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Pleno JCE dispone Auditoría Forense a Voto Automatizado
El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), aprobó este lunes la realización de una Auditoría Forense al Sistema de Voto Automatizado utilizado en las Primarias Simultáneas de los Partidos de la Liberación Dominicana (PLD) y Revolucionario Moderno (PRM) el pasado 6 de octubre.
Según establece el Acta No. 32-2019 de la Sesión Administrativa Extraordinaria del Pleno de la JCE celebrada este 14 de octubre de 2019, se dispuso que dicha Auditoría sea llevada a cabo por una empresa de renombre y crédito internacional con experiencia en el área electoral y se autorizó que su contratación se realice bajo un procedimiento de urgencia, según establecen la ley y Reglamentos que rigen las contrataciones públicas en el país.
El Acta establece igualmente el objeto y alcance de la Auditoría Forense, con los siguientes componentes:
1) Secreto del Voto y No trazabilidad:
a) Verificar que no existe una correlación entre el voto y la identidad del votante en el comprobante impreso;
b) Comprobar que en la información registrada en las bases de datos, QRs y comprobantes físicos no hay referencia que permitan, sugieran o induzcan a relacionar el voto y el votante;
c) Comprobar el método utilizado para eliminar la posibilidad de correlacionar el voto y el votante en la base de datos;
2) Integridad de los datos y objetos de la Base de Datos.
a) Confirmar que es auditable:
I) Certificar que lo elegido por el elector es exactamente lo impreso en el comprobante de votación;
II) Certificar que lo impreso es exactamente lo registrado;
III) Certificar que la relación de votación de cada mesa es exactamente la suma de los votos impresos (consolidación en acta de votación);
IV) Certificar que la relación de votación transmitida es exactamente la relación de votación recibida:
V) Certificar que la consolidación de los votos transmitidos es exactamente la consolidación de los votos recibidos.
b) Análisis Bases de Datos Unidad Votación Automatizada y Servidores centrales;
c) Análisis del QR;
d) Análisis de transmisión de datos vía modem 3G y QR;
e) Análisis Bases de Datos y del Sistema de Consolidación de resultados de Microsoft Azure.
3) Trabajo fuera de línea (no online):
a) Certificar que durante el proceso de votación el sistema funciona operativamente sin conexión de las redes.
4) Análisis programa fuente (código fuente) vs programa Objeto de la Unidad de Votación Automatizada:
a) Certificar que el ejecutable instalado es el mismo en todas las urnas de votación utilizadas.
5) Evaluar la Infraestructura Tecnológica que soporta el Sistema de Votación Automatizada, haciendo énfasis en los aspectos de la seguridad.
La Sesión estuvo integrada por el Presidente de la JCE, Magistrado Julio César Castaños Guzmán, así como los Miembros Titulares Magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, asistidos del Secretario General de la JCE, doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos.
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Pastores Marcos Yaroide y Laura Cárdenes anuncian acciones legales por difamación
El reconocido artista cristiano y pastor Marcos Yaroide, junto a su esposa, la también pastora Laura Cárdenes, emitieron un firme comunicado oficial dirigido a su comunidad, medios de comunicación y opinión pública, con el objetivo de desmentir categóricamente las recientes acusaciones que circulan en su contra.
La pareja ministerial denunció ser blanco de una campaña de desprestigio basada en señalamientos e interpretaciones malintencionadas destinadas a dañar su imagen, su labor pastoral y su trayectoria artística.
Rechazo absoluto a falsas afirmaciones
El detonante de la respuesta pública fue la declaración de una comunicadora no especificada, quien aseguró que el ministerio cobraba dinero a cambio de realizar oraciones por las personas.
»Rechazamos esa acusación de manera categórica, absoluta y enérgica. Se trata de una afirmación completamente falsa. Jamás hemos cobrado por orar por una persona», enfatiza el documento conjunto.
Los religiosos argumentaron que, si bien entienden que las figuras públicas están expuestas al escrutinio, existe un límite claro entre el derecho a la libertad de expresión y la difamación o la calumnia.
Asimismo, señalaron que la libertad de prensa no ampara la manipulación de contenido audiovisual para construir realidades inexistentes.
Ultimátum y advertencia legal
En el comunicado, Yaroide y Cárdenes exhortaron públicamente a la persona responsable de la acusación a presentar de inmediato pruebas contundentes que respalden sus dichos.
De lo contrario, advirtieron que procederán penal y civilmente.
El equipo jurídico del ministerio ya ha recibido instrucciones precisas para iniciar las demandas correspondientes contra cualquier individuo que difunda, reproduzca o sostenga estas declaraciones falsas, así como contra quienes manipulen, alteren o descontextualicen entrevistas con el fin de inducir al público a conclusiones erróneas.
»No permitiremos que décadas de servicio sean empañadas por declaraciones irresponsables, falsas o difamatorias emitidas sin el más mínimo sustento», sentenciaron.
Finalmente, los líderes espirituales agradecieron las oraciones y el respaldo incondicional de sus seguidores, reafirmando su compromiso de seguir «predicando el evangelio con la frente en alto» y basando su defensa en la integridad de su trayectoria.
