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Panorama

Confinamientos solo redujeron las muertes por COVID en un 0.2 %, según estudio universidad Johns Hopkins

Se descubrió que el impacto de los cierres de fronteras es aún menos efectivo

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Foto. Unsplash

Un nuevo estudio de la Universidad Johns Hopkins afirma que los encierros pandémicos en todo el mundo solo previnieron el 0.2 por ciento de las muertes por COVID-19 y «no fueron una forma efectiva de reducir las tasas de mortalidad durante una pandemia».

“No encontramos evidencia de que los confinamientos, el cierre de escuelas, el cierre de fronteras y la limitación de reuniones hayan tenido un efecto notable en la mortalidad por COVID-19”, se lee en el documento, que se basa en una revisión de 34 estudios preexistentes sobre COVID-19

Dados los «efectos devastadores» que han causado los bloqueos, los autores recomendaron que se «rechacen de plano como un instrumento de política pandémica».

Tanto en Europa como en los Estados Unidos, los investigadores descubrieron que solo se podía esperar que un bloqueo redujera las tasas de mortalidad en un 0.2 por ciento «en comparación con una política COVID-19 basada únicamente en recomendaciones». Por contexto, el 0.2 por ciento del total de muertes canadienses por COVID-19 hasta el momento equivale a unas 70 personas.

Se descubrió que el impacto de los cierres de fronteras es aún menos efectivo, con tasas de mortalidad que solo bajaron alrededor del 0.1 por ciento.

El estudio dio crédito parcial a las políticas que cerraron negocios «no esenciales», que concluyeron que podrían reducir las tasas de mortalidad de COVID hasta en un 10 por ciento. El estudio señaló que esto «probablemente esté relacionado con el cierre de bares».

El metanálisis se basó en estudios en los que los investigadores sintieron que tenían suficientes datos para establecer un vínculo entre las políticas de bloqueo y su efecto posterior en las muertes por COVID-19.

Un artículo citado es un estudio de noviembre publicado en Review of Financial Studies. Los investigadores desglosaron exhaustivamente las restricciones de COVID en cada condado de EE. UU. a lo largo de 2020 y luego las compararon con las tasas de mortalidad de COVID posteriores del condado.

Ese estudio en particular encontró que los cierres de restaurantes y los mandatos de máscara salvaron vidas, pero que los cierres de spa básicamente no hicieron nada.

Otro estudio citado es un artículo de julio de 2020 de The Lancet que contó los resultados de COVID-19 en los 50 países más afectados del mundo y luego lo comparó con factores que van desde el cierre de fronteras hasta las tasas de obesidad.

Ese estudio encontró que los «bloqueos completos» y los «cierres rápidos de fronteras» podrían reducir considerablemente la tasa de casos de un país, pero no tuvieron tanto efecto en las tasas de mortalidad.

Los investigadores excluyeron casi 83 estudios para su consideración, incluidos algunos que respaldaron la eficacia de los bloqueos.

El más notable es un estudio de 2020 publicado en la revista Nature que concluyó que los confinamientos en Europa ayudaron a evitar entre 2,8 y 3,5 millones de muertes en los primeros meses de la pandemia.

Los investigadores de Johns Hopkins solo querían estudiar las tasas de mortalidad: descartaron cualquier estudio que examinara el efecto de los bloqueos en las hospitalizaciones o las tasas de casos.

Jennifer Grant, médica de enfermedades infecciosas de la Universidad de Columbia Británica, le dijo al National Post que centrarse solo en la mortalidad es una medida «cruda».

“Hay otros elementos del confinamiento que deben tenerse en cuenta… la sobrecarga hospitalaria y la carga general de la enfermedad, incluida la necesidad de hospitalización de quienes se enferman y las consecuencias a largo plazo para los infectados”, dijo.

Sin embargo, Grant ha criticado las medidas de confinamiento en parte porque afectan a segmentos completos de la población que, para empezar, tenían un riesgo bajo.

“Tenía poco sentido evitar que los jóvenes vivieran normalmente porque tienen un riesgo muy bajo de enfermarse gravemente, pero se han visto muy, muy afectados por los impactos del encierro”, dijo.

Los investigadores de Johns Hopkins también descartaron cualquier estudio que evaluara los cierres basados únicamente en «pronósticos» de muertes anticipadas.

