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DGII aclara que retención del 2% del ITBIS aplica desde 2004 y no constituye un nuevo impuesto

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La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que la retención del 2% del ITBIS que aplican las compañías de adquirencia en las transacciones realizadas con tarjetas de crédito y débito no es una disposición nueva, sino una práctica vigente desde el año 2004, en virtud de un acuerdo celebrado con la Organización Nacional de Empresas Comerciales, Inc. (ONEC).

La institución recordó que esta medida se fundamenta en la Norma General núm. 8-04, emitida el 3 de noviembre de 2004, que inicialmente estableció una retención del 30% del ITBIS.

Sin embargo, dicho porcentaje fue modificado tras el Acuerdo de Apoyo firmado el 13 de diciembre de 2004, que redujo la retención al 2% para los comercios miembros de la ONEC, porcentaje que ha continuado aplicándose en la práctica desde entonces.

Para formalizar esta aplicación, la DGII emitió la Norma General 06-2023, la cual incorpora el porcentaje del 2% en el marco normativo vigente, e incluye como agentes de retención no solo a las compañías de adquirencia, sino también a los agregadores de pago y a las entidades de pago electrónico, conforme a la Resolución de la Junta Monetaria del 29 de enero de 2021.

La DGII aclaró que esta retención no representa un nuevo impuesto, sino un pago anticipado del ITBIS, que puede ser acreditado por los contribuyentes en su declaración mensual a través del formulario IT-1.

Verificación y corrección de irregularidades

En procesos recientes de verificación, la DGII detectó que más de 30 mil comercios estaban indebidamente exceptuados de la retención del 2%, debido a una clasificación errónea por parte de las empresas de adquirencia.

La mayoría de estos casos (75%) se concentraron en una sola entidad adquirente, la cual, junto con otras, utilizó criterios desactualizados o no alineados con la normativa vigente.

Como respuesta, la DGII ha otorgado un plazo de 90 días, contados a partir del 8 de abril de 2025, para que las entidades adquirentes corrijan esta situación y ajusten sus procesos de retención conforme a la Norma General 06-2023.

Exenciones

Asimismo, la normativa establece que están exceptuados de esta retención aquellos comercios cuya actividad principal esté exenta del ITBIS, siempre que estén debidamente registrados en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y con estatus activo.

La DGII exhortó a los comercios que consideren estar exentos de esta retención a solicitar una certificación de exención ante su Administración Local correspondiente y presentarla a su empresa de adquirencia, a fin de que esta no aplique la retención.

Con esta aclaración, la DGII busca fortalecer la transparencia y el cumplimiento tributario en las transacciones electrónicas, garantizando la correcta aplicación de las normativas fiscales vigentes.

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Coge ahí: aumentan precios de gasolinas y gasoil entre RD$9 y RD$7

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Los precios de los combustibles aumentaron este viernes entre RD$9 y RD$7, según informó el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM).

La gasolina premium y el gasoil óptimo recibieron un alza de RD$9.00 cada uno, mientras que la gasolina regular y el gasoil regular aumentaron RD$7.00 por galón.

Asimismo, el avtur tendrá una variación, en función de los precios internacionales, de RD$16.42 por galón; el kerosene, RD$19.10; el fuel oil #6, RD$13.96; y el fuel oil #1, RD$18.42.

El gobierno destinó otros RD$1,421.4 millones en subsidios a los combustibles, “para no transferir a la población el total de las alzas que deberían aplicarse como consecuencia de los aumentos registrados en los precios internacionales del petróleo durante esta semana”, explico el MICM.

“Esta medida forma parte del plan gubernamental para enfrentar el impacto sobre la economía dominicana de la crisis en Medio Oriente, una variable externa que incide directamente en la estabilidad de los mercados internacionales”, indicó.

El subsidio absorbe el 100% de las alzas en el GLP para mantenerlo sin variación, debido al uso masivo de este combustible en los hogares dominicanos y en el transporte. También se mantiene sin variación el gas natural.

En lo que va de año, el gobierno ha destinado más de RD$12 mil millones en subsidios a los combustibles, evidenciando el esfuerzo por absorber el impacto de la crisis internacional y preservar la estabilidad de la economía nacional.

El gobierno también ha dispuesto una serie de medidas de contención y optimización del gasto público para generar una disponibilidad cercana a RD$40,000 millones, respetando los compromisos contractuales ya formalizados, mientras que las apropiaciones presupuestarias aún no comprometidas serán objeto de revisión, ajuste o reducción conforme a las prioridades nacionales.

Entre las medidas contempladas se incluyen restricciones en gastos operativos, adquisición de vehículos, servicios y contrataciones, eventos, viáticos, pasajes, combustibles y publicidad, entre otros.

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Juez mantiene prisión preventiva a Santiago Hazim y otros seis imputados en caso Senasa

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Foto cortesía Listín Diario

El juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, ratificó la prisión preventiva en contra de Santiago Hazim, y otros siete imputados vinculados al desfalco del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Durante la audiencia de revisión de la medida de coerción, el tribunal determinó que no han variado los presupuestos que dieron origen a la medida original, asegurando que la privación de libertad sigue siendo la vía idónea para garantizar la presencia del encartado en el proceso.

En ese sentido, dispuso el mantenimiento en prisión de Santiago Hazim, Rafael Luis Martínez Hazim, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Ramón Alan Spiekler Mateo y Ada Ledesma

El juez consideró que persiste el riesgo de incomparecencia, derivado de la gravedad de los hechos imputados y el daño que debe ser resarcido al Estado.

Atendiendo a la posible pena imponible según la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público, la prisión preventiva se considera una medida equilibrada.

Tras analizar la provisionalidad de las medidas de coerción, el tribunal concluyó que los elementos de prueba y las circunstancias actuales no justifican el otorgamiento de una libertad bajo fianza o medida menos gravosa.

«Se procede a ordenar la continuación de la prisión preventiva por considerar que no han variado los presupuestos tomados en cuenta al momento de su imposición», dictaminó el juez en el dispositivo de la resolución.

Asimismo, el juez fijó para el próximo 21 de mayo, la lectura integra de la decisión, fecha a partir de la cual empezarán a correr los plazos legales para que las partes interpongan los recursos de apelación que consideren pertinentes.

Igualmente, el tribunal fijó para el 30 de julio del presente año el conocimiento de la próxima revisión obligatoria de la medida de coerción, quedando las partes presentes y representadas formalmente citadas para dichas comparecencias.

Vía Listín Diario

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