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Someten en TSA recurso contra requerimiento de la tarjeta vacuna

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Un recurso constitucional de amparo fue elevado ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) para pedir la nulidad de la resolución número 000048 del 8 de octubre, aunque otros abogados consultados defienden la legalidad de la disposición.

Como parte de las medidas que entraron en vigencia ayer, el Ministerio de Salud Pública mantiene en condición de epidémico todo el territorio nacional, a la vez que dispone el uso obligatorio de mascarillas, mantener distanciamiento físico y los establecimientos de uso público solo podrán recibir el 75 % de su capacidad.

Pero la resolución 000048 de Salud también establece que a partir del próximo lunes 18 de octubre, habrá que presentar cédula y la tarjeta de vacunación con al menos dos dosis para poder presentarse a los espacios de trabajo colectivos y cerrados, a los centros de estudios públicos y privados, al transporte y establecimientos públicos, como tiendas, discotecas o colmados.

La resolución motivó el recurso de amparo interpuesto motu proprio por los abogados Yan Carlos Martínez Segura y Eli Saúl Barbi Castro, quienes solicitaron que el procedimiento sea declarado de extrema urgencia y se conozca antes del 18 de este mes de octubre del presente año 2021.

Los abogados elevaron su instancia contra la Presidencia de la República, representada por Luis Abinader y el Ministerio de Salud Pública, en la persona de su titular Daniel Enrique de Jesús Rivera Reyes.

Argumentan que la disposición de Salud Pública atenta contra los artículos de la Constitución 38 (Dignidad humana); 39 (Derecho a la igualdad); 40 (Derecho a la libertad y seguridad personal); 42 (Derecho a la integridad personal); 62 (Derecho al trabajo) y 74 (principios de aplicación e interpretación de los derechos y garantías fundamentales).

Además, los artículos 3 y 4 de la Ley 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.

“En razón de que existe una seria amenaza a los derechos fundamentales de la colectividad, en consecuencia de los accionantes, una amenaza que supone la limitación de amplios derechos constitucionales, a millones de ciudadanos con consecuencias insospechadas y generadoras de consecuencias incluso que perturben la paz y el orden público, generando caos, violencia y desorden en las vías, transporte público y espacios de recreación”, aduce el documento con fecha 10 de octubre.

El abogado Marino Feliz, sin embargo, no advierte violaciones en la disposición del Ministerio de Salud, basado en el contenido marco de la Ley orgánica del propio Ministerio (42-01) que le da potestad para dictar resoluciones cuando tenga que ver con temas de salud, así como por el artículo 61 de la Constitución que establece la salud como derecho fundamental y al Estado como su garante. Indica que la capacidad normativa de la legislación orgánica tiene rango constitucional.

“Si es así, entonces se está avocando a una restricción de algunos derechos, pero la Constitución de la República establece en su artículo 61 que el Estado promoverá todas las cuestiones tendentes a que se provea de una buena salud e inclusive, las cuestiones preventivas de salud”.

Indica que esa responsabilidad puede entrar en contracción con el libre tránsito, libre albedrío o la libre determinación de los individuos, lo que confronta con el derecho a la salud. Sin embargo, entiende que el deber del Estado es proteger a la mayor cantidad de personas, por lo que no ve violación de derecho, siempre que se ampare en la prevención de la salud de todos.

“En un buen argumento de razonabilidad, no son contrarias a la Constitución esas medidas que el Estado puede tomar. No hay violación a derecho. El Estado no obliga a nadie (a vacunarse), lo que está diciendo es que, si tú no estás vacunado, no puedes entrar. Tú tienes un derecho, pero yo tengo que proteger a los demás”, planteó el abogado.

Mientras se decide la suerte jurídica de la resolución, ésta ya empieza a tener efectos entre los que quedaban indecisos frente a la vacuna anticovid. Ayer los centros de vacunación volvieron a experimentar un incremento de asistencia.

“Desde que anunciaron las medidas adoptadas por el Gobierno vinieron más personas a vacunarse”, expresó la encargada del centro de vacunación de la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña (Unphu).

“Luego de las medidas anunciadas, las personas han venido por su segunda y tercera dosis, pero también muchos han venido, una gran mayoría, por la primera”, explicó Jennifer Maceo, una de las enfermeras a cargo del centro que opera en Plaza Lama de la avenida 27 de Febrero.

