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Defensa familia monaguillo asesinado refuta Arzobispado

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La defensa legal de la familia del monaguillo asesinado el 4 de agosto de 2017, Fernelis Carrión Saviñón, por cuyo hecho guarda prisión preventiva el sacerdote Elvin Taveras Durán, refutó ayer el escrito de defensa del Arzobispado de Santo Domingo, que pidió la nulidad de la querella penal con constitución civil en su contra y la exclusión del proceso.

El Arzobispado está demandado civilmente en el caso por la familia de la víctima y está pidiendo, a través de sus abogados, una indemnización de RD$1,000 millones de pesos, el 50% para ser entregado a instituciones que trabajan a favor de la adolescencia y la niñez como Unicef y Conani , y el otro 50% como reparación de los daños causados a la familia.

El abogado Marco Tulio Reyes consideró que el Arzobispado quiere en el caso de la especie tratar de desligarse del sacerdote para que no caiga sobre ellos el resarcimiento pecuniario.
Señaló que en su defensa técnica el Arzobispado niega el nombramiento del sacerdote Taveras Durán como vicario, que según precisó, lo hizo el cardenal Nicolás de Jesús cardenal López Rodríguez, cuando dirigía el arzobispado, el 16 de octubre del 2007.

Igualmente, afirmó que sólo el Código Procesal Penal dominicano garantiza la aplicación de la norma sobre los delitos punibles a través de los juzgados y tribunales de la justicia ordinaria de la República Dominicana, no por tribunales «Canónicos».

“Ya basta de que la iglesia católica sea mofado «burlado» de la ignorancia del pueblo dominicano, lo cual tiene que venir sobre ello un régimen de consecuencias por no tener la vigilancia y supervisión de sus eclesiásticos entregándolos a la sociedad para que ministren la iglesia y estos sacerdotes utilicen su poder jerárquico para abusar, violar y asesinar a niños y adolescentes los cuales son vulnerables a su maldad”, manifestó.

Indicó que el artículo 126 del Código Procesal Penal dominicano establece lo siguiente: “es tercero civilmente demandado la persona que, por previsión legal o relación contractual, debe responder por el daño que el imputado provoque con el hecho punible y respecto de la cual se plantee una acción civil resarcitoria”.

Puntualizó que el artículo 1384 del Código Civil dominicano también conecta al Arzobispado de Santo Domingo, porque contempla que “No solamente es uno responsable del daño que causa un hecho suyo, sino también del que se causa por hechos de las personas de quienes se debe responder, o de las cosas que están bajo su cuidado”.

Receso
El viernes en la noche, el Segundo Juzgado de la Instrucción de la provincia Santo Domingo recesó el conocimiento de la audiencia preliminar seguida al sacerdote Elvin Taveras Durán.

Hoy, martes, el juez Máximo Santiler continuará escuchando los planteamientos del ministerio público, de la defensa de los familiares de la víctima que se constituyeron como parte civil, del imputado y del arzobispado de Santo Domingo, que fue demandado civilmente.

El abogado Marco Tulio Reyes, quien representa a los familiares de la víctima, señaló el sábado a Listín Diario que en la audiencia del pasado viernes el juez le dio oportunidad al sacerdote para que hablara, pero que éste guardó silencio.

El inicio de la audiencia preliminar estaba previsto para el viernes, primero de junio, pero en esa ocasión fue aplazada para el 15 de junio, por la no comparecencia de la defensa del imputado.

Luego, el 15 de junio volvió a ser pospuesta para el 29 de junio, a fin de que las partes tengan conocimiento de los escritos depositados por los abogados del imputado y del Arzobispado de Santo Domingo.

El adolescente Carrión Saviñón, de 16 años, fue asesinado a martillazos y puñaladas en agosto pasado, y luego degollado, en la casa curial de la parroquia Santa Cecilia, municipio Santo Domingo Este. La familia acusó al sacerdote del crimen y de abuso sexual.

LISTIN DIARIO

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Alcaldía DN se desliga del desmonte de tarima en la Plaza de la Bandera; dice no tiene jurisdicción en ese lugar

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La Alcaldía del Distrito Nacional (ADN) aclaró este sábado que no posee jurisdicción sobre la Plaza de la Bandera, por lo que se desligó del desmonte´de la tarima que ejecutaron agentes policiales y que serviría como tribuna a los manifestantes de la Antigua Orden Dominicana, quienes realizan allí un acto contra la invasión masiva de ilegales haitianos en República Dominicana.

De esta manera la alcaldía desmiente a la ministra de Interior y Policía, Faride Raful, quien tras la indiganción de ciudadanos por la acción dijo en su cuenta de X que el desnmonte de esta tarima se debió a que los organizadores de la manifestación no contaban con un permiso del cabildo.

De hecho, la misma Raful rectificó en otro mensaje en X (antiguo Twitter), que se debía solicitar un permiso a las Fuerzas Armadas para montar tarimas en la Plaza de la Bandera, lo que desliga a la Alcaldía del Distrito Nacional en este tems.

COMUNICADO DE LA ALCALDÍA DEL DISTRITO NACIONAL
La Alcaldía del Distrito Nacional informa a la opinión pública nacional que la Plaza de la Bandera es un espacio público custodiado por el Ministerio de Defensa, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 194-08 que le otorga la administración, seguridad y mantenimiento del señalado espacio.

En tal sentido, la Alcaldía del Distrito Nacional no posee facultad de otorgar permisos sobre ese y otros espacios públicos que se encuentran bajo jurisdicción de organismos castrenses debido a su importancia estratégica para la seguridad nacional.

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Faride ordena suspensión del desmonte de la tarima en manifestación de Antigua Orden Dominicana

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La ministra de Interior y Policía, Faride Raful, afirmó este sábado que instruyó la suspensión del desmonte de la tarima erigida en la Plaza de la Bandera, donde el grupo conocido como la “Antigua Orden Dominicana” convocó una manifestación.

La funcionaria explicó, en una publicación en su cuenta de X, que agentes de la Policía Nacional iniciaron el desmonte de la tarima porque esta supuestamente no contaba con las autorizaciones de lugar, emitidas por la Alcaldía del Distrito Nacional (ADN).

“Estando fuera del país, he sido informada que miembros de la PN, cumpliendo su deber, procedieron al desmonte de una tarima que no contaba con la debida autorización del ADN. He instruido a suspender el desmonte, a los fines de preservar el clima de paz de los manifestantes reunidos en la Plaza de la Bandera”, leía el mensaje de Raful.

Sin embargo, el director de comunicaciones del ADN negó rotundamente que el cabildo tuviera que ver con el desmontre de la tarima, pues no tiene jurisdicción sobre la Plaza de la Bandera para exigir algún permiso por su uso.

De hecho la misma Faride Raful rectificó en otro mensaje en X (antiguo Twitter), que se debía solicitar un permiso a las Fuerzas Armadas para montar tarimas en la Plaza de la Bandera.

En el transcurso de la semana el Ministerio de Interior y Policía emitió un comunicado afirmando que le concedieron la “objeción” para el uso de vías públicas por dos horas, el tiempo estándar cedido para este tipo de actividades.

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