En el caso del estudio de Nature, los investigadores de Johns Hopkins lo rechazaron porque no controlaba otros factores (como la «temporada» o el «comportamiento») que podrían haber explicado cómo las tasas de mortalidad europeas finalmente no alcanzaron los niveles previstos por virólogos.

A diferencia de gran parte de la investigación citada por los medios sobre COVID-19 hasta el momento, el nuevo artículo de Johns Hopkins es de economistas en lugar de epidemiólogos.

El autor principal, Steve Hanke, es miembro principal del Instituto Cato libertario y colaborador de National Review, de tendencia derechista.

Sin embargo, no es el primer estudio que arroja agua fría sobre la idea de que los bloqueos fueron un factor importante para salvar vidas durante la pandemia.

Un estudio de abril publicado en Proceedings of the National Academy of Sciences, por ejemplo, determinó que las órdenes de «refugio en el lugar» de EE. UU. «no tenían beneficios detectables para la salud».

Sin embargo, ese estudio concluyó que la política fracasó principalmente porque los estadounidenses ya habían comenzado a seguir los protocolos de distanciamiento social por su cuenta.

De manera similar, los investigadores de Johns Hopkins concluyeron que los formuladores de políticas pueden estar subestimando qué parte de la propagación de COVID fue mitigada simplemente por las acciones privadas de los ciudadanos.

Si los bloqueos fueran ineficaces, escriben, «esto debería llamar nuestra atención sobre el papel de los cambios de comportamiento voluntarios».

Pasarán años hasta que los investigadores tengan una imagen completa de los daños causados por las políticas de confinamiento, incluido el daño a la salud mental y los picos correspondientes de muertes por cáncer y sobredosis.

Sin embargo, lo que se sabe es el costo: los bloqueos impuestos por el gobierno provocados por la pandemia de COVID-19 han demostrado ser uno de los eventos individuales más costosos en la historia de la humanidad.

Solo en Canadá, el primer año de la pandemia generó un déficit federal de $343 mil millones impulsado en gran parte por los pagos a los trabajadores desempleados por los cierres de gimnasios, restaurantes y otros espacios públicos ordenados por el gobierno.

Fuente: Gdm.do

Panorama

JCE reitera está prohibido instalación de carpas y mesas frente o dentro de recintos electorales

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La Junta Central Electoral reitera de manera categórica, lo dispuesto en la Resolución No. 18-2024 de fecha 12 de marzo de 2024 que establece el protocolo para la seguridad de la cadena de custodia y de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.

Por lo que, “no se permitirá la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activistas políticos frente o dentro de los recintos electorales o en el perímetro que comprende a estos, para lo cual adoptará las medidas de coordinación y seguridad que fuesen necesarias”.

Hace algunos días, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana y expresidente de la República, Danilo Medina, llamó a la militancia peledeísta, en un acto en Bahoruco, a que a la primera carpa que construyan frente a un centro de votación “tienen que destruirla de inmediato”, por ser ilegal y que formen comités de defensa al voto.

Las aglomeraciones de personas, el proselitismo en las inmediaciones de los colegios electorales, la compra y venta de cédulas, así como la colocación de carpas son una constante en las elecciones de República Dominicana, que crea descontento entre algunos políticos, sobre todo de oposición, y parte de la población votantes.

Sin embargo, es atribución de la Policía Militar Electoral no permitir las carpas ni mesas en el perímetro de los colegios electorales y a la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales le confiere investigar y llevar a la justicia ordinaria a los que infrinjan la legislación.

La misión de observadores de la OEA se pronunció en su informe preliminar de los comicios municipales de febrero pasado, donde instó a adoptar medidas tendentes a evitar el asedio a los electores y la Junta Central Electoral acogió las recomendaciones y con la resolución 18-2024 prohibió las carpas y otros actos.

“La investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales a que se refiere esta ley y las demás leyes que contienen sanciones penales en el ámbito electoral, serán realizadas por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, dependiente de la Procuraduría General de la República” expresa la ley en su artículo 322.

