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Panorama

Intrant sustituirá talonarios por dispositivos electrónicos para registrar multas

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El director ejecutivo del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), Juan Manuel Méndez, aclaró este miércoles que el proceso de fiscalización digital que contempla implementar la institución no corresponde a un sistema de fotomultas, sino a una herramienta tecnológica destinada a modernizar y hacer más eficiente el proceso de emisión de infracciones de tránsito.

“La fiscalización digital no es lo mismo que la fotomulta. Yo no he hablado de fotomulta”, puntualizó Méndez al referirse a las informaciones y comentarios surgidos en torno al tema.

El funcionario explicó que la herramienta permitiría a los agentes de fiscalización realizar consultas mediante la lectura de elementos como la placa del vehículo, el marbete y la licencia de conducir, con el propósito de verificar los datos correspondientes y reducir errores al momento de levantar una infracción.

Méndez señaló que uno de los objetivos de la modernización es sustituir el uso de formularios escritos manualmente, un mecanismo que puede generar dificultades para interpretar la escritura del agente o errores en los datos consignados, lo que posteriormente podría ocasionar inconsistencias en el registro de una multa.

“Es básicamente sustituir el talonario que tienen los Digesett de estar emitiendo multas, que a veces, con letras que ni ellos mismos entienden, por una tablet o un dispositivo”, explicó durante una entrevista en el programa Zol de la Mañana.

Fiscalización seguirá siendo presencial

El director del INTRANT enfatizó que el mecanismo planteado mantiene un componente presencial, debido a que será el agente quien realizará la fiscalización y utilizará el dispositivo electrónico para consultar y registrar la información relacionada con la infracción.

En ese sentido, aclaró que no se trata de un sistema en el que una cámara detecte automáticamente una infracción, tome una fotografía del vehículo y genere una multa, procedimiento que comúnmente se identifica como fotomulta.

Méndez explicó que la implementación de un sistema de fotomultas requeriría un mecanismo diferente y que, antes de su eventual aplicación, tendría que completarse el proceso relacionado con las redes semafóricas y la infraestructura tecnológica necesaria.

“No es que le vamos a tirar una foto. Estábamos hablando de fotomulta; yo no he hablado de fotomulta. Es otra cosa”, reiteró.

Tecnología para fortalecer la fiscalización

El director ejecutivo del INTRANT sostuvo que la incorporación de herramientas digitales busca contribuir a una fiscalización más organizada, precisa y eficiente, al tiempo que permitiría reducir errores asociados a los procedimientos manuales y facilitar el acceso a la información.

Asimismo, afirmó que la labor de fiscalización no debe estar enfocada únicamente en la recaudación derivada del pago de multas, sino en garantizar el cumplimiento de las normas de tránsito y contribuir al orden y la seguridad vial.

“El rol de la autoridad no es fiscalizar solamente para recibir el tema de los recursos; es simplemente para que se vaya cumpliendo la ley”, afirmó.

Méndez indicó que la modernización de los procesos de gestión y fiscalización forma parte de los esfuerzos institucionales para fortalecer la aplicación de la Ley núm. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, mediante herramientas que faciliten la labor de los agentes y permitan mayor precisión en el registro de las infracciones.

Con esta aclaración, el INTRANT busca diferenciar el concepto de fiscalización digital de un eventual sistema de fotomultas y precisar ante la ciudadanía el alcance de la herramienta tecnológica que la institución contempla para modernizar los procedimientos de fiscalización.

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Panorama

Emprendedores de Azua explican cómo ganaron licitación de RD$110 millones en INABIE

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Tres jóvenes emprendedores de Azua defendieron públicamente la forma en que resultaron adjudicados en contratos del Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), durante una entrevista en el programa Esto No es Radio, transmitido por Alofoke FM, donde aseguraron que ganaron la licitación mediante un proceso legal, asesoría técnica y la identificación de oportunidades en San Pedro de Macorís.

Franniel Ramírez Beltré, Nayeli Carolina Beltré y Caroline Michel Díaz Beltré comparecieron ante los comunicadores del espacio para responder a los cuestionamientos surgidos por la adjudicación de contratos que, en conjunto, superan los RD$110 millones para el suministro de alimentos escolares en centros educativos de San Pedro de Macorís.