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Dictan 18 meses de prisión preventiva a expresidente del Patronato del Oncológico del Cibao y su esposa
La jueza Stephanie Santiago Reyes, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago, impuso 18 meses de prisión preventiva al expresidente de la Junta Directiva y del Patronato que administra el Instituto Oncológico Regional del Cibao (IORC), Héctor Antonio Lora Cruceta, y a su esposa, Luisa Guzmán.
Esto al considerar que existen elementos probatorios suficientes que los vinculan con la presunta estructura de corrupción desmantelada mediante la Operación Onco 14.
La magistrada, que se había reservado el fallo tras varios dias de audiencia, acogió además la solicitud del Ministerio Público de declarar el expediente como caso complejo, decisión que permitirá ampliar el plazo de investigación debido al volumen de pruebas, la cantidad de operaciones financieras bajo análisis y la naturaleza de los delitos imputados.
En contraste, el tribunal varió el pedimento inicial del órgano acusador respecto a Dilcia Patricia Vargas, excontable vinculada a la investigación, y le impuso prisión domiciliaria luego de que admitiera su participación en los hechos investigados y manifestara su disposición de colaborar con las autoridades aportando información relevante para el esclarecimiento del caso.
Con la decisión, Lora Cruceta y Guzmán deberán cumplir la medida cautelar en los centros de corrección y rehabilitación Rafey Hombres y Rafey Mujeres, respectivamente, mientras el Ministerio Público profundiza una investigación que, según ha adelantado, podría derivar en nuevas imputaciones.
El expediente presentado por la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) sostiene que desde la administración del Instituto Oncológico Regional del Cibao habría operado un esquema destinado a desviar recursos públicos provenientes del Seguro Nacional de Salud (Senasa), mediante la supuesta facturación de procedimientos médicos inexistentes, la duplicación de servicios y otras prácticas fraudulentas que habrían afectado tanto al Estado como a pacientes diagnosticados con cáncer.
Durante la audiencia, la jueza concluyó que la investigación presentada por el Ministerio Público posee un nivel de sustentación suficiente para justificar la imposición de las medidas solicitadas, al considerar la gravedad de los hechos atribuidos, la fortaleza del expediente y el impacto social que generan las imputaciones.
La decisión judicial representa uno de los primeros reveses para los principales señalados en el caso Onco 14, considerada por las autoridades como una de las investigaciones más delicadas en materia de corrupción vinculada al sistema de salud, por involucrar recursos destinados al tratamiento de pacientes oncológicos.
Al término de la audiencia, el abogado Ricardo Reina, representante de Dilcia Patricia Vargas, confirmó que el tribunal acogió el acuerdo procesal alcanzado con el Ministerio Público, lo que permitió sustituir la prisión preventiva por arresto domiciliario.
Explicó que su defendida continuará suministrando documentación e información relacionada con las operaciones contables realizadas durante su permanencia en la institución.
Reina sostuvo que la colaboración de Vargas permitirá determinar con mayor precisión el alcance económico de las presuntas irregularidades y establecer el monto real de los recursos que habrían sido sustraídos mediante las operaciones investigadas.
Añadió que la medida de coerción será revisada periódicamente conforme a lo establecido por la legislación procesal penal.
La investigación del Ministerio Público sostiene que el esquema bajo análisis no solo habría ocasionado pérdidas millonarias al Estado dominicano, sino que también comprometió recursos destinados a tratamientos de pacientes con cáncer, un elemento que el tribunal valoró al momento de ponderar la gravedad de las imputaciones y la necesidad de imponer medidas cautelares de mayor rigor.
El abogado Pantaleón Mieses, representante legal de la imputada Luisa Guzmán, manifestó su desacuerdo con la decisión de la jueza Stephanie Santiago Reyes de imponer 18 meses de prisión preventiva a su defendida, al considerar que el tribunal no ponderó correctamente los elementos presentados por la defensa para descartar el peligro de fuga.
El jurista sostuvo que durante la audiencia fueron aportadas pruebas suficientes sobre el arraigo familiar, laboral y social de Guzmán, por lo que, a su juicio, procedía la imposición de una medida menos gravosa, como la prisión domiciliaria.
Recordó que la propia jueza reconoció la existencia de esos vínculos, pero entendió que la gravedad de los hechos investigados justificaba el envío a prisión.
Mieses también cuestionó que el tribunal declarara el expediente como caso complejo y argumentó que, conforme al estado de la investigación, el Ministerio Público ya dispone de los elementos necesarios para presentar una acusación formal.
En ese sentido, calificó como excesivo el período de 18 meses de prisión preventiva, al entender que la medida resulta desproporcionada frente al avance del proceso investigativo.
El abogado informó que esperará la notificación íntegra de la resolución para analizar los fundamentos jurídicos de la decisión y anunció que, dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal, interpondrá un recurso de apelación tanto contra la imposición de la prisión preventiva como contra la declaratoria de complejidad del caso, por considerar que ambas decisiones carecen de la debida proporcionalidad.
Vía Listín Diario
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