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Hoy el toque de queda inicia a las 7:00 pm en el Gran Santo Domingo y otras 4 provincias

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El presidente Luis Abinader dispuso mediante el decreto 698-20 que las nuevas medidas anunciadas este martes por el gabinete de salud, comenzarán a ser aplicadas a partir del día hoy.

El decreto de este martes deroga los decretos números 504-20, 554-20 y 684-20 relativo al toque de queda, así como sus modificaciones.

La Dirección de Información y Prensa de la Presidencia comunicó que a partir del día de hoy, las reglas que regirán conforme a las provincias y horarios son las siguientes: En el Distrito Nacional y las provincias Santo Domingo, Santiago, Duarte, La Vega y Puerto Plata, el toque de queda abarca todos los días, de 7:00 de la noche a 5:00 de la madrugada.

Sin embargo, las personas contarán, todos los días, con una gracia hasta las 9:00 de la noche, para transitar exclusivamente hacia sus respectivas residencias, lo que eliminaría la posibilidad de que el transporte público pueda circular a esa hora aunque esto aún no ha sido especificado por las autoridades

En el resto del país, el toque de queda abarca de lunes a viernes de 9:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada.

Los sábados, domingos y días feriados de 7:00 de la noche hasta las a 5:00 de la madrugada. Al igual que en las otras provincias, en esos días las personas contarán con una gracia hasta las 9:00 de la noche para transitar exclusivamente hacia sus respectivas residencias.

Nochebuena y Fin de Año

De manera excepcional, los días 24 y 31 de diciembre de 2020 el toque de queda aplicará en todo el territorio nacional de 7:00 de la noche a 5:00 de la madrugada en los lugares públicos y lugares privados de uso público.

En estos dos días, únicamente, la gracia para transitar desde lugares privados hacia las respectivas residencias, será hasta la 1:00 de la madrugada del día siguiente.

Se mantienen las excepciones para personal médico, miembros de prensa, seguridad privada y responsables de distribución de mercancías como combustibles y alimentos.

No más de 10 personas en reuniones
El Poder Ejecutivo prohibió en el territorio nacional las reuniones de grupos de más de 10 personas en lugares públicos y lugares privados de uso público.

Asimismo, en establecimientos comerciales como restaurantes y bares sólo se permitirán grupos de máximo 10 personas por mesa, siempre que no se sobrepase el 70% de la capacidad total del negocio.

En esta caso, se exige cumplimiento a los protocolos sanitarios y de distanciamiento social adoptados por las autoridades correspondientes para este sector.

Veda de bebidas alcohólicas
La disposición incluye la prohibición en el territorio nacional, todos los días de 6:00 de la tarde a 5:00 de la madrugada, del expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas, en cualquiera de sus presentaciones, por parte de persona o establecimiento comercial.

Esta iniciativa se adopta sin detrimento de las medidas de esta naturaleza que el Ministerio de Interior y Policía pueda adoptar adicionalmente.

Uso obligatorio de mascarillas
Las medidas confirman en el territorio nacional la utilización obligatoria de mascarillas en lugares públicos y lugares privados de uso público, así como las demás medidas y protocolos de distanciamiento social adoptados por las autoridades correspondientes.

Se advierte que su incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la Ley 42-01 General de Salud, del 8 de marzo de 2001.

Las medidas dispuestas en el decreto entran en vigencia desde este 15 de diciembre de 2020, y hasta el levantamiento del estado de emergencia, incluyendo cualquier posible prórroga de este, o hasta que se disponga alguna variación a tales medidas.

Las acciones son tomadas en atención al actual incremento exponencial en la propagación de la enfermedad en el ámbito nacional e internacional.

FUENTE: Listin Diario

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Arrestan dos mujeres por presunta extorsión y amenazas con fotos íntimas en WhatsApp

Una de ellas fue captura en el Aeropuerto Internacional Las Américas (Aila) por la Interpol

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Miembros del Departamento de Investigación de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Dicat) arrestaron a dos mujeres a las que vinculan con estafa electrónica y extorsión.

Una de las detenidas fue identificada como Rosalba Franco Ascencio, quien fue capturada en el Aeropuerto Internacional Las Américas (Aila) por miembros de la Oficina Central de la Interpol en Santo Domingo.

De acuerdo con el informe policial, su arresto se debió a que se le benefició en su cuenta bancaria con la suma de 39,500 pesos, producto de una extorsión y amenaza a una ciudadana, realizada mediante la aplicación de mensajería instantánea de WhatsApp. La amenazó que revelaría sus fotos íntimas si no depositaba la cantidad de dinero exigida.

Las autoridades policiales también apresaron a Franquisi Núñez Reynoso, quien también amenazó a otra persona con publicar sus fotos íntimas si no le deposita 40,000 pesos en su cuenta. Fue detenida en el Distrito Nacional.

Ambas mujeres fueron puestas a disposición del Ministerio Público.

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Condenan a 15 años de prisión a “El Dotolcito”; le cantan 30 años a “Chiquito” y 20 a “Luisito”

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El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional impuso una condena de 15 años de prisión a Wesly Vincent Carmona, “El Dotolcito”, hijo del comunicador Vincent Carmona (Dotolcito) por robo agravado contra varias personas a las afueras de una discoteca del Distrito Nacional, en un hecho en el que murió el joven Joshua Fernández.

Las juezas Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo impusieron una condena de 30 años de prisión a Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito), quien fue señalado como la persona que realizó el disparo que terminó con la vida del joven Fernández.

Mientras Luis Brito Tronocoso (Luisito) fue condenado a 20 años de prisión por robo agravado y porte de arma ilegal.

La madre de Joshua Fernández, Bertina Decena, se mostró conforme con la sentencia emitida por las tres juezas antes mencionadas del tribunal.

En días pasados, el Ministerio Público logró la variación de la calificación jurídica a los imputados por la muerte de Joshua Omar Fernández, al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional acoger la variación del párrafo V por II del artículo 66 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas.

Dentro de las pruebas presentadas por el ingeniero Eddy Ogando Lorenzo figura una conversación que habría sostenido el imputado Wesly Vicent Carmona (El Dotolcito) con el taxista.

Además, presentaron evidencias, el sargento mayor Ronny Seberino Carmona y el mayor Carlos José Gómez.

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