Algunos de los asistentes a los centros lo hacen porque “no les queda de otra” ante la exigencia del Ministerio de Salud, según lo expresó uno de los jóvenes que ayer acudieron a inocularse.

En total suman 4.9 millones las personas que han completado su esquema de dos dosis de vacunación en el país, que ya alcanzó el 58.3 % de su población meta. Los que tienen una dosis suman 6.1 millones, según el reporte hasta este 10 de octubre.

Solo las provincias Monseñor Nouel y San Cristóbal presentan a la fecha un 49.3 % y un 49.0 % de vacunados con dos dosis, respectivamente, según el registro actual que presenta el Ministerio de Salud Pública.

Para ayer, las autoridades de salud reportaron 633 nuevos casos de COVID-19, que para la fecha tuvo una positividad de 14.75 %, con una tendencia al alza. No se reportaron fallecidos.

Dudan de la logística
Dirigentes choferiles de la capital y de Santiago están de acuerdo con la exigencia de la tarjeta de vacunas contra el COVID-19 a todos los pasajeros, pero creen que el Estado no tiene la logística para hacerla cumplir. El presidente de la Central Nacional de Transportistas Unificados (CNTU) William Pérez Figuereo, consideró que nunca es bueno imponer, pero entiende que ello va a contribuir a bajar la incidencia del COVID-19. Antonio Marte, presidente de la Confederación Nacional de Organizaciones del Transporte (Conatra) cree que para cumplir con la medida se requieren dos cosas: que se instalen centros de vacunación en todas las terminales de autobuses del país y que se cree una institución represiva con militares, “de lo contrario no se cumplirá”, dijo.

FUENTE: Diario Libre

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DIGESETT investiga a agente por presunta negativa de encender cámara corporal

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La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) informó este jueves que investiga a uno de sus agentes, luego de que presuntamente se negara a encender la cámara corporal durante una intervención.

El caso surgió tras la difusión de un video en redes sociales en el que se observa el momento de tensión ante la solicitud de documentos del agente a un conductor y la persistencia del ciudadano en que el agente encendiera el dispositivo, petición a la que el agente no accedió.

La institución informó que el agente fue citado y se encuentra bajo investigación de los organismos de control correspondientes, conforme a los procedimientos establecidos.

Las cámaras corporales son utilizadas como herramientas para documentar las actuaciones de los agentes y facilitar la revisión de situaciones que puedan generar controversias durante las intervenciones.

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Imponen dos meses de prisión preventiva a «Nino Dólar»

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La Cuarta Sala del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Nacional impuso dos meses de prisión preventiva en contra de Carlos José Troche Rodríguez, conocido como «Nino Dólar», acusado de provocar la muerte de dos personas y ocasionar lesiones a una tercera en un accidente de tránsito registrado el pasado 15 de agosto en la avenida Abraham Lincoln.

El tribunal dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en la cárcel de Cotuí, tras acoger la solicitud presentada por los fiscales del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios).

A Troche Rodríguez se le acusa de violar el artículo 112, párrafo I, de la Ley 74-25, que modifica el Código Penal dominicano y tipifica el homicidio agravado, referente a los atentados culposos contra la vida.

El imputado enfrenta cargos por la muerte de Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y de su hija, Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, así como por las lesiones sufridas por Arianna Michelle Ciprián.

La solicitud de medida de coerción había sido presentada inicialmente ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional; sin embargo, el juez Rigoberto Sena declinó el proceso a favor del tribunal de tránsito, por tratarse de un hecho vinculado a un accidente vial.

De acuerdo con la acusación, el imputado violó la luz roja de un semáforo mientras conducía una yipeta, impactando contra una motocicleta en la que se desplazaban las víctimas.

La investigación establece, además, que, tras producirse la colisión, el conductor no se detuvo y continuó la marcha del vehículo, arrastrando a las víctimas por la vía y pasándoles por encima al emprender la huida del lugar.

El caso permanece bajo investigación por parte del director técnico de la Fiscalía del Distrito Nacional, Kelvyn Colón, y los fiscales Vladimir Viloria, encargado del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios); y Yesenis Hernández Cabreja.

FUENTE: Listín Diario

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