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Grabar, comer o beber: las 37 cosas que se prohiben en el Metro de Santo Domigo
La realización de toma, grabación, imágenes y sonido de las instalaciones del Metro de Santo Domingo y Teleférico con fines personales, salvo autorización, figura entre las 37 prohibiciones que tienen los usuarios de los servicios de transporte masivo.
Esta privación en específico figura en el numeral 24 del artículo 34 del “Manual de Usuario de los Servicios del Metro y Teleférico de Santo Domingo”, dispuesto por la Oficina Para el Reordenamiento de Transporte (Opret), en su portal web.
“La realización, toma, grabación, etc. de imágenes y sonido de las instalaciones del Metro de Santo Domingo y Teleférico con fines no personales, salvo autorización escrita de la Entidad Transportadora. Dicha autorización deberá ser mostrada ante cualquier empleado de la Entidad Transportadora que lo solicite”, cita textualmente.
Escuchar música o cualquier material auditivo a alto volumen, comer, beber, recolectar dinero, realizar cantos, oraciones de proselitismo político y religioso, distribuir volantes de publicidad, tirar basura, entre otras cosas, son otras de las prohibiciones que figuran en la lista de 37 negativas.
Reseña el Listín Diario que realizar cantos, oraciones o discursos de proselitismo político o religioso, es uno de los más comunes y de los que genera mayor cantidad de opiniones, a favor y en contra, desde su implementación en 2019 y que aún usuarios incurren, ya que de acuerdo a algunos pasajeros, se mantienen los discursos principalmente religiosos, en ocasiones sin recibir llamado de atención de parte de los agentes del Cuerpo Especializado para la Seguridad del Metro (Cesmet).
La prohibición para los usuarios de ese particular se encuentra dispuesto en el artículo 34, numeral 27, donde dice de manera textual: “realizar cantos, oraciones o discursos de proselitismo político o religioso que afecten la tranquilidad en el viaje a otros usuarios”.
La realización de toma, grabación, imágenes y sonido de las instalaciones del Metro de Santo Domingo y Teleférico con fines personales, salvo autorización, figura entre las 37 prohibiciones que tienen los usuarios de los servicios de transporte masivo.
Más prohibiciones
Otro de los impedimentos establecidos en el numeral 28 del mismo artículo y que igual las personas realizan es el consumo tanto de alimentos y bebidas en el interior de los vehículos, prohibición que tiene excepción “salvo los lugares destinados para el fin por la entidad transportadora”.
Escuchar música, audios o ver videos a alto volumen es otra de las prácticas comunes de algunas personas y de las quejas de otros usuarios, a pesar de que es una prohibición que se encuentra en el numeral 30, donde estipula que los usuarios no pueden utilizar equipos electrónicos, radios o grabadoras con la reproducción de audios que puedan llegar a alterar la tranquilidad de los demás viajeros.
Asimismo, en el numeral queda establecido que escuchar algún tipo de ese material “solo es permitido” con audífonos a un volumen que permita a los demás usuarios escuchar las informaciones emitidas por los altavoces de los trenes, cabinas y estaciones.
Tirar o depositar objetos, materiales, basura, así como verter líquidos en cualquier punto de la vía, estaciones y alrededores, son algunos de los actos que la Opret prohíbe en su manual y a pesar de que en las instalaciones de los referidos medios de transporte hay zafacones dispuestos para los desechos, algunos usuarios realizan.
Entre los residuos considerados en la prohibición del numeral 31 del artículo 34, incluye papeles, periódicos, cartones, residuos, escombros, desperdicios orgánicos, agua, químicos, etc.
El manual también especifica que queda prohibido “distribuir, publicidad, volantes, prensa, solicitar firma de peticiones, recolectar dinero, organizar sorteos, juegos de azar o similares sin la correspondiente autorización de la entidad transportadora”
Además de estas prohibiciones, tanto en las instalaciones del metro como el teleférico, los usuarios no pueden escribir, rayar, pintar o pegar carteles en las paredes de las instalaciones como en las cabinas del teleférico y vagones del metro.
Entorpecer deliberadamente la circulación del público, es otra de las cosas consideradas como prohibición en el referido instructivo, al igual que impedir la circulación de otros usuarios por las escaleras eléctricas, indicando que quienes no circulen sobre ella deben situarse a la derecha.
Los usuarios no pueden viajar careciendo del pasaje o medio de pago valido, permanecer en las instalaciones de los referidos medios fuera del horario previsto, ni bajar o transitar por las vías del sistema, así como zona de circulación de cabinas.
La Opret también prohíbe cruzar la línea amarilla del borde del andén antes de que el tren se detenga y abra las puertas, correr por escaleras y accesos, al igual que entorpecer deliberadamente la circulación del público y circular sobre patines, skateboards, bicicletas o similares.
