Panorama
Gibierno defiende y justifica nueva ley del DNI
El consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, aseguró que la Ley 1-24, que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), cuenta con las limitaciones legales para que la obligación de entregar información a esa entidad se cumpla con el respeto a los derechos fundamentales.
Peralta explicó que el objetivo principal de la disposición citada es “proteger la seguridad nacional”, razón por la cual obliga a todo el mundo a proveer informaciones que “eventualmente puedan comprometer este valor constitucional”.
Se fundamentó en el artículo 11 de la norma, que “dispone que el tratamiento debe sujetarse a las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal, así como hacerse con las limitaciones y observaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes sectoriales”.
Indican Diario Libre que la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD) expresó preocupación por la disposición de que todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, están “obligadas a entregar a la DNI todas las informaciones que esta requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimiento”.
Más adelante castiga con hasta dos años de prisión a quienes se nieguen u oculten información.
“A simple vista esta disposición cumple con el principio de razonabilidad de interpretación y reglamentación de los derechos fundamentales, de conformidad con el artículo 74.2 de la Constitución, así como con el test de razonabilidad implementado por el Tribunal Constitucional, toda vez que el medio utilizado (tratamiento legal y conforme al debido proceso de determinadas informaciones) es proporcional al fin perseguido (la salvaguarda de la seguridad nacional)”, indicó Peralta en un documento que compartió con Diario Libre.
El jurista señala que “la ejecución de esta ley tiene claras limitaciones, establecidas en el propio texto de la ley, que no son otras que las disposiciones constitucionales relativas al derecho fundamental a la intimidad y el honor personal”.
“No puede ser contraria a la Constitución una ley que limita su aplicación a lo dispuesto en el propio texto constitucional”, agregó.
Ya es ley
El presidente Luis Abinader promulgó el lunes 15 de enero el referido proyecto con el número 1-24, que había recibido la aprobación final en la Cámara de Diputados el miércoles 10.
La pieza fue elaborada y sometida al Congreso Nacional por la propia Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo en junio del 2021, pero sufrió numerosas modificaciones en el proceso de estudio y consultas.
Entre ellas, se acogieron propuestas de cambios de la Asociación Dominicana de Bancos Múltiples (ABA) relativas a la entrega de datos financieros.
Sin embargo, Tobías Crespo, del partido Fuerza del Pueblo, negó que la pieza fuese consensuada de manera amplia y dijo que fue votada de forma apresurada. A su juicio, el texto viola derechos fundamentales plasmados en la Constitución.
En esa misma línea, el senador del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Aris Yván Lorenzo, considera que la norma tiene un corte dictatorial al obligar a la gente a someterse a una institución que está al servicio de la seguridad del presidente.
El obispo de la Diócesis de La Altagracia, Jesús Castro Marte, llamó a poner atención a la norma y manifestó que “no podemos retroceder en conquistas ya logradas”.
Argumentos del Consultor
A continuación, el texto íntegro elaborado por Antoliano Peralta respecto a la Ley 1-24.
El objetivo principal de la disposición citada es proteger la seguridad nacional, valor consagrado en la Constitución dominicana, para lo cual se faculta a la DNI a recibir por parte de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, determinadas informaciones que eventualmente puedan comprometer este valor constitucional.
Puesto que esta prerrogativa puede dar lugar a que la DNI requiera datos e informaciones de carácter personal, los cuales se encuentran protegidos por el artículo 44 de la Constitución, que consagra el derecho a la intimidad y el honor personal, el propio artículo 11 de la ley analizada dispone que el tratamiento debe sujetarse a “las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal”, así como hacerse “con las limitaciones y observaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes sectoriales”.
A simple vista esta disposición cumple con el principio de razonabilidad de interpretación y reglamentación de los derechos fundamentales, de conformidad con el artículo 74.2 de la Constitución, así como con el test de razonabilidad implementado por el Tribunal Constitucional, toda vez que el medio utilizado (tratamiento legal y conforme al debido proceso de determinadas informaciones) es proporcional al fin perseguido (la salvaguarda de la seguridad nacional).
En fin, como se advierte, la ejecución de esta ley tiene claras limitaciones, establecidas en el propio texto de la ley, que no son otras que las disposiciones constitucionales relativas al derecho fundamental a la intimidad y el honor personal. No puede ser contraria a la Constitución una ley que limita su aplicación a lo dispuesto en el propio texto constitucional.
