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Ministro de Salud descarta hombre falleciera por dosis vacuna COVID-19

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El ministro de Salud Publica, Daniel Rivera descarto que el señor Midomio Rodrigez Tejada de 86 años falleciera a consecuencias de la colocación de la primera dosis de la vacuna del COVID-19.

Rivera, sostuvo que el historial clínico del fallecido refleja que el paciente padecia de otras comorbilidades por lo que al ser llevado a la emergencia del Hospital de Loma de Cabrera presento una presión arterial de 80/50, acompañado de dolor torácico.

El ministro Rivera afirmó que los registros de la tarjeta de vacunación evidencian que al señor Rodriguez Tejada se le aplicó la prinera dosis de la vacuna covid el día 8 de marzo a la 11:23 am de la mañana.

Dijo que el personal médico que atendió a Rodriguez Tejada en Loma Cabrera lo refirió al Hospital Ramón Matías Mella de Dajabon con diagnostico de Neumonía.

En el Hospital Ramón Matías Mella le fue realizada una prueba Rápida de Antígénica COVID-19 dando como resultado, Negativo al virus.

En tanto que el Diagnostico del medico internista tratante en el Hospital Ramón Matías Mella determinó insuficiencia cardíaca descompensada, e infarto agudo al miocardio.

El ministro Rivera ofreció estas declaraciones durante un recorrido realizado en la provincia de Santiado donde acompañó al presidente Luis Abinader a dar inicio a la construcción del hospital municipal de San José de Las Matas.

Durante el recorrido fue visitado el centro de vacunación del Hospital Bella Vista, Santiago.

FUENTE: Diario Libre

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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos

La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso

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A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.

La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.

Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación

La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.

Impulsarán alternativas biodegradables

Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.

La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.

También modifica el financiamiento del sistema de residuos

La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.

Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.

Aportes según el nivel de ingresos

La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.

Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.

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