Connect with us

Noticias

Price Smart se querella contra Grupo Ramos y el Bravo alegando “competencia desleal”

Publicado hace

en

La Dirección Ejecutiva de la Comisión Nacional para la Defensa de la Competencia (ProCompetencia) admitió la denuncia de Price Smart contra el Grupo Ramos (propietario de La Sirena), Bravo SA y Cyngusville por alegada competencia desleal.

La escogencia de la denuncia está avalada con la resolución número DE-005-2017, “admitiendo la denuncia por posible comisión de prácticas contrarias a la ley número 42-08.

“La denuncia fue interpuesta por la sociedad comercial PRICESMART Dominicana, S.R.L.”, indica una nota de prensa.

En su denuncia, PriceSmart dice que el Grupo Ramos, Bravo y Cyngusville están “vendiendo productos sin registro sanitario y sin el etiquetado correspondiente”, lo que lo “coloca en una posición de desventaja frente a ellos”.

La resolución de ProCompetencia entre sus considerandos expresa que el artículo 37 de la Ley Núm. 42-08 establece los requisitos mínimos que debe contener una denuncia para ser declarada admisible por la Dirección Ejecutiva, a saber: (i) señalar al presunto responsable, (ii)describir en qué consiste la práctica o violación a la ley, y (iii) el daño o perjuicio que se le ha causado o se le pueda causar en un futuro.

“La Dirección Ejecutiva solicitó la colaboración del Ministerio de Salud Pública a través de su Dirección General de Medicamentos y Alimentos de Salud Pública (DIGEMAPS) y del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (PRO CONSUMIDOR), con el objetivo de que éstas determinen si en efecto existe una violación a sus normas que consecuentemente le permita la Dirección Ejecutiva establecer si se tipifica una violación al artículo 11, literal “f” de la Ley Núm. 42-08, tomando en cuenta la determinación que a tales fines realicen dichas entidades.”

Ante la acción de la empresa denunciante, los denunciados han afirmado que la acusación depositada por ante este órgano debe ser declarada inadmisible por “violación al debido proceso de ley, derecho de defensa y presunción de inocencia”, argumentando que el supuesto de competencia desleal que les atribuye el demandante “Requiere la existencia y constatación previa de un incumplimiento a las normas de salubridad y de protección al consumidor respectivamente establecidas en la Ley Núm.42-01 y la Ley Núm.358-05”16;.

Al respecto, ProCompetencia indica que “La emisión de la presente resolución que determina el inicio del procedimiento de investigación, no prejuzga en modo alguno sobre la responsabilidad de ningún agente económico, pues aún no han sido comprobadas las conductas que pueden constituir prácticas contrarias a la Ley Núm. 42-08”.

El Caribe

PERIODISTA/ PUBLICISTA

Noticias

Desalojan vendedores de la parada del kilómetro 9 de la Autopista Duarte

Publicado hace

en

El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) realizó un desalojo la mañana de este jueves a vendedores ubicados en el kilómetro 9 de la Autopista Duarte.

En el lugar hay varias maquinarias y personal de la institución en las labores de remoción de los comercios ambulantes ubicados en las aceras y avenida.

El desalojo, según las autoridades, se debe a la remodelación del lugar y los vendedores habían sido notificados con antelación.

Asimismo, según informó Salutiano Pichardo, abogado del departamento de avalúo, de los 24 vendedores del área solo faltan 4 por el pago de la indemnización.

Sin embargo, en el lugar aquellos que sostienen que no han recibido la indemnización y que tampoco les han brindado información sobre esta se mantienen en el lugar esperando respuestas.

«Llegaron, nos rompieron las mesas y no nos dan respuestas», manifestó Ramón Ortega, quien tenía un puesto de venta de accesorios telefónicos en la parada.

Al igual que Ortega, los demás vendedores arrastran las mesas que hasta el momento del desalojo utilizaban para sus negocios para evitar que los agentes se las retengan.

En este lugar funciona una parada de autobuses que tienen como destino la región norte del país y es donde el Gobierno ejecuta un plan de ampliación de vías para facilitar el ingreso y a la salida a la capital dominicana.

Vía Listín Diario

Continuar leyendo

Noticias

Minerd: 32 profesores fueron desvinculados y suspendidos por acoso sexual en el año escolar 2023-2024

Publicado hace

en

El Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) desvinculó a ocho docentes y mantiene a 24 suspendidos «por acoso sexual» en el desempeño de sus funciones en las escuelas durante el pasado año escolar 2023-2024, conforme a reporte de esta entidad emitido este domingo.

Según los registros de la División de Resolución de Conflictos Laborales de la Dirección General de Gestión Humana del Minerd, el mayor número de casos se produjo en el Distrito Nacional, Regional 15, con ocho; en Cotuí, Regional 16, con cinco; en La Vega, Regional 06, con y en Santiago, Regional 08, con 4.

Los nombres de los profesores no fueron suministrados por Educación.

De acuerdo a una nota de prensa del Minerd, de los 32 docentes separados de las escuelas públicas por acoso sexual, «ocho fueron desvinculados debido a la gravedad de las acusaciones y los 24 restantes están suspendidos sin disfrute de sueldo mientras culmina la investigación. Actualmente, hay seis profesores sometidos a la acción de la justicia».

El Minerd dijo que esta medida es parte de su compromiso fundamental de propiciar un entorno seguro para los estudiantes y sancionar las acciones indebidas en la comunidad educativa.

Las desvinculaciones y suspensiones se produjeron luego de que el Minerd comprobara que los maestros transgredieron el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente y administrativo con los estudiantes del Sistema de Educación Preuniversitario», refiere el documento.

Violaron Código de Ética
Aprobado a través de la Orden Departamental No. 13-2023, el Código de Ética establece que las relaciones del personal de la escuela con los estudiantes deben ser académica y de servicio formativo, al tiempo que prohíbe toda relación que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los estudiantes.

Las medidas también dan cumplimiento al artículo 84 de la Ley 41-08 numerales 4,14,17 y 20 de Función Pública, que establece que este tipo de actos constituye una falta de tercer grado, cuya comisión dará lugar a la destitución del cargo.

«Otras faltas en las que incurrieron por su conducta inapropiada están vinculadas a incumplimientos a la Ley General de Educación 66-97, el Estatuto Docente y la Constitución de la República en sus artículos 44 y 56 sobre derecho a la intimidad y el honor de la persona, así como a la protección de las personas menores de edad, respectivamente», estableció el Minerd.

Continuar leyendo

Lo + Trending