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Panorama

Jean Alain quiere que saquen a Yeni Berenice y Camacho del caso y los recusa

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El exprocurador Jean Alain Rodríguez, implicado en el caso Medusa, recusó ayer a 29 fiscales anticorrupción que están investigando su proceso, entre ellos a los procuradores adjuntos Yeni Berenice Reynoso y Wilson Camacho, para que en su lugar sean designadas otras personas.

Mediante una instancia remitida a la procuradora general de la Republica, Miriam Germán Brito, el exfuncionario, quien cumple prisión preventiva en Najayo, alega que estos fiscales nunca debieron manejar el caso, ya que cuando era procurador trabajaron juntos de manera directa pues era su superior y además de que, agrega, no son objetivos.

Reseña El Caribe que además de Reynoso y Camacho, directores de Persecución del Ministerio Público y de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), respectivamente, la recusación también fue presentada contra Mirna Ortiz, coordinada de Litigación de la Pepca; Juan Medina, inspector general del Ministerio Público, entre otros.

En la instancia, elevada a través de sus abogados, Jean Alain pide que dichos miembros del Ministerio Público sean apartados “con efecto inmediato” de la investigación, y que en consecuencia sean designados otros procuradores generales y fiscales que no hayan tenido relación laboral consigo, o que se designen abogados especiales, para la continuación de las investigaciones “con miras a garantizar la transparencia, el ejercicio del debido proceso y derecho y justicia”.

Los abogados de imputado indicaron, en una nota de prensa, que “es de todos conocido la enemistad y resentimiento que poseen muchos de estos contra el exprocurador y está sola realidad debió ser suficiente motivo para que ellos se inhabilitaran en el caso”.

“Se lo solicitamos con humildad y decencia reiteradamente a varios de ellos desde el inicio y antes de actuar, pero la obsesión y deseo de venganza con tantas mentiras, sin pruebas y ocultando documentos fue mayor que la intención de cumplir la ley, aún tuvieran que cometer faltas graves y delitos. Les hemos dado más que el tiempo necesario para que lo hagan de forma voluntaria como correctamente lo hizo la procuradora Miriam Germán Brito, pero ante la inacción y ocultamiento de pruebas a descargo estamos obligados a reclamar lo que dice la ley”, expresó el abogado Gustavo Biaggi.

En la nota de prensa, la defensa dijo, que por ejemplo que Reynoso sostuvo una relación laboral directa, estrecha y fluida con Jean Alain cuando era fiscal del Distrito Nacional y luego como procuradora de Corte.

“También formó parte y es persona con interés directo en la investigación pues encabezó una gestión, de la cual tenemos evidencias, y en la que ella misma hizo uso de los mismos fondos que la Pepca alega se usaron de forma irregular, lo cual es extensivo a Wilson Camacho, Luisa Liranzo, Mirna Ortiz y Juan Medina, quienes, además de la relación laboral directa, que les prohíbe investigarlo, en el desempeño de sus funciones ejecutaron parte del erario que sostienen y alegan está siendo investigado”, sostuvo el abogado Carlos Balcácer.

En la nota de prensa, la defensa de Jean Alain precisó que la solicitud fue formulada de manera directa a Miriam Germán Brito aunque esté inhibida del caso, pues dijeron no está inhabilitada de su función como procuradora general o superior jerárquica, ni de sus funciones administrativas y disciplinarias.

Dicen que la procuradora debe acoger su pedimento en la misma forma que ella correctamente decidió inhibirse, reiterando que los fiscales o abogados que sean designados no deben haber externado animadversión trabajado ni desarrollado conflictos de manera directa con Jean Alain y los demás investigados para evitar que la Ley, de nuevo, sea violada.

Los abogados manifestaron que los fiscales recusados tuvieron una relación directa de trabajo con Jean Alain durante cuatro años. “Más grave aún, y esta es otra prohibición adicional de la ley, estos investigadores son partes interesadas del proceso quedando también adicional y automáticamente inhabilitados, siendo además usuarios y, en otros casos, hasta testigos del presente proceso de investigación que ellos mismos siguen”, expresaron.

Indicaron que sometieron la recusación por violación a la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11 la que, “de forma específica y sin espacio” establecer en su artículo 80, “que ningún miembro de Ministerio Público podrá dirigir investigaciones ni ejercer la acción pública si los involucrados en el caso tienen relación laboral con el miembro del Ministerio Público; si es parte o interés en la investigación o proceso en el que participa o si tiene enemistad capital con algunos de los interesados al momento del hecho”.

Explicaron que esta disposición es aplicable también a cualquier auxiliar del Ministerio Público que colabore en la investigación del delito y en el ejercicio de la acción penal.

Panorama

JCE reitera está prohibido instalación de carpas y mesas frente o dentro de recintos electorales

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La Junta Central Electoral reitera de manera categórica, lo dispuesto en la Resolución No. 18-2024 de fecha 12 de marzo de 2024 que establece el protocolo para la seguridad de la cadena de custodia y de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.

Por lo que, “no se permitirá la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activistas políticos frente o dentro de los recintos electorales o en el perímetro que comprende a estos, para lo cual adoptará las medidas de coordinación y seguridad que fuesen necesarias”.

Hace algunos días, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana y expresidente de la República, Danilo Medina, llamó a la militancia peledeísta, en un acto en Bahoruco, a que a la primera carpa que construyan frente a un centro de votación “tienen que destruirla de inmediato”, por ser ilegal y que formen comités de defensa al voto.

