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¿Cómo y por qué murió Stephora? MP hace estremecedoras revelaciones

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Veinticinco días pasaron para saber cuál fue la causa preliminar de la muerte de Stephora Ann-Merci Joseph, de acuerdo al informe 552-2025 del Instituto Nacional de Ciencias Forenses fechado el 19 de noviembre la causa de muerte fue «asfixia mecánica por ahogamiento, es una muerte violenta. De etiología médico legal indeterminada, el mecanismo de la muerte fue insuficiencia respiratoria, la forma de producirse la muerte fue rápida».

En el documento no se establece la hora de la muerte, ya que aunque en el relato fáctico del ministerio público establece que los hechos comenzaron a las 9:45 de la mañana, el levantamiento del cadáver se produjo a las 2:05 de la tarde.

Los hechos
Según el ministerio público «las 9:44 de la mañana, la víctima se adentra a la piscina, caminando confiada la cual se encontraba sin ningún tipo de señalización y al momento en que llega a la mitad de la misma, se percató de que el nivel de agua era diferente y de inmediato, empezó a hundirse y hacer señas de auxilio con los brazos muestra de que se estaba ahogando».

Reseña el Listín Diario que el escrito del órgano acusador continúa explicando «que a las 9:45 la menor de edad, realizó esto se desesperación, luchando por tomar aire, por mantenerse a flote, por sobrevivir.

En la solicitud de medida de coerción establece que «mientras se estaba ahogando, la imputada Francisca Josefina Tavarez Vélez, camina por el borde de la piscina, justo al lado de la víctima y se desplaza sin siquiera voltear la cara, en cambio se dirige a la parte de la piscina donde está el jacuzzi y habla con unos niños que están ahí, regresando a la parte del gazebo, volviendo a pasar al lado de la víctima, sin que nada le llame la atención. Esta es una muestra extrema de la falta de cuidado y de la forma negligente e irresponsable en la que las imputadas realizaron la supervisión del área de la piscina».

El cuerpo de la niña ahogado permaneció en el fondo de la piscina durante 30 minutos de acuerdo al análisis pericial del Departamento de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Dicat) cuando otro menor detectó el cuerpo de Stephora, que ya había subido, y es el quién ayuda a sacarla.

«Se ahogó, se ahogó», gritaba el menor, mientras llamaban a la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel.

Maestras viendo el teléfono y conversando
En su relato establece que durante esos 31 minutos la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel utilizaba su aparato celular, sin ver lo que estaba pasando, siendo todo esto captado por las cámaras de seguridad del lugar.

Posteriormente se mantenía conversando con la imputada Francisca Josefina Tavarez Vélez, «sin hacer una revisión de los menores de edad, que se encontraban dentro de la piscina».

«Llamaron al colegio primero y no al 911»
El expediente revela un detalle estremecedor, cuando un empleado de la hacienda y varios estudiantes insistieron en llamar al 911 a las 10:20 am, la imputada Francisca Tavarez respondió: “No. Están llamando a la directora.”

Se llamó primero al colegio, no al sistema de emergencias. La madre tampoco fue informada de inmediato, la llamaron 1 hora 25 minutos después de que estaba muerta para decirle que se estaba vomitando.

Cuando finalmente se activó el 911, ya Stephora estaba muerta.

Llamaron a madre más de una hora después
A la madre que llegó poco más de las 12 del mediodía le dijeron que su hija estaba viva bajo cuidados médicos sin embargo ya sabía que estaba muerta, una información que se le comunicó 4 horas después de estar en la parte frontal de la hacienda.

Durante ese tiempo entraron unidades del DICRIM, del SWAT y una ambulancia… pero nadie salió a hablar con ella.

En su relato el ministerio público tampoco establece que se hizo con la niña desde las 10:20 hasta las 2 : 05de la tarde cuando se hace el levantamiento del cadáver

Violación de los protocolos
El documento detalla que el colegio organizó la actividad llamada “Agasajo Guardia de Honor” violando la Orden Departamental 09-2009, que prohíbe terminantemente excursiones y actividades recreativas en ríos, playas, lagos y piscinas.

Pese a la prohibición, el centro aprobó la actividad, coordinada por las imputadas, para 87 estudiantes de entre 10 y 18 años, incluyendo a Stephora.

El lugar escogido fue Hacienda Los Caballos, un espacio que, d acuerdo al informe de la Defensa Civil, no contaba con salvavidas, señalización, rutas de evacuación ni protocolos de emergencia.

Sin verificar quién sabía nadar
Aunque los padres debían firmar una autorización para el uso de la piscina, el colegio nunca preguntó si los niños sabían nadar.

