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Nuevo Código Penal: Prisíon hasta de un año a quien insulte o saque el dedo a un funcionario

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El Código Penal recientemente aprobado por el Congreso Nacional introduce la figura del ultraje a funcionarios públicos, una disposición que establece sanciones de prisión y multa por actos considerados ofensivos hacia autoridades, incluso si estos ocurren en contextos no públicos.

De acuerdo con el artículo 310, bajo la sección titulada «Del ultraje», se dispone textualmente:

«Constituye ultraje el hecho de pronunciar palabras amenazantes, o enviar escritos, imágenes o cualquier tipo de objeto, o hacer gestos, de modo no público, pero de carácter contrario a la dignidad personal y a la de las funciones que desempeña algún funcionario o servidor público.

El ultraje será sancionado de quince días a un año de prisión menor y multa de dos a tres veces el salario que perciba, al momento de la infracción, el funcionario o servidor público que ha sido su víctima».

Esta disposición penaliza no solo las acciones en actos públicos de violencia o difamación, sino también expresiones privadas que puedan considerarse ofensivas respecto a la dignidad del cargo o función que ejercen.

El artículo 311 complementa la disposición señalando que: «El ultraje será perseguido por acción pública a instancia privada.

Esto significa que el proceso penal puede ser activado únicamente por denuncia de la presunta víctima, es decir, del funcionario afectado, pero será llevado a cabo por el Ministerio Público como una causa de interés público.

Implicaciones legales
La inclusión del ultraje como delito autónomo y su definición como conducta no pública «pero de carácter contrario a la dignidad personal» ha despertado cuestionamientos.

El artículo no delimita qué tipo de palabras, gestos o imágenes encajan dentro de esa «contrariedad a la dignidad», lo que deja la valoración en manos de jueces y fiscales.

Tampoco restringe su aplicación a funcionarios de alto rango, por lo que podría abarcar desde ministros hasta personal administrativo.

Además, la multa correspondiente, entre dos y tres veces el salario del funcionario afectado, introduce un componente económico variable y potencialmente elevado para el infractor, dependiendo del nivel del cargo involucrado.

El nuevo Código entrará en vigor luego del período de vacatio legis establecido en la ley de promulgación, lo que permitirá que los actores del sistema judicial y la sociedad conozcan y se preparen para su aplicación.

Con la entrada en vigencia del artículo sobre ultraje, los ciudadanos podrán enfrentar consecuencias penales por acciones privadas dirigidas a funcionarios si estas son consideradas ofensivas para la dignidad institucional, aún en ausencia de difusión pública.

Vía Diario Libre

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Hombre mata a su pareja en San Cristóbal

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Una mujer de 26 años murió tras recibir varias heridas de arma blanca presuntamente a manos de su pareja sentimental, en un hecho ocurrido la noche del domingo en el sector El Cacique, San Cristóbal.

La víctima fue identificada como Esther Salomón, quien falleció como consecuencia de las múltiples heridas provocadas con un arma blanca, según informó el coronel Diego Pesqueira, vocero de la Policía Nacional.

Tras el hecho, la Policía Nacional activó la búsqueda del agresor, un hombre de nacionalidad haitiana, de acuerdo con la información suministrada por las autoridades.

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La JCE aclara que se casaron un hombre y una mujer en unión transexual

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La Junta Central Electoral (JCE) emitió un comunicado oficial este 31 de agosto de 2026 para precisar la base jurídica del reciente matrimonio entre Jayden Resto Holguín y Regina Balaguer de Resto (conocida como «Reina de Coronas»), un enlace reportado por RC Noticias y celebrado por colectivos de derechos humanos como la primera boda pública entre un hombre trans y una mujer trans en la nación.

En su pronunciamiento, el órgano custodio del registro civil dominicano aclaró que el matrimonio entre los ciudadanos asentados legalmente como Aris Doris Resto Holguín (registrada como mujer) y Miguel José Balaguer de la Rosa (registrado como hombre) cumple estrictamente con los requisitos de la Constitución y las leyes nacionales. La institución enfatizó que el enlace fue formalizado entre un hombre y una mujer conforme a sus actas de nacimiento y documentos de identidad vigentes, reiterando su apego al mandato constitucional.

Por su parte, la pareja defiende el valor simbólico e histórico del acto al tratarse de dos personas trans que defienden sus respectivas identidades de género.

Tras cuatro meses de relación a distancia iniciada en redes sociales y dos años de noviazgo, en mayo de 2026 iniciaron los trámites formales para consolidar su relación.

El trayecto administrativo estuvo marcado por dificultades.

Regina denunció que sufrieron trabas y tratos transfóbicos durante la entrega de documentos debido a su apariencia física: «Nos pidieron los documentos, pero después no nos querían casar por cómo nos veíamos. En ninguna ley aparece un código de vestimenta». No obstante, la contrayente matizó la experiencia diferenciando la burocracia del momento del enlace, destacando que el oficial civil que los casó los trató con absoluta modestia y respeto.

La unión contó con la orientación y acompañamiento de la organización TRANSSA – Trans Siempre Amigas, y recibió felicitaciones del Observatorio de Derechos Humanos de Personas Trans (ODHPT) y COLESDOM, entidades que calificaron el evento como un hito significativo para la visibilidad y el reconocimiento de las familias trans.

A pesar del marco técnico expuesto por la JCE, la pareja mantiene su postura sobre el impacto del evento para la comunidad LGTBIQ+. En palabras de Regina: «Que se reconozca legalmente mi matrimonio en la República Dominicana sí es un paso enorme para la comunidad completa. Este es el inicio. Luchemos por nuestros derechos, por los que tenemos y los que aún nos niegan, sin cansarnos».

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