En la resolución 18, la JCE indica entre las acciones que debe ejecutar la Policía Militar Electoral está: “No permitir el proselitismo de personas con gorras, ni la utilización de gafetes, distintivos o cualquier otro elemento de promoción o activismo político en el colegio electoral, en los recintos electorales o en el perímetro de estos.

No permitir la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activista políticos frente o dentro de los recintos electorales o en perímetros que comprende a estos, para lo cual adoptará medidas de coordinación y seguridad que fueren necesaria”.

También debe velar por mantener despejadas de vehículos de todo tipo, las entradas y el perímetro de cada recinto electoral, a los fines de que la ciudadanía pueda acudir, sin ningún obstáculo a ejercer su derecho al voto el día de las elecciones, así como impedir todo proselitismo de personas con gorras, la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines.

SANCIONES DELITOS ELECTORALES
Artículo 310 de la ley 20-23 establece que los delitos electorales serán castigados con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público, entre estos los que violaren cualquiera de las resoluciones reglamentarias de la Junta Central Electoral;

Y “Los que violaren las normas sobre medio ambiente en la realización de la campaña electoral, particularmente aquellas que afectan la flora, la fauna y los niveles de decibeles permitidos para la emisión de ruidos; conforme la Ley núm. 64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.

LA LISTA DE LOS FISCALES
La JCE dio a conocer el listado con los fiscales que conocerán los delitos electorales en cada provincia del país, a los que deberán ser llevadas las quejas de violaciones de los derechos de los ciudadanos en las elecciones, y los que dificulten las realizaciones de unas elecciones de forma ordenada y legitima.

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Panorama

JCE informa que Fuerza del Pueblo debe reorganizar boleta de diputados de la C1 del DN como ordenó el TSE

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La Junta Central Electoral (JCE) informó este lunes que no acogió la inscripción de candidatos a diputados de la Fuerza del Pueblo en la circunscripción 1 del Distrito Nacional, en vista de que incumple lo ordenado por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

Esta información está contenida en una comunicación de la JCE, documento que especifica además que a la Fuerza del Pueblo le otorgaron un plazo hasta el 1 de mayo a las 7:00 p. m., para hacer un nuevo depósito de candidaturas.

Esto significa que la candidatura de Rafael Paz volvió a quedar fuera de la contienda electoral.

De acuerdo a la sesión extraordinaria celebrada por el órgano electoral este 29 de abril, “no resulta posible acoger la misma, tal y como ha sido presentada, toda vez que con ello se estaría incumpliendo el mandato de las indicadas sentencias”.

LA SENTENCIA
El TSE emitió una sentencia el pasado 11 de abril que ordena a la Fuerza del Pueblo reconfigurar su boleta electoral de la circunscripción 1 del Distrito Nacional en el nivel de diputaciones.

Esto debido a que las candidaturas mejores valoradas de acuerdo a los resultados de las encuestas internas, fueron las de Andy Roberto Morales, Francisco Guillén y Robert Martínez, los mismos que deberían ocupar las casillas de ese partido en esa demarcación.

Con esta decisión se excluyó de la boleta electoral a Paz, así como a Selinée Méndez, Rosa Feliciano y Katiuska Morel.

Con relación a las tres casillas restantes, el TSE ordena al partido que identifique la mujer más votada en el proceso interno para que sea incluida en su propuesta de candidaturas en la posición número cuatro.

Asimismo, dispone que las dos plazas restantes que fueron reservadas sean ocupadas por igual cantidad de mujeres, las cuales deberán ser aportadas por dicho partido o por los partidos aliados beneficiarios de dichas plazas, de haber intervenido pactos en ese sentido, para cumplir así con la proporción de género que exige la legislación vigente.

REACCIÓN DE LA FUERZA DEL PUEBLO
Semanas después de la emisión de esta sentencia, la Fuerza del Pueblo volvió a inscribir a Paz como candidato a diputado por la circunscripción uno del Distrito Nacional.

De acuerdo con la comunicación del partido depositada en la Junta, y firmada por el delegado político Manuel Crespo, señala que Margarita Feliciano, Francisco Guillen, Selinée Méndez y Andy Morales fueron los ganadores de las encuestas realizadas para determinar las candidaturas.

Mientras que Robert Martínez fue inscrito como una reserva que iba a ser cedida en alianza. Los candidatos serán colocados en ese orden en la boleta.

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