La propia madre de la niña declaró al Ministerio Público: “Mi hija no sabía nadar. Yo pensaba que era una piscina de niños. Ellos no me dieron detalles.”

Un grupo de niños la vio pidiendo ayuda
En el audiovisual se puede observar como un grupo de al menos cinco niños la ve mientras ella levanta las manos pidiendo ayuda al momento en que se está ahogando, ellos la señalan, pero nadie pide ayuda.

De hecho van hacia otros puntos de la piscina sin dar parte a las maestras, ni a ningún otro personal allí presente.

Las imputadas
la Fiscalía de Santiago depositó la solicitud de medida de coerción contra cuatro integrantes del equipo directivo y docente del colegio Leonardo Da Vinci, acusadas de homicidio involuntario, abandono y maltrato a menores:

Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del instituto Leonardo Da Vinci; Gisela Altagracia de las Mercedes González, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavarez Vélez, orientadora y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario.

Responsabilidad penal
El Ministerio Público sostiene que las cuatro imputadas actuaron con torpeza, negligencia e imprudencia extrema, incumpliendo su deber de cuidado y violando normas nacionales.

La calificación jurídica que ha dado el ministerio público es homicidio involuntario (art. 319 CP), abandono y maltrato a menores (art. 351-2 CP) y Violación al Código de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).

Para el Ministerio Público, la muerte de Stephora fue resultado directo de: una excursión ilegal en un lugar inseguro, con alta total de supervisión, la omisión de auxilio y el incumplimiento de protocolos.

 

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Juez mantiene prisión preventiva a Santiago Hazim y otros seis imputados en caso Senasa

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Foto cortesía Listín Diario

El juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, ratificó la prisión preventiva en contra de Santiago Hazim, y otros siete imputados vinculados al desfalco del Seguro Nacional de Salud (Senasa).

Durante la audiencia de revisión de la medida de coerción, el tribunal determinó que no han variado los presupuestos que dieron origen a la medida original, asegurando que la privación de libertad sigue siendo la vía idónea para garantizar la presencia del encartado en el proceso.

En ese sentido, dispuso el mantenimiento en prisión de Santiago Hazim, Rafael Luis Martínez Hazim, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Ramón Alan Spiekler Mateo y Ada Ledesma

El juez consideró que persiste el riesgo de incomparecencia, derivado de la gravedad de los hechos imputados y el daño que debe ser resarcido al Estado.

Atendiendo a la posible pena imponible según la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público, la prisión preventiva se considera una medida equilibrada.

Tras analizar la provisionalidad de las medidas de coerción, el tribunal concluyó que los elementos de prueba y las circunstancias actuales no justifican el otorgamiento de una libertad bajo fianza o medida menos gravosa.

«Se procede a ordenar la continuación de la prisión preventiva por considerar que no han variado los presupuestos tomados en cuenta al momento de su imposición», dictaminó el juez en el dispositivo de la resolución.

Asimismo, el juez fijó para el próximo 21 de mayo, la lectura integra de la decisión, fecha a partir de la cual empezarán a correr los plazos legales para que las partes interpongan los recursos de apelación que consideren pertinentes.

Igualmente, el tribunal fijó para el 30 de julio del presente año el conocimiento de la próxima revisión obligatoria de la medida de coerción, quedando las partes presentes y representadas formalmente citadas para dichas comparecencias.

Vía Listín Diario

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Condenan a 30 años de prisión a hombre de 83 años en Santiago

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El tercer Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Santiago condenó la tarde del martes a 30 años de prisión a Nicolás Suárez, de 83 años, tras hallarlo culpable de tentativa de asesinato, una decisión que será apelada por su defensa, que la considera desproporcionada e incompatible con sus condiciones de salud.

La información fue ofrecida por la defensora pública Milagros del Carmen, representante legal del condenado, quien explicó que el tribunal acogió la calificación jurídica presentada por el Ministerio Público.

No obstante, la defensa sostuvo que no se configuraban las agravantes necesarias para tipificar el hecho como tentativa de asesinato, por lo que propusieron una calificación menos grave que permitiera una pena suspendida.

La abogada indicó que Suárez presenta problemas de salud, incluyendo limitaciones visuales y auditivas, y recordó que actualmente cumple arresto domiciliario, medida obtenida meses atrás.

Advirtió que, de quedar firme la condena, el imputado tendría que ser trasladado a un centro penitenciario, lo que calificó como una “condena de muerte” por su avanzada edad.

La defensa anunció que apelará la sentencia ante la Corte de Apelación, buscando que se imponga una pena menor que pueda ser cumplida en

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