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VIDEO: Durante horario de toque de queda vehículos salían de exclusivo club de la capital

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Salida de uno de los vehículo. (Ricardo Hernández/Diario Libre)

Pasadas las 9:00 de la noche de este viernes un desfile de vehículos lujosos fue captado saliendo del exclusivo club privado Contry Club, en la zona metropolitana de Santo Domingo, donde según informó una fuente a Diario Libre se realizó la boda de un familiar del actual Gobierno, esto a pesar de las restricciones establecidas para controlar el aumento de los casos de coronavirus en República Dominicana.

A la redacción de Diario Libre llegaron imágenes del supuesto enlace, donde se observó a los invitados, sin mascarillas, aglomerados alrededor de una tarima donde cantaba el reguetonero Nicky Jam, violentando las disposiciones de distanciamiento social.

Los videos circulan en redes sociales, generando indignación entre la población que critica que las medidas restrictivas excluyen a la clase pudiente.

¿Qué dijeron las autoridades?
Tras la denuncia, un equipo de Diario Libre acudió al lugar, donde pudo observar los vehículos saliendo del establecimiento.

También fue avistada una unidad del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR) saliendo del club.

Unidad del Cestur. (Ricardo Hernández/Diario Libre)

Desde el pasado martes, Diario Libre tenía la información del evento por lo que se puso en contacto con el ministro de Interior y Policía, Jesús (Chu) Vásquez, quien aclaró que las bodas no están prohibidas siempre que se respeten las medidas de distanciamiento social y uso de mascarillas.

“Las bodas no están prohibidas, el propio decreto lo aclara. Lo que se establece es que no puede tener más del 70 % del espacio ocupado y hay que mantener el distanciamiento y en las mesas no puede haber más de 10 personas”, dijo el ministro.

Las reuniones y bodas en la República Dominicana no están prohibidas de acuerdo a lo establecido por el Poder Ejecutivo en el decreto 698-20, sin embargo, esta misma normativa establece las características que debe tener un evento para poder llevarse a cabo.

Estas son parte de las medidas restrictivas que buscan evitar la propagación del COVID-19, en momentos en que el país registra un aumento de casos.

El ministro hace referencia al párrafo que completa el artículo 5 que indica: “En establecimientos comerciales como restaurantes y bares solo se permitirán grupos de máximo 10 personas por mesa, siempre que no se sobrepase el 70% de la capacidad total del establecimiento, de acuerdo con los protocolos sanitarios y de distanciamiento social adoptados por las autoridades correspondientes para este sector”.

“El mayor problema que tenemos nosotros es conciencia ciudadana, falta mucha conciencia de la gente, que entienda que hay que mantener distanciamiento, que hay que mantener el uso de la mascarilla, higienización y todas estas cosas y una mayor idea de colaboración y respeto a las autoridades”, recalcó.

La vicepresidenta de la República, Raquel Peña, anunció el pasado martes nuevas medidas sanitarias de cara a las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, que buscan reducir la propagación del coronavirus, en momentos en que se ha producido un repunte de los casos positivos.

El Gobierno dispuso flexibilidad para la movilidad en seis provincias del país, pero endurece medidas al disponer el cierre de negocios a los clientes y la prohibición de reuniones en espacios públicos a partir de las 7:00 de la noche.

Las medidas dispuestas en el decreto 698-20 entran en vigencia este martes 15 de diciembre de 2020, y hasta el levantamiento del estado de emergencia, incluyendo cualquier posible prórroga de este, o hasta que se disponga alguna variación a tales medidas.

Lo que no se puede hacer
1. Estar en negocios y espacios públicos a partir de las 7:00 de la noche en el Distrito Nacional y las provincias de Santo Domingo, Santiago, Duarte, La Vega y Puerto Plata. Con esta disposición agregan dos horas más a la prohibición vigente actualmente, que ordena el cierre de negocios a las 9:00 de la noche.

2. Vender ningún tipo de bebida alcohólica, en cualquiera de sus presentaciones, a partir de las 6:00 de la tarde en todo el territorio nacional, por parte de personas o establecimientos comerciales. Esta es la primera vez que las autoridades restringen la venta de alcohol durante la pandemia.

3. Circular sin mascarilla. Lo nuevo de esta medida es que el Gobierno anuncia que impondrá multas a las personas que no porten cubre bocas en los espacios públicos.

4. Estar juntas no más de 10 personas. Las autoridades mantienen la medida que limita las reuniones a grupo de 10 personas en espacios públicos, incluidos bares y restaurantes.

