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Panorama

Salud Pública recomienda uso mascarilla en espacios públicos y privados

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Tras el anuncio del presidente Luis Abinader suspendiendo las medidas de contención por el COVID-19, el Ministerio de Salud Pública emitió la resolución 0008-2022, con la cual deja sin efecto resoluciones anteriores que perpetuaban algunas restricciones a la población.

Sin embargo, mantiene algunas recomendaciones y medidas del protocolo sanitario a seguir ante casos positivos.

La nueva resolución ratifica que en lo adelante no será necesario presentar una tarjeta de vacunación para ingresar a espacios públicos y privado.

En tanto, el uso de mascarilla deja de ser “obligatorio” y pasa a ser una “recomendación” para evitar contagios, así como el lavado constante de manos y evitar las aglomeraciones.

La pandemia no ha terminado. Salud Pública mantiene declarado endémico el territorio nacional, y por consecuencia, dispone las siguientes medidas:

Uso de mascarillas, de manera especial, en personas con condiciones de salud de inmunosupresión o factores de riesgo como insuficiencia renal, VIH, cáncer, tuberculosis, asma, enfisema, bronquitis crónica, diabetes mellitus, obesidad, hipertensión arterial, inmunosupresión farmacológica y falcemia; así como también a las personas que tengan estrecho contacto con estas.

De rigor, recomienda el uso de las mascarillas en los centros de salud, privados y transporte masivo de pasajeros.

Mantiene el esquema de vacunación contra COVID-19 de tres dosis a personas mayores de 18 años.

Recomienda una dosis de refuerzo (cuarta dosis) para los mayores de 60 años, personas inmunodeprimidas y personas que así lo requieran por una condición especial de salud, aplicable seis meses después de la tercera dosis.

En casos positivos
El protocolo de seguimiento a un caso positivo sigue siendo el mismo. Si el paciente es asintomático o amerita tratamiento ambulatorio deberá permanecer al menos siete días de aislamiento a partir de la prueba positiva, sin requerir una licencia médica. Podrá retornar a su trabajo si no tiene síntomas y sin presentar previamente otra prueba COVID.

Ratifica que si una persona se expuso a un caso positivo deberá realizarse una prueba cinco días después de la exposición.

El organismo rector de la Salud exhorta en su resolución a la población a estar vigilante ante posibles focos de contagios en sus actividades cotidianas.

FUENTE: Diario Libre

Panorama

La JAC aclara que aún está en proceso de evaluación la reanudación de vuelos comerciales hacia Venezuela

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El presidente de la Junta de Aviación Civil (JAC), Héctor Porcella, aclaró este sábado que la República Dominicana aún se encuentra en proceso de análisis para decidir sobre una eventual reanudación de los vuelos comerciales hacia la República Bolivariana de Venezuela.República Dominicana Souvenir shop

La declaración del funcionario se produce luego de que las autoridades venezolanas publicaran un comunicado oficial anunciando la supuesta reanudación de las operaciones aéreas entre ambos países, sin que haya concluido el proceso correspondiente en la República Dominicana.

“El gobierno dominicano, a través de la Junta de Aviación Civil, evaluará con responsabilidad y en estricto apego al interés nacional cualquier solicitud de restablecimiento de rutas aéreas, como es el caso de Venezuela. Hasta tanto se emita una decisión oficial, se mantienen suspendidas las operaciones aéreas entre ambos países”, precisó Porcella.

El presidente de la JAC reiteró que cualquier decisión en este ámbito será informada oportunamente por las vías institucionales correspondientes y a través de los canales oficiales del Estado dominicano.

La suspensión de los vuelos entre República Dominicana y Venezuela ha estado vigente desde 2021, en el marco de medidas adoptadas por motivos de seguridad y alineadas con recomendaciones de organismos internacionales.

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Panorama

Condenan a la Policía Nacional a pagar RD$ 3.6 MM a viuda

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El Tribunal Constitucional (TC) condenó a la Dirección de la Policía Nacional a pagar 3,610,000 pesos a Dulce María Lora Solís como sanción por el incumplimiento de una sentencia anterior que obligó a la institución a erogar otro monto de 2,631,383.04 pesos, lo que suma una deuda de 6,241,383.04.

El conflicto se origina en la negativa de la Policía de pagar a José Antonio Feliciano Castillo el monto de la pensión correspondiente al rango de general de brigada, al cual fue ascendido al momento de su retiro, en el año 2007.

Feliciano llevó su reclamo al Tribunal Superior Administrativo (TSA), que lo rechazó en 2019. Luego escaló al TC, pero falleció en el 2020 sin conseguir un fallo.

Detalla el Diario Libre que la Alta Corte finalmente emitió un dictamen favorable en el 2022, que obligó a la PN a pagarle como general y no como coronel, y a entregar el monto retroactivo dejado de percibir desde el 2007 hasta el 2019, lo cual sumó 2,631,383 pesos.

Adicionalmente, el TC impuso el pago de un astreinte de 5 mil pesos por cada día de incumplimiento de esa resolución.

Su viuda, Dulce María Lora Solís, heredó esos derechos y ha tratado en vano de conseguir el dinero.

El Tribunal Constitucional publicó la sentencia TC/0364/25 el 11 de junio de 2025, en la cual acogió su solicitud de liquidación del astreinte y conminó al cuerpo del orden a entregar 5 mil pesos multiplicado por 722 días, lo que totaliza 3,610,000 pesos.

Este es solo una de decenas de decisiones del TC desacatadas por la Policía, entidad que se destaca como la más reticente a cumplir las disposiciones de ese órgano.

Un balance hecho por el propio TC en marzo pasado señalaba 24 veredictos ignorados por esa entidad.

Estas violaciones no reciben ningún tipo de sanción, pues frecuentemente el TC castiga con el pago de astreinte que caen en el mismo paquete de sentencias incumplidas.

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