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Panorama

Pro Consumidor da plazo de 24 horas para que empresa retire publicidad sobre tarjeta de vacunación digital

La empresa informó que la aplicación ya no estará disponible y que eliminará las cuentas y datos personales de los que se habían registrado

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El director ejecutivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), Eddy Alcántara, informó este miércoles que esa institución dio un plazo improrrogable de 24 horas a la empresa One Healthy Pass (OHP), representada en el país por la compañía TRANSNEG, S.R.L, para que procedan al retiro inmediato de una publicidad engañosa sobre el lanzamiento de una aplicación para portar la tarjeta de vacunación de manera digital o electrónica.

Tras la advertencia, en una escueta publicación en su cuenta de instagram la empresa informó que ya la aplicación no estará disponible y que los usuarios que se habían registrado recibirían una constancia de la eliminación de su cuenta y datos personales.

En tanto Alcántara explicó que Pro Consumidor hizo una notificación de no conformidades e inició el procedimiento administrativo sancionador contra las referidas empresas, por entender que los hechos analizados podrían configurar violaciones al artículo 53 de la Constitución de la República y a la Ley 358-05 en lo relativo al derecho a la información, principio de veracidad y publicidad responsable, “así como violación a la Resolución 016-2014, que regula la publicidad engañosa en la República Dominicana”.

El funcionario manifestó que mediante la misma notificación, también otorgaron un plazo de tres días hábiles a partir de este acto, para que las empresas One Healthy Pass (OHP) y TRANSNEG, S.R.L, procedan a depositar en Pro Consumidor un escrito de defensa, “así como la documentación que estimen necesaria para probar que sus actuaciones no infligieron los elementos legales que les han sido presentados y sobre los cuales esta institución defensora de los derechos del consumidor inicia por este medio un procedimiento administrativo sancionador”.

Resaltó en ese orden, que ese proceso administrativo que inician contra estas empresas está sustentado en que las disposiciones de la Ley 358-05 relativa a la protección de los derechos de los consumidores y usuarios son de orden público, imperativas y de interés social, y en consonancia con los principios rectores del quehacer administrativo contenidos en la Ley 107-13 sobre los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y Procedimiento Administrativo”.

La advertencia de Salud Pública
El director ejecutivo de Pro Consumidor recordó que el Ministerio de Salud Pública había advertido al respecto que la información que circula en las redes sociales y en algunos medios acerca del lanzamiento de una aplicación gratuita para portar la tarjeta de vacunación de manera digital o electrónica, no surge de ninguna instancia oficial ni cuenta con el aval del Estado dominicano.

Asimismo, que ese ministerio a la fecha no ha lanzado aplicación web o constancia de vacunación de ningún otro tipo, que no sea la tarjeta de vacunación entregada al momento de la aplicación de la vacuna en los puestos y centros de inoculación diseminados en toda la geografía nacional, al tiempo que llama a la población a no facilitar ningún tipo de información personal a personas no conocidas o terceros que estén solicitando este tipo de información.

Panorama

Aumentan las sentencias a centros de salud por supuestas malas prácticas médicas

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Las sentencias condenatorias en contra de clínicas y hospitales del país, por presuntas malas prácticas médicas, han aumentado sustancialmente en los últimos días.

El más reciente de los casos, es el de la Clínica Corazones Unidos, que fue condenada al pago 6 millones 875 mil pesos en compensaciones y costos acumulados por negligencia médica en dos pacientes.

Angelina María Hernández y Milagros del Socorro Alba F. fueron las afectadas.

Hernández fue indemnizada con un millón 590 mil pesos tras sufrir un deterioro en su visión debido a la implantación incorrecta de lentes intraoculares para corregirle un problema de visión, lo que le dejó daños permanentes.

La sentencia 035-2023-SSEN-00954 fue emitida el 9 de octubre del año 2023 por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.

Reseña el periódico Hoy que la decisión judicial incluyó intereses acumulados desde la notificación el 16 de noviembre de 2023, calculados al 1.5 por ciento mensual.

Mientras que la sentencia civil, número 1303-2023-SSEN-00407, favoreció a Del Socorro Alba F. con el pago de un millón 750 mil pesos, que se incrementó en 3.5 millones de pesos con el duplo de 1.5 por ciento del monto dictado por el dispositivo judicial.

El mismo además ordena el pago del monto como compensación después de que se descubrió una gasa dejada en su pecho cerca del corazón durante una operación en la misma clínica.