Se prohíbe sentarse en los pisos de las estaciones, escaleras, trenes o cabinas e ingresar a los que estén fuera de servicio.
Los animales de cualquier especie también tienen prohibido el acceso a los transportes, con excepción de los perros guía que cuenten con los permisos correspondientes, al igual que ingresar objetos o materiales que resulten peligrosos (armas, materiales inflamables, tóxicos, explosivos) y usar y transportar sustancias narcóticas.
Otras negativas son las de introducir objetos molestos para los demás usuarios, así como paquetes o bultos de medidas superiores a 100x60x25 centímetros y objetos que aun cumpliendo esas medidas no puedan ser transportados por una sola persona, con excepción de coches o sillitas de bebés e instrumentos musicales.
Está prohibido realizar actos de terrorismo, fumar o llevar cigarrillos (incluye cigarrillos electrónicos).
Asimismo, se restringe el acceso a las cabinas de conducción de los trenes, cabinas de control de teleférico y viajar en lugares distintos a los habilitados para usuarios o en condiciones inadecuadas, al igual que hacer uso sin causa justificada de los mecanismos de seguridad instaladas en estaciones, trenes y cabinas.
Se limita a los usuarios de intentar entrar o salir del tren después que haya sonado la campana de cierre de puertas, manipular los mecanismos de apertura o cierre de las puertas de acceso al tren o cabina.
Otras prohibiciones que se incluyen están relacionadas a actividades de prostitución, indigencia, comercio de ventas ambulantes y servicios.
Las prohibiciones también incluyen realizar acciones que represente peligro para la seguridad del sistema, de sus usuarios, empleados, medios e instalaciones de cualquier tipo y desatender las indicaciones del personal que la entidad transportadora destine a la prestación del servicio, así como las indicaciones de los carteles ubicados en las estaciones, trenes y cabinas, en relación con la seguridad y la correcta utilización del servicio.
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VIDEO: Empleada protagoniza altercado en hotel Moon Palace de Punta Cana; cadena reacciona
Un video que circula ampliamente en redes sociales muestra a una empleada del hotel Moon Palace The Grand Punta Cana protagonizando un altercado en el que pierde el control frente a varias personas dentro de las instalaciones del complejo turístico.
En las imágenes se observa a la mujer actuando de forma agresiva mientras varias personas intentan controlar la situación.
En el video, con poca nitidez en cuanto al audio, se escucha a la mujer decir: “Una mujer que está trabajando eso no se lo merece”, en un aparente insulto a una turista.
Una empleada del hotel Moon Palace Punta Cana lanzó objetos a huéspedes, generando pánico. El incidente fue captado en video y se ha vuelto viral. La administración aún no ha emitido una declaración oficial ni informado sobre medidas tomadas. pic.twitter.com/VggBvAbpP8
— EL TESTIGO (@eltestigo_do) July 17, 2026
La cadena hotelera The Palace Company informó en un comunicado que activó sus protocolos de emergencia tras el incidente ocurrido en el hotel Moon Palace The Grand Punta Cana, relacionado con la conducta de la colaboradora hacia un huésped.
La empresa indicó que brindó asistencia a los involucrados, notificó el caso a las autoridades y mantiene colaboración con la investigación.
Asimismo, lamentó lo sucedido, reiteró su compromiso con la seguridad de huéspedes y empleados, y aseguró que sus operaciones continúan con total normalidad.

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Apresan a dos vinculados a fraudes electrónicos en La Vega y La Altagracia
La Dirección de Área de Policía Cibernética, adscrita a la Dirección Central de Investigación (Dicrim), arrestó a dos hombres acusados de participar en esquemas de fraude electrónico, durante operativos realizados en el Distrito Nacional y en el distrito municipal de Verón, provincia La Altagracia.
Los detenidos fueron identificados como Melvin José Collado Brito y Yeison Avelino, quienes fueron capturados mediante órdenes judiciales emitidas en el marco de las investigaciones de la unidad especializada.
Según el informe policial, Collado Brito es investigado por recibir RD$100,000 resultantes de una estafa realizada a través de la plataforma de mensajería WhatsApp, en la cual se indujo a una víctima a realizar depósitos bajo la promesa de obtener altos rendimientos de inversión.
Por su parte, Avelino es señalado por la presunta recepción de RD$28,000 obtenidos mediante la modalidad de phishing, tras registrarse una transferencia ilícita y retiros fraudulentos en perjuicio de un ciudadano.
Tras las detenciones, la Policía Cibernética reiteró el llamado a la ciudadanía a desconfiar de ofertas de inversión o ganancias rápidas promovidas en redes sociales y aplicaciones móviles. Ambos detenidos serán puestos a disposición del Ministerio Público para los fines legales correspondientes.
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