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Formulario de ingreso y salida del país solo será digital

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La Dirección General de Migración de República Dominicana emitió ayer un comunicado en el que informa a las líneas aé­reas locales e interna­cionales que operan en el país que el formulario de ingreso o salida que deben llenar los pasaje­ros, sean dominicanos o extranjeros, tiene que ser electrónicos a partir del 1 de febrero de este año.

Migración informa que que con ello extiende la fecha en la que sería obligatorio el uso del formulario exclusiva­mente digital del “E-Tic­ket Electrónico de en­trada y salida”.

El E-Ticket completa la información que requie­re Aduanas y el Ministe­rio de Salu Pública a los pasajeros que entran y salen de República Domi­nicana y, por tanto, hasta el 31 de enero 2021 se permi­tirán las dos formas de lle­nado de información, tan­to la física como la digital.

Obligatorios
No obstante, precisa que “a partir del 1 de febrero de 2021 será obligatorio y exclusivo el llenado digital de este formulario”.

Los pasajeros deberán llenar el E-Ticket antes de pasar por migración. De igual forma, indica que el formulario puede ser obtenido en la direc­ción de la web https://eticket.migracion.gob.do.

Los pasajeros también encuentran en esta pági­na todos los detalles para llenar el formulario en los idiomas inglés y español. La medida busca facilitar el acceso de los viajeros y contribuir con el distancia­miento físico.

 

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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos

La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso

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A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.

La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.

Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación

La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.

Impulsarán alternativas biodegradables

Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.

La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.

También modifica el financiamiento del sistema de residuos

La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.

Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.

Aportes según el nivel de ingresos

La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.

Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.

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