidas George Washington y Gregorio Luperón no se observaron agentes de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett), en el horario citado anteriormente.
Los vehículos pesados en su mayoría carecían de material reflejado diamante en los laterales tanto de forma horizontal como vertical según precisa y enumera en la resolución en el artículo segundo sobre medidas básica de seguridad vial punto número tres.
También algunos camiones y furgones con el número de placa ilegible por estar maltrata o sucia, asunto igualmente que el Intrant fiscaliza.
Según la resolución estas deben estar en la parte trasera, en un lugar visible, limpias y con los aditamentos reflectantes de fábrica que permitan identificar su numeración.
Digesett
En tanto, la Digesett informó ayer que fiscalizó a 585 conductores por violar diversos artículos de la ley 63-17 durante un operativo nocturno llevado a cabo en las principales avenidas y carreteras del país.
La entidad precisó que durante el operativo, coordinado por la Dirección de Seguridad Vial, 273 conductores fueron fiscalizados por transitar sin luces, 49 vehículos de carga por transitar en carril izquierdo y 27 por exceso de carga, entre otras faltas a la ley de tránsito. Retuvo 125 vehículos, incluyendo camiones que transitaban sin luces.
“Los vehículos retenidos por transitar sin luces, incluyendo los camiones que además tenían exceso de carga, fueron colocados a orilla de las vías para garantizar la seguridad de los conductores, mientras que otros fueron trasladados a los centros de retenciones de la Digesett. Algunos de los vehículos solo fueron fiscalizados debido a que los conductores solucionaron las fallas en el lugar”, explicó la institución.
No circular en horas pico en zonas urbanas
La resolución 001-2019 indica que “las unidades de carga de doble cola, así como las que superen la longitud de trece metros y setenta y cinco centímetros (13.75m), no podrán circular en las vías públicas urbanas del territorio nacional en las horas pico, es decir, de 6:00 a.m.- 9:00 a.m.) y 5:00 p.m. y 7:30 p.m.)”.
Su no cumplimiento tendrá disposiciones sancionatorias al propietario de la unidad de carga, al conductor con posterior fiscalización y cumplimiento.
El Caribe
Panorama
Amplio despliegue policial en desalojo de Teleofertas en la Gómez con 27
Desde tempranas horas de la mañana decenas de policías están apostados en la avenida Máximo Gómez con 27 de Febrero, lo que ha llamado la atención de conductores y transeúntes, sobre todo porque el tránsito se ha visto afectado.
Esto se debe a un desalojo en la plaza conocida como Teleofertas, en la que los policías acompañan alguaciles que ejecutan una orden de desalojo, que según se informó, está amparada en una sentencia de la Suprema Corte de Justicia.
Reseña Listín Diario que el gran despliegue policial se extiende a los alrededores del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte, El sector Miraflores y calles aledañas.
Los policías están equipados con unidades caninas (K9) y un camión antimotines.
El operativo mantiene congestionado en tránsito en dirección este-oeste, en el elevado de la 27 hasta la entrada del paso a desnivel de la avenida 27 Febrero con Máximo Gómez. Esto porque hay un tramo desde la calle Paseo de los Periodistas hasta la avenida Máximo Gómez que está cerrado, en ese carril.
Johnny Marte popularizó teleofertas
La plaza Teleofertas se popularizó porque desde el conocido hombre del deporte Johnny Marte, mantuvo un programa de ventas por televisión, por más de tres décadas. Marte falleció el 24 de junio de 2023.
En el lugar hay varios negocios, entre ellos un bar (terraza olímpica), venta de comida, lavadero de carros, tienda de respuestas, banca de lotería, entre otros.
Panorama
MP solicita siete años de prisión para Elizabeth Silverio
El Ministerio Público solicitó ante la Novena Sala Penal del Distrito Nacional la imposición de siete años de prisión a la autodenominada neurocientífica Elizabeth Silverio Silien, acusada de usurpar funciones en el área de la salud a través del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Knowledge Land (Kogland).
Asimismo, el órgano acusador solicitó la imposición de una multa equivalente a 50 salarios mínimos, el decomiso de las pruebas ocupadas y la variación de la medida de coerción existente, al considerar que la imputada ya fue condenada en un primer juicio y enfrenta la probabilidad de una nueva condena, lo que incrementa el peligro de fuga, sumado a la gravedad del daño causado a varias familias y a toda la sociedad.
Durante la presentación de sus conclusiones, el órgano acusador, representado por la procuradora de corte Magalys Sánchez y la procuradora fiscal Laura Vargas, sostuvo que la procesada desarrolló un esquema de estafa en perjuicio de padres de niños con trastorno del espectro autista (TEA), haciéndose pasar por doctora en neurociencia y psicóloga, sin contar con la formación académica ni las acreditaciones legales exigidas y que regulan el ejercicio en dichas áreas.
El Ministerio Público explicó a la jueza Milagros Ramírez Cabrera que, tras tener conocimiento de los hechos, inició una investigación objetiva que permitió verificar que la imputada no posee registro académico válido ni habilitación legal para ejercer profesiones vinculadas a la salud, conforme a certificaciones emitidas por universidades extranjeras, el Ministerio de Salud Pública, el Colegio Dominicano de Psicólogos y el Poder Ejecutivo.
Como parte de su accionar, Silverio utilizó documentos falsificados, incluyendo títulos universitarios y un número de exequátur inexistente, con los que aparentaba una preparación profesional que no poseía, logrando así generar confianza en las familias y captar pacientes a los que ofertaba servicios en su centro.
Las pruebas testimoniales presentadas ante el tribunal, especialmente las ofrecidas por los padres de los menores afectados, constituidos en querellantes y actores civiles, evidenciaron que la encartada realizaba evaluaciones, emitía diagnósticos y aplicaba terapias sin aval profesional, llegando incluso a diagnosticar condiciones clínicas inexistentes, lo que provocó afectaciones en la salud de los niños y retrasos en la aplicación de las terapias profesionales adecuadas.
El órgano persecutor también destacó que el centro operado por la acusada funcionaba sin las habilitaciones requeridas por las autoridades competentes, siendo posteriormente clausurado por el Ministerio de Salud Pública, tras comprobarse las irregularidades en su funcionamiento.
De igual forma, informes financieros incorporados al proceso evidenciaron que la actividad desarrollada por Silverio Silien tenía fines lucrativos y le permitía percibir ingresos significativos producto de los servicios ofrecidos a las familias, lo que confirma que el engaño fue utilizado como mecanismo para obtener beneficios económicos.
El Ministerio Público destacó que dichas maniobras constituyen un hecho gravísimo, al tratarse de víctimas en condición de vulnerabilidad, por tratarse de niños que requieren cuidados especializados, por lo que sus familias depositaron su confianza en Silverio Silien con la esperanza de encontrar soluciones.
En ese sentido, indicó que la conducta desplegada por la acusada se subsume en los tipos penales de estafa, falsificación y uso de documentos falsos, en violación de los artículos 147, 148, 150, 151 y 405 del Código Penal Dominicano, así como de los artículos 92, 93 y 156, numeral 7, de la Ley 42-01 General de Salud y el artículo 12 de la Ley 136-03 sobre el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
Tras la presentación de las conclusiones del Ministerio Público, así como de la parte querellante y la defensa, la jueza Milagros Ramírez Cabrera, de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, cerró los debates y se retiró a deliberar, fijando el fallo de la decisión para el próximo martes, 14 de abril de 2026, a partir de las 2:00 de la tarde.
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