Panorama
Violencia en el tránsito: salir a la calle es un deporte extremo en RD
En cuestión de días, varios episodios de violencia registrados en las calles dominicanas han vuelto a generar preocupación.
Lo que comenzó como diferencias cotidianas terminó con personas agredidas y armas de fuego desenfundadas, evidenciando el nivel de tensión con el que muchas personas enfrentan conflictos diarios.
Uno de los hechos ocurrió en las inmediaciones del peaje de la autopista Las Américas.
🚨👮♀️🚔Policía Nacional investiga incidente captado en video en peaje de Las Américas; reitera llamado a la convivencia pacífica🚨👮♂️🚔
La Policía Nacional informó que inició una investigación para identificar e intervenir al conductor que fue captado en un video, difundido en… pic.twitter.com/U9Y2pfmq1z
— Diego Pesqueira (@pesqueiradiego) July 21, 2026
De acuerdo con la Policía Nacional, un conductor fue captado en video presuntamente amenazando con un arma de fuego a otro hombre tras un conflicto relacionado con el paso de los vehículos en el peaje.
«Si te metes te doy un tiro», advertía al otro conductor.

La institución informó que investiga el incidente para establecer responsabilidades y reiteró el llamado a la prudencia, la tolerancia y la resolución pacífica de las controversias.
Reseña El Dia que otro video, difundido ampliamente en redes sociales, muestra una escena igualmente alarmante.
En esta ocasión, un hombre desciende de un vehículo con un arma de fuego y se dirige hacia otro automóvil en el que viajaban mujeres y niños.
«Angelo no bajes el vidrio… hay niños», se escucha decir con desesperación a una de las ocupantes mientras intenta impedir cualquier confrontación.
«Yo tengo una niña», repite en medio del miedo, consciente de que un momento de ira podía terminar en tragedia.
🚨🚔 La Policía Nacional informa que ha iniciado las investigaciones correspondientes en torno a un audiovisual que circula en redes sociales, en el que se observa a un ciudadano descender de un vehículo portando un arma de fuego y amenazar a personas, incluyendo menores que… pic.twitter.com/poESumIxnp
— Diego Pesqueira (@pesqueiradiego) July 20, 2026
El hecho provocó múltiples reacciones, no solo por la presencia de menores de edad, sino por la facilidad con la que una discusión entre conductores escaló hasta una amenaza con arma de fuego.
Los recientes episodios de violencia en las vías públicas no son hechos aislados.
En los últimos días también circularon otros dos videos que generaron preocupación.
En uno de ellos, ocurrido en las inmediaciones del peaje de la autopista Las Américas, dos conductores protagonizaron una confrontación en la que uno de ellos presuntamente amenazó al otro con un arma de fuego, hecho que es investigado por la Policía Nacional.
En otro audiovisual, un hombre desciende de su vehículo portando un arma y se dirige hacia otro automóvil donde viajaban mujeres y niños.
«No bajes el vidrio… hay niños», se escucha decir con angustia a una de las ocupantes mientras intenta evitar que la situación escale.
Otro de los casos que más conmocionó al país fue el asesinato de Deivy Carlos Abreu Quezada, conductor de un camión recolector de desechos, quien murió tras ser perseguido por un grupo de motoristas luego de un aparente incidente de tránsito en Santiago.
La investigación del Ministerio Público sostiene que la víctima fue acorralada hasta el parqueo del Palacio de Justicia, donde fue atacada con armas blancas.
Por el caso, siete motoristas enfrentan prisión preventiva, acusados de actuar de manera coordinada para perseguir y dar muerte al chofer.
A ese hecho se suma otro incidente ocurrido en Santo Domingo Oeste.
Una jueza impuso tres meses de prisión preventiva contra Gregrori Gelabert González, alias «Negro Malo», acusado de agredir física y verbalmente a Henry Yubane Arias González, conductor de un autobús del Sistema Nacional de Transporte Estudiantil (TRAE), durante un altercado ocurrido tras un roce vehicular en el sector El Café de Herrera.
De acuerdo con la investigación del Ministerio Público, el imputado también agredió a la asistente del conductor, Ybianca Yinet Castillo, y a Wilkins Emergido, quien intentó grabar el incidente con su teléfono celular.
El hecho ocurrió mientras el autobús transportaba estudiantes, tres de los cuales entraron en pánico y descendieron del vehículo al presenciar la agresión.
El altercado, captado por las cámaras de seguridad del autobús, volvió a evidenciar cómo una diferencia cotidiana en la vía pública puede escalar rápidamente hacia la violencia.