Las aglomeraciones de personas, el proselitismo en las inmediaciones de los colegios electorales, la compra y venta de cédulas, así como la colocación de carpas son una constante en las elecciones de República Dominicana, que crea descontento entre algunos políticos, sobre todo de oposición, y parte de la población votantes.

Sin embargo, es atribución de la Policía Militar Electoral no permitir las carpas ni mesas en el perímetro de los colegios electorales y a la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales le confiere investigar y llevar a la justicia ordinaria a los que infrinjan la legislación.

La misión de observadores de la OEA se pronunció en su informe preliminar de los comicios municipales de febrero pasado, donde instó a adoptar medidas tendentes a evitar el asedio a los electores y la Junta Central Electoral acogió las recomendaciones y con la resolución 18-2024 prohibió las carpas y otros actos.

“La investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales a que se refiere esta ley y las demás leyes que contienen sanciones penales en el ámbito electoral, serán realizadas por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, dependiente de la Procuraduría General de la República” expresa la ley en su artículo 322.

En la resolución 18, la JCE indica entre las acciones que debe ejecutar la Policía Militar Electoral está: “No permitir el proselitismo de personas con gorras, ni la utilización de gafetes, distintivos o cualquier otro elemento de promoción o activismo político en el colegio electoral, en los recintos electorales o en el perímetro de estos.

No permitir la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activista políticos frente o dentro de los recintos electorales o en perímetros que comprende a estos, para lo cual adoptará medidas de coordinación y seguridad que fueren necesaria”.

También debe velar por mantener despejadas de vehículos de todo tipo, las entradas y el perímetro de cada recinto electoral, a los fines de que la ciudadanía pueda acudir, sin ningún obstáculo a ejercer su derecho al voto el día de las elecciones, así como impedir todo proselitismo de personas con gorras, la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines.

SANCIONES DELITOS ELECTORALES
Artículo 310 de la ley 20-23 establece que los delitos electorales serán castigados con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público, entre estos los que violaren cualquiera de las resoluciones reglamentarias de la Junta Central Electoral;

Y “Los que violaren las normas sobre medio ambiente en la realización de la campaña electoral, particularmente aquellas que afectan la flora, la fauna y los niveles de decibeles permitidos para la emisión de ruidos; conforme la Ley núm. 64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.

LA LISTA DE LOS FISCALES
La JCE dio a conocer el listado con los fiscales que conocerán los delitos electorales en cada provincia del país, a los que deberán ser llevadas las quejas de violaciones de los derechos de los ciudadanos en las elecciones, y los que dificulten las realizaciones de unas elecciones de forma ordenada y legitima.

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JCE informa que Fuerza del Pueblo debe reorganizar boleta de diputados de la C1 del DN como ordenó el TSE

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La Junta Central Electoral (JCE) informó este lunes que no acogió la inscripción de candidatos a diputados de la Fuerza del Pueblo en la circunscripción 1 del Distrito Nacional, en vista de que incumple lo ordenado por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

Esta información está contenida en una comunicación de la JCE, documento que especifica además que a la Fuerza del Pueblo le otorgaron un plazo hasta el 1 de mayo a las 7:00 p. m., para hacer un nuevo depósito de candidaturas.

Esto significa que la candidatura de Rafael Paz volvió a quedar fuera de la contienda electoral.

De acuerdo a la sesión extraordinaria celebrada por el órgano electoral este 29 de abril, “no resulta posible acoger la misma, tal y como ha sido presentada, toda vez que con ello se estaría incumpliendo el mandato de las indicadas sentencias”.

LA SENTENCIA
El TSE emitió una sentencia el pasado 11 de abril que ordena a la Fuerza del Pueblo reconfigurar su boleta electoral de la circunscripción 1 del Distrito Nacional en el nivel de diputaciones.

Esto debido a que las candidaturas mejores valoradas de acuerdo a los resultados de las encuestas internas, fueron las de Andy Roberto Morales, Francisco Guillén y Robert Martínez, los mismos que deberían ocupar las casillas de ese partido en esa demarcación.

Con esta decisión se excluyó de la boleta electoral a Paz, así como a Selinée Méndez, Rosa Feliciano y Katiuska Morel.

Con relación a las tres casillas restantes, el TSE ordena al partido que identifique la mujer más votada en el proceso interno para que sea incluida en su propuesta de candidaturas en la posición número cuatro.

Asimismo, dispone que las dos plazas restantes que fueron reservadas sean ocupadas por igual cantidad de mujeres, las cuales deberán ser aportadas por dicho partido o por los partidos aliados beneficiarios de dichas plazas, de haber intervenido pactos en ese sentido, para cumplir así con la proporción de género que exige la legislación vigente.

REACCIÓN DE LA FUERZA DEL PUEBLO
Semanas después de la emisión de esta sentencia, la Fuerza del Pueblo volvió a inscribir a Paz como candidato a diputado por la circunscripción uno del Distrito Nacional.

De acuerdo con la comunicación del partido depositada en la Junta, y firmada por el delegado político Manuel Crespo, señala que Margarita Feliciano, Francisco Guillen, Selinée Méndez y Andy Morales fueron los ganadores de las encuestas realizadas para determinar las candidaturas.

Mientras que Robert Martínez fue inscrito como una reserva que iba a ser cedida en alianza. Los candidatos serán colocados en ese orden en la boleta.

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