Así explicaron que ganaron la licitación
Durante la entrevista, los jóvenes indicaron que su participación no fue improvisada.

Según explicaron, estudiaron procesos anteriores del INABIE y observaron que en Azua existía una alta concentración de suplidores, mientras que en San Pedro de Macorís había lotes disponibles y mayor demanda de cocinas escolares.

Esa diferencia, afirmaron, los llevó a competir fuera de su provincia de residencia.

Los entrevistados sostuvieron que prepararon sus expedientes con el apoyo de contadores y asesores especializados en contrataciones públicas, quienes les orientaron sobre los requisitos legales, administrativos y técnicos exigidos en el pliego de condiciones.

Aseguraron que la adjudicación se produjo porque cumplieron con la documentación requerida y superaron las fases del proceso.

Financiamiento y estructura operativa
Sobre el origen de los recursos económicos, los jóvenes negaron haber recibido apoyo irregular o vínculos de influencia.

Indicaron que financiaron sus proyectos mediante ahorros familiares, préstamos personales, venta de activos y líneas de crédito gestionadas a través de cooperativas de ahorro y crédito.

Ramírez Beltré dijo que recibió apoyo económico de su padre, quien habría vendido un camión para aportar al emprendimiento.

Nayeli Carolina Beltré explicó que reunió capital junto a familiares y otras mujeres mediante trabajos en carpas durante fiestas patronales, mientras que Caroline Michel Díaz Beltré afirmó que recurrió a préstamos, ahorros familiares y esfuerzos personales para iniciar su operación.

En cuanto a la logística, reconocieron que residen en Azua y operan en San Pedro de Macorís, por lo que han delegado parte de la supervisión diaria en familiares o personal contratado en la zona.

También señalaron que utilizan vehículos alquilados para transportar los alimentos hacia los centros educativos asignados.

Niegan vínculos con funcionarios
Los tres entrevistados rechazaron que la adjudicación haya sido producto de tráfico de influencias.

Afirmaron que no tienen relaciones familiares, de amistad ni comunicación previa con autoridades del INABIE, y atribuyeron los cuestionamientos a la coincidencia de apellidos comunes en la provincia de Azua.

Cuestionamientos pendientes
La comparecencia se produjo en medio de críticas públicas por la edad de los adjudicatarios, el poco tiempo de constitución de algunas empresas, la falta de historial financiero robusto y el hecho de que los contratos deban ejecutarse en una provincia distinta a la de residencia de los beneficiarios.

Los panelistas del programa insistieron en que, al tratarse de fondos públicos destinados a la alimentación escolar, los suplidores deberán demostrar capacidad operativa, control de calidad y presencia efectiva en la zona donde se prestará el servicio.

De su lado, los jóvenes reiteraron que su participación se ajustó a la ley y que están en disposición de ser fiscalizados por las autoridades correspondientes.

Aseguraron que su éxito en la licitación respondió a la preparación documental, la búsqueda de asesoría y la decisión de competir en una zona donde identificaron mayores oportunidades dentro del proceso del INABIE.

Vía Ensegundos.do

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Senado aprueba ley que regula juegos al azar; prohíbe por 10 años la instalación de nuevas bancas de lotería

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El senado de la República aprobó este miércoles la ley que regula los juegos de azar en la República Dominicana, de la autoría de los senadores Félix Bautista y Pedro Catrain.

La iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados con modificaciones, las cuales fueron acogidas posteriormente por la cámara alta.

La ley contempla tres decisiones de fondo. Primero, crea un regulador especializado — la Dirección General de Juegos de Azar— con conducción colegiada y garantías de independencia frente al sector que debe supervisar.

Segundo, establece obligaciones exigibles en materia de protección de menores, juego responsable, distancias y control tecnológico.

Tercero, respalda cada una de esas obligaciones con consecuencias reales: multas, cierre de establecimientos, pérdida de la licencia, inhabilitación de administradores y penas de prisión.