Aunque ocurrieron en contextos distintos, todos estos casos tienen un elemento en común: conflictos cotidianos que terminaron convirtiéndose en expresiones de violencia extrema.
¿Qué está pasando con la forma en que los dominicanos enfrentan las diferencias?
Para el presidente de la Sociedad Dominicana de Psiquiatría, Julio Ravelo Astacio, no se debe asumir automáticamente que estos comportamientos responden a un trastorno mental.
«Muchas personas creen que solamente hay agresión o acciones violentas cuando la persona tiene un trastorno mental franco. Pero no es así. La mayor parte de los actos agresivos y violentos, e incluso muchos feminicidios, son cometidos por personas que no tienen un trastorno mental ni han estado nunca en tratamiento psiquiátrico», explica.
El especialista considera que el país atraviesa un momento de creciente irritabilidad y baja tolerancia a la frustración.
«La gente se ha vuelto más irritable de la cuenta. Tolera menos cualquier ofensa, cualquier chiste o cualquier broma. Hoy día cuenta enormemente esa actitud tan agresiva que estamos teniendo frente al otro», afirma.
Ante ese panorama, Ravelo Astacio insiste en la necesidad de fortalecer la inteligencia emocional como una herramienta para enfrentar los conflictos sin recurrir a la violencia.
«Hace falta una inteligencia emocional que ayude a que la persona, cuando tenga que enfrentar un conflicto o una dificultad, analice primero y valore su respuesta. Porque en el asunto de un pleito no hay ganador. Si una persona muere, una familia queda destruida; y quien sobrevive probablemente termine en prisión durante muchos años. En ambos casos, las familias resultan profundamente afectadas», sostiene.
Para el especialista, cada reacción impulsiva puede desencadenar consecuencias irreparables.
La pregunta que queda abierta es cómo detener esa escalada antes de que una diferencia cotidiana vuelva a convertirse en una tragedia.
Panorama
Envían al área de psiquiatría de Najayo a sargento acusada de matar a su hija en Manoguayabo
El Juzgado de Atención Permanente de Santo Domingo Oeste impuso tres meses de prisión preventiva contra la sargento mayor Glenny Tellería Alberto, acusada de causarle la muerte a su hija de 10 años con una pulidora eléctrica, en un hecho ocurrido el pasado sábado 18 de julio en el sector Batey Bienvenido, Manoguayabo.
La jueza Cecilia Toribio dispuso que la imputada cumpla la medida en el área de psiquiatría del Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo-Mujeres, en San Cristóbal, con el fin de que reciba atención médica especializada.
La decisión fue tomada luego de que el tribunal acogiera la solicitud de los fiscales de la Unidad de Procesamiento de Casos y de Delitos contra las Personas de Santo Domingo Oeste, quienes pidieron prisión preventiva como medida de coerción.
El abogado de la defensa, Yan Carlos Martínez, informó que su representada recibía tratamiento psiquiátrico y supervisión familiar desde 2022, y que se encontraba bajo medicación al momento del hecho.
El defensor pidió comprensión ante lo que calificó como una tragedia familiar y social, y llamó a la ciudadanía a prestar mayor atención a la salud mental.
Valoró además que el tribunal haya dispuesto que la mujer permanezca en un centro con atención médica especializada durante el proceso.
Según el expediente presentado por el Ministerio Público, el hecho ocurrió alrededor de la 1:30 de la tarde en la vivienda familiar de la calle Deni Moreta, cuando la imputada atacó a la menor dentro de su habitación con el equipo, causándole una herida en el cuello que le provocó la muerte.
El hermano de la acusada, Tony Alexander Eusebio Rodríguez Alberto, quien presenció parte de los hechos, relató que al escuchar gritos entró a la habitación y encontró a la mujer sobre la cama agrediendo a la niña, por lo que intervino y trasladó a la menor al Centro Médico Divina Misericordia de Manoguayabo, donde fue recibida sin signos vitales.
Agentes de la Policía Nacional arrestaron posteriormente a la mujer en flagrancia, mientras que el Ministerio Público calificó provisionalmente el hecho como una violación a los artículos 295 y 304 del Código Penal dominicano.
Entre las pruebas recolectadas por la Policía Científica figuran la pulidora eléctrica utilizada, el acta de levantamiento de cadáver emitida por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) y testimonios de familiares y agentes actuantes.
Vía Listín Diario/Ramón Cruz Benzán
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