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Tribunal impone hasta 30 años de prisión a responsables de la muerte del niño Gioser Luis Feliz

El menor de nueve años murió durante un intento de asalto cuando viajaba con su familia tras llegar desde Estados Unidos.

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El Primer Tribunal Colegiado del distrito judicial de la provincia Santiago condenó este martes a seis hombres hallados culpables por el asesinato del niño Gioser Luis Feliz, de nueve años, ocurrido en abril de 2023 durante un intento de asalto a la salida del Aeropuerto Internacional del Cibao.

La pena más alta, de 30 años de reclusión mayor, fue impuesta a Luis Ángel Vargas Brito, tras ser declarado culpable de asociación de malhechores, asesinato, tentativa de robo agravado y tentativa de asesinato, en perjuicio del menor y de las demás víctimas.

Asimismo, el tribunal condenó a 20 años de prisión a Darlyn Javier Mercado Martínez, Tomás Peña, César Junior Ulloa Cuevas y Elián Martínez Sánchez, al encontrarlos culpables de asociación de malhechores, asesinato y tentativa de robo agravado

En tanto, José Manuel Almonte Santana fue sentenciado a 15 años de reclusión por su participación en los hechos.

Las condenas deberán cumplirse en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres en Santiago.

El tribunal estuvo presidido por el juez Juan Carlos Colón e integrado además por las magistradas Claribel Mateo y Gladys Núñez.

En el aspecto civil, los jueces condenaron solidariamente a los seis imputados al pago de una indemnización de 10 millones de pesos a favor de Anibelca de los Ángeles Camilo, madre del menor de edad.

Además, la sala acogió la constitución en actor civil presentada por Sergio Luis Feliz y María Elisa Bautista Rivas, padre y madrastra del niño fallecido, y dispuso el pago de una indemnización simbólica de un peso.

La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 25 de agosto de 2026, a las 2:00 de la tarde.

El caso

De acuerdo con el Ministerio Público, el menor fue asesinado durante un intento de asalto contra su padre, Sergio Luis Feliz.

La acusación establece que el niño murió a causa de un disparo en la cabeza la tarde del 19 de abril de 2023 mientras viajaba junto a su padre y la pareja de este por la Circunvalación Norte de Santiago, luego de salir del Aeropuerto Internacional del Cibao.

Según la investigación, los acusados interceptaron el vehículo con la intención de despojar al padre del menor de sus pertenencias, acción que culminó con la muerte del niño.

La familia había viajado a la República Dominicana para disfrutar de unos días de vacaciones cuando ocurrió el crimen.

El  hecho provocó consternación y un amplio rechazo en la sociedad dominicana.

Vía Diario Libre

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Panamá elimina el requisito de visa para los dominicanos

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En una decisión histórica que marca un antes y un después en la movilidad aérea de la región, los ciudadanos de la República Dominicana ya no necesitarán una visa estampada por un cónsul para ingresar a Panamá. El Gobierno del país istmeño derogó de manera oficial el decreto migratorio que imponía este requisito desde el año 2015.

Oficialización inmediata y fin a la restricción de 2015

La medida quedó formalizada este martes a través del Decreto Ejecutivo No. 12, de fecha 30 de junio de 2026, publicado en la Gaceta Oficial de Panamá. La pieza legal lleva la firma del presidente panameño, José Raúl Mulino, y del ministro de Seguridad Pública, Frank Alexis Abrego.

Con esta nueva disposición, queda completamente sin efecto el Decreto Ejecutivo No. 176 del 23 de noviembre de 2015, una normativa de hace 11 años que obligaba a los dominicanos a someterse a un riguroso y a veces burocrático proceso de visado consular antes de poder viajar a suelo panameño.

Las razones del cambio: Seguridad y diplomacia

De acuerdo con los considerandos detallados en el documento oficial, el Gobierno de Panamá tomó la determinación tras realizar un profundo análisis de las políticas de control migratorio actuales, concluyendo que las circunstancias del pasado han cambiado.

«No persisten razones de seguridad o técnicas que sustenten la conveniencia de mantener el requisito de visa estampada a los nacionales de la República Dominicana».

Asimismo, las autoridades panameñas destacaron el extraordinario momento que viven los lazos bilaterales entre ambos países, señalando que Panamá mantiene con la República Dominicana «excelentes relaciones diplomáticas y comerciales», un argumento de peso que sirvió de palanca definitiva para eliminar la barrera migratoria.

La eliminación de este visado promete dinamizar de inmediato el turismo, los viajes de negocios y el flujo de pasajeros en el «Hub de las Américas», facilitando las conexiones para miles de dominicanos que viajan frecuentemente a Centroamérica.

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