Había acudido al centro de salud para colocarse un stent para corregir un problema cardiovascular, le fue dejada una gasa en la cirugía para colocarle el dispositivo, error que fue corregido mediante una intervención quirúrgica en Estados Unidos.

Como consecuencia de ambas sentencias, fueron embargadas las cuentas de Clínica Corazones Unidos en diferentes bancos comerciales.

Uno de los abogados de las pacientes, licenciado Gilberto Objío Subero, explicó que la clínica no cuenta con un seguro de responsabilidad civil médica que respalde estos casos, por lo que se procederá a continuar con las acciones judiciales necesarias para asegurar la compensación.

Ney Arias Lora
En el caso del Hospital Traumatológico Doctor Ney Arias Lora, este fue condenado por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) al pago de 10 millones de pesos a favor de Félix Julián Encarnación Feliz, quien perdió su pierna derecha luego de adquirir una bacteria tras ser operado en este centro de salud.

Encarnación Feliz incoó una demanda en responsabilidad patrimonial, dictando la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, la sentencia núm. 0030-1642-2023-SSEN-00268, de fecha 31 de marzo de 2023, la cual fue objeto del recurso de casación.

La misma también obliga al pago de un interés judicial del 1.5% mensual sobre las sumas indicadas previamente, a título de indemnización compensatoria por los daños correspondientes a la amputación y prótesis de su pierna derecha.

El demandante fue ingresado por emergencia el 19 de enero de 2016, tras sufrir un siniestro de tránsito en el municipio de Baní, provincia Peravia, recibiendo un golpe en la cara, específicamente en el tabique nasal y una fractura abierta en la tibia y el peroné de su pierna derecha.

El 20 de noviembre de 2017, el paciente es ingresado nueva vez, vía emergencia, con un absceso en la pierna derecha y dolor, a lo que se procedió a evaluarlo y realizarle algunas imágenes, de las cuales no mostró lesiones óseas, refriéndolo a Gerencia de Ortopedia para consulta con un diagnóstico de osteomielitis de tibia derecha, osteomielitis de pierna derecha y resultado positivo al cultivo de la bacteria K.Pneumoniae.

CECIP
A la lista también se agrega el Centro de Cirugías Plásticas y Especialidades (CECIP), sentenciado a pagar 2 millones de pesos a la paciente Sulandy Altagracia Crucet.

La jueza Clara Almonte, de la Segunda Sala del Tribunal Penal del Distrito Nacional, también impuso un mes de prisión al cirujano plástico Asmín Aquino por mala práctica médica.

Cabe destacar que en los últimos años, los grandes centros se han visto precisados a obligar a sus médicos a tener un seguro que cubra los efectos de posibles demandas, debido a que cada vez son más los casos que van a los tribunales.

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Panorama

Dictan prisión domiciliaria a mujer acusada de mandar a matar a su esposo

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La jueza de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Judicial de Santiago impuso prisión domiciliaria a Daneris Pérez Espinal, acusada de pagarle a dos hombres para que asesinaran a su esposo Julio Cesar Rodríguez Paula en 2020.

Además, le fue impuesta presentación periódica y el uso de un dispositivo electrónico a Pérez Espinal, por presuntamente mandar a matar a Julio Cesar Rodríguez Paula, en un hecho ocurrido en el municipio de Tamboril, de Santiago.

La jueza Yiberty Polanco, quien estuvo a cargo de la coerción, tomó la decisión de enviar la imputada a su casa a cumplir la medida, por problemas de salud, por lo que ya Daneris Pérez, no podrá ser víctima ni testigo en el caso que se conocía por la muerte de su esposo.

Reseña el Listín que Carlos Villanueva, abogado de la familia de las víctimas, explicó que Daneris Pérez Espinal ahora será una imputada más en el proceso.

Tanto a Joan Giancarlo Acosta y Fabricio Antonio Báez Pérez, estos dos últimos están cumpliendo un año de prisión preventiva por el mismo hecho.

Mientras que las hermanas del fallecido mostraron su descontento por la decisión del tribunal, entendiendo que debió ir a prisión, ya que fue la que coordinó la muerte de su pariente.

Ana Dolores Rodríguez, hermana del fallecido, dijo que existían pruebas suficientes para imponer prisión a la asesina de su hermano.

“Habían pruebas suficientes para que ella estuviera presa, no mandarla a la casa, ya que hubo manipulaciones de los hijos, indicando de que ella estaba enferma y que está siendo medicada, ¿entonces su madre está enferma y nuestro hermano dónde?», dijo Dolores Rodríguez.

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