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Salud Pública dice en hospitales, clínicas e iglesias no es obligatorio mostrar vacuna
El Ministerio de Salud Pública hizo de conocimiento público este martes, que se puede asistir a hospitales e iglesias sin presentar tarjeta de vacunación o prueba PCR negativa, puesto que estos lugares se encuentran exentos de está medida impuesta por las autoridades sanitarias.
Mediante un comunicado emitido este día por la entidad, aclararon que los centros de salud públicos, privados y los espacios religiosos no necesitan la constancia de inoculación para sus actividades habituales y pueden aceptar personas sin las observaciones de la resolución 000048 del Ministerio de Salud Pública que impone la presentación de la tarjeta de vacunación contra el COVID-19 para acceder a establecimientos públicos.
En la referida resolución, los recursos, que ponen en causa a la Presidencia de la República, el Ministerio de Salud Pública y su ministro Daniel Rivera, están en el Tribunal Superior Administrativo (TSA), que hoy conocerá una solicitud de amparo interpuesta por Yancarlos Martínez Segura y Eli Saúl Barbi Castro.
Ambos plantean que la resolución se constituye en una seria amenaza a los derechos fundamentales de la colectividad, como son el libre tránsito, el derecho a la igualdad, a la libertad, entre otros derechos fundamentales.
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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos
La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso
A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.
La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación
La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.
Impulsarán alternativas biodegradables
Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.
La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.
También modifica el financiamiento del sistema de residuos
La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.
Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.
Aportes según el nivel de ingresos
La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.
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