Panorama
Educación no se acogerá a resolución de diputados que manda a leer Biblia en escuelas
El Ministerio de Educación no se acogerá a la resolución que aprobaron los diputados que le exige cumplir la Ley No.44-00, que establece la obligación de la lectura e instrucción de la Biblia en las escuelas públicas y privadas del país, porque la Constitución establece la libertad de culto y, por tanto, no deben imponer una orientación religiosa.
La afirmación es del director de Currículo del Ministerio, Remigio García, quien dijo que no pueden imponer a un estudiante que no profese una de las orientaciones cristianas a leer un capítulo bíblico.
“Esa es una postura de respeto a la libertad de culto de los estudiantes dominicanos. El Ministerio se rige por lo que establece la Ley 66-97 de Educación, y tanto la Ley 44-00 como la resolución recién aprobada por los diputados son violatorias de la Constitución, que en su artículo 45 establece que la educación dominicana es inclusiva, sobre todo, porque respeta la libertad de culto”, comentó García.
El artículo 45 de la Constitución establece: “el Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres”.
Indica García que los estudiantes merecen ese respeto a la libertad de culto y a sus rientaciones religiosas y que en la medida de esas posibilidades pueden, según el contexto del aula y de la sociedad dominicana, facilitar que los estudiantes tengan acceso.
“Como esa resolución se apoya en la Ley 44-00, que se basa en un principio de fundamento del Escudo dominicano no de la Constitución, nosotros seguimos acogiéndonos al criterio de la libertad de culto y somos respetuosos de eso y no podemos obligar a los estudiantes a leer un capítulo de la Biblia”, argumentó el funcionario del Ministerio.
Ahora si los profesores y estudiantes, de mutuo acuerdo, leen la Biblia u otra cosa que no contravenga con los valores éticos y humanos de la educación dominicana, el Ministerio de Educación también lo respeta.
Ley de Educación
Para afianzar su rechazo a la resolución que busca imponer la lectura de la Biblia en los centros educativos públicos y privados, el director de Currículo se apoya también en la Ley 66-97 de Educación que rige la enseñanza moral y religiosa en las escuelas públicas y colegios privados.
Dijo que en el capítulo VI que comprende los artículos del 22 al 26, se establecen que no es obligatorio, al menos que sea exigido por los padres de los niños menores de 16 años, que éstos reciban enseñanzas religiosas.
La Ley 44-00 dispone modificar el artículo 25 de la Ley de Educación, la cual plantea: “Los alumnos de planteles públicos recibirán enseñanza religiosa como se consigna en el currículo y en los Convenios Internacionales. A tales fines y de acuerdo con las autoridades religiosas competentes se elaborarán los programas que se aplicarán a los alumnos cuyos padres, o quienes hacen sus veces, no pidan por escrito que sean exentos”.
Explicó que, aunque el currículo tiene una asignatura que se llama Formación Integral, Humana y Religiosa, ésta no obliga a ningún estudiante que no tenga ninguna orientación cristiana a leer la Biblia.
FUENTE: Diario Libre
Panorama
Policía en Bonao prohíbe uso de capuchas y pasamontañas en espacios públicos
En una acción que supuestamente busca transformar las estrategias de prevención del delito en República Dominicana, la Dirección Regional Cibao Sur de la Policía Nacional ha oficializado una nueva normativa de control de identidad.
La disposición prohíbe de manera terminante el uso de pasamontañas, capuchas y cualquier indumento diseñado para ocultar las facciones del rostro en espacios públicos.
Esta medida se integra en un marco más amplio de políticas de seguridad ciudadana que pretenden devolver la tranquilidad a los transeúntes y facilitar la labor de vigilancia en una región clave para la economía y la estabilidad social del país caribeño.
La fundamentación técnica de esta prohibición descansa sobre la premisa de que el anonimato visual es uno de los mayores aliados de la criminalidad moderna.
De acuerdo con los informes de inteligencia policial en el territorio caribeño, una parte significativa de los delitos de contacto, como los asaltos en motocicletas y robos a establecimientos comerciales, son perpetrados por individuos que utilizan prendas de vestir para evadir el reconocimiento facial.
Al eliminar la posibilidad de cubrirse el rostro, las autoridades buscan desarticular la ventaja táctica que el anonimato otorga al delincuente, obligando a cualquier persona en la vía pública a ser plenamente identificable por las patrullas y los sistemas de monitoreo.
La implementación de esta medida también responde a la necesidad de optimizar las inversiones en tecnología de seguridad.
En los últimos años, la República Dominicana ha incrementado su red de cámaras de vigilancia de alta definición y sistemas de inteligencia artificial aplicados a la seguridad pública.
Sin embargo, la efectividad de estas herramientas se ve severamente comprometida cuando el sujeto de interés porta una capucha o un pasamontañas.

La Dirección Regional Cibao Sur sostiene que permitir que el rostro permanezca visible es un requisito sine qua non para que los sistemas de respuesta rápida puedan cruzar datos y bases de datos criminales en tiempo real, aumentando así la tasa de detenciones en flagrante delito.
Además, las autoridades destacan que la prohibición del uso de capuchas y pasamontañas en espacios públicos facilita la identificación de personas con órdenes de arresto pendientes.
Esta medida busca disuadir conductas delictivas y fortalecer la colaboración entre los cuerpos de seguridad y la ciudadanía, quienes podrán alertar de manera más eficiente sobre la presencia de individuos sospechosos en su entorno.
Construcción de confianza comunitaria
Más allá de la persecución del crimen, la medida tiene un componente psicológico profundo orientado a la percepción de seguridad.
La presencia de individuos con el rostro oculto suele generar una atmósfera de desconfianza y ansiedad entre los ciudadanos que transitan por calles y parques.
Al normalizar la visibilidad facial, la Policía Nacional aspira a fomentar un entorno de convivencia mucho más transparente y seguro.
La institución ha sido enfática al señalar que esta normativa no debe interpretarse como una restricción a la libertad personal, sino como un pacto de colaboración mutua donde el ciudadano cede una preferencia estética o de vestimenta en favor del beneficio colectivo de la paz pública.
FUENTE: Infobae.com
Panorama
Aumentan RD$5.00 a precios de gasolina y gasoil; deja sin variación el GLP
El Gobierno dispuso este viernes un aumento en los dos tipos de gasolina y de gasoil de cinco pesos por galón, mientras que dejó sin variación el costo del gas licuado de petróleo (GLP).
Para la semana del 14 al 20 de marzo 2026, la gasolina premium se venderá a 295.10 pesos y la regular a 277.50 pesos por galón, según anunció el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).
En tanto, el gasoil regular se ofertará al público a 229.80 pesos el galón, mientras que el gasoil óptimo se despachará a 247.10 pesos.
En el caso del avtur, su precio ascenderá a 302.40 pesos el galón, incrementándose 67.37 pesos, de acuerdo con una comunicación del MICM. Asimismo, el kerosene se venderá a 343.80 pesos el galón, para un aumento de 73.20 pesos.
Subsidio
A través de un comunicado de prensa, el Gobierno informó que destinó un subsidio de 1,189.8 millones de pesos para la próxima semana.
Desde hace dos semanas, el precio internacional del petróleo y de los derivados de este registran aumentos, debido al conflicto bélico que enfrenta a Estados Unidos e Israel con Irán, en Medio Oriente, y que también ha afectado a otros países productores del crudo en esa región.
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