Las siete medidas de mayor impacto que contempla la norma son las siguientes:

Verificación de identidad contra la Junta Central Electoral. Toda apuesta en línea exigirá comprobar la cédula del usuario contra los registros de la JCE antes de habilitar depósitos o apuestas (art. 82). Hoy basta con marcar una casilla declarando ser mayor de edad.

Distancia de 500 metros de los entornos sensibles.

Ningún establecimiento de juegos de azar, en cualquiera de sus modalidades, podrá instalarse a menos de 500 metros de escuelas, colegios, universidades, estancias infantiles, hospitales, CAID, iglesias, cuarteles ni sedes de los poderes del Estado (art. 26).

Registro Nacional de Autoexclusión. Inscripción gratuita, presencial o electrónica, para que quien decida dejar de apostar no pueda ser admitido en ningún establecimiento del país. Los operadores quedan obligados a consultarlo antes de dar acceso, abrir una cuenta o pagar un premio (art. 38).

Financiamiento del tratamiento de la ludopatía. El 10% de todas las multas del sector se destina a programas de prevención y tratamiento en coordinación con el MISPAS, y se crea una línea telefónica gratuita atendida por profesionales de la salud mental (arts. 170 y 34).

Control de las apuestas por internet. Licencia obligatoria, registro bajo dominio .do, impuesto del 10% mensual que hoy no existe, y facultad del regulador para ordenar el bloqueo de las páginas ilegales y la suspensión de los pagos hacia ellas (arts. 75 a 82).

Diez años sin nuevos establecimientos. No se otorgarán nuevas licencias durante una década, para depurar y fiscalizar lo existente antes de permitir cualquier expansión (art. 191).

Consecuencias graves para quien incumpla. Multas de hasta 400 salarios mínimos, cierre de establecimientos, revocación de licencia, prisión de hasta 10 años e inhabilitación de socios y administradores hasta por 10 años (arts. 146 a 167).

“La nueva ley establece un régimen completo de las apuestas y juegos de azar por internet, el segmento de mayor crecimiento del sector y el que la legislación vigente, concebida décadas antes de la existencia de estas plataformas, no contempla”, expresó el senador Félix Bautista.

Asimismo, explicó que los juegos de azar por internet solo podrán ser operados por personas jurídicas con licencia emitida por el Consejo de Juegos de Azar y deberán estar registrados bajo el dominio geográfico dominicano.do. Operar fuera de ese registro constituye infracción grave (artículos 75 y 147).

Dijo que el artículo 78 establece un impuesto del diez por ciento mensual sobre las operaciones de todos los juegos realizados por internet, pagadero a la Dirección General de Impuestos Internos.

El tributo se determina atendiendo a la página web autorizada, sin tomar en consideración la localización donde se desarrolle la actividad, redacción que cierra la vía de elusión por radicación en el extranjero.

“Frente a los operadores sin licencia, el artículo 79 dota al regulador de tres herramientas simultáneas: ordenar a los proveedores de servicios de internet, en coordinación con el INDOTEL, el bloqueo de los dominios y aplicaciones correspondientes; requerir a las entidades de pago la suspensión de las transacciones hacia dichos operadores; y publicar la lista actualizada de operadores autorizados y de sitios bloqueados, de modo que cualquier ciudadano pueda verificar la legalidad de una plataforma antes de depositar su dinero”, afirmó el legislador.

La República Dominicana regula hoy los juegos de azar con normas dictadas hace más de seis décadas.

La pieza central sigue siendo la Ley núm. 351, del 6 de agosto de 1964; el reglamento de máquinas tragamonedas es de 1989; y el resto del marco se compone de decretos y resoluciones dispersos, dictados en momentos distintos y con criterios distintos.

Bajo ese marco, el país llegó a más de 71,000 bancas de lotería y deportivas registradas, según datos oficiales del Ministerio de Hacienda y Economía.

La ley aprobada por el Senado sustituye ese mosaico por un cuerpo normativo único: 196 artículos distribuidos en 22 capítulos. Es la primera ley general de juegos de azar de la historia dominicana.

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