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Diputados aprueban préstamo por más de 44 millones de euros para aumentar línea 1 del Metro

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La Cámara de Diputados aprobó este martes un convenio de crédito por más de 44 millones de euros, monto que será destinado a aumentar la capacidad de transporte de la línea 1 del Metro de Santo Domingo.

La resolución aprobatoria del convenio de crédito fue firmado el 30 de diciembre de 2019 entre la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) y la República Dominicana, por un monto total máximo de EUR 44,976,162.62, unos 3,199,604,209 pesos dominicanos.

El crédito fue conocido por el Senado de la República el 18 de marzo de 2020 y aprobado el 1 de junio de ese mismo año. Este martes ha sido aceptado por la Cámara de Diputados.

La resolución aprobatoria contó con un informe positivo de la comisión permanente de Hacienda de la Cámara de Diputados, en el cual se detalla la “necesidad” de aumentar la capacidad del metro.

“Que el objetivo del Convenio es apoyar las estrategias de movilidad urbana sostenible del Gobierno y Responder a la urgente necesidad de aumentar la capacidad del metro para garantizar su sostenibilidad y satisfacer la creciente demanda de viajes, mejorando la calidad del servicio de la red de transporte público existente”, establece el informe.

Asimismo, indica que la realización de obras de infraestructuras en cinco estaciones elevadas de la línea 1, serán ampliadas para albergar trenes de “mayor longitud y con mayor capacidad”.

De igual manera, se incluye el acondicionamiento de trenes existentes de tres vagones, para que puedan operar con 6 vagones.

“El proyecto de ampliación tiene previsto abordar las siguientes estaciones: Juan Pablo Duarte, para mejorar la interconexión entre líneas 1 y 2; María Montez, para expandir el garaje y Mamá Tingó, Gregorio Luperón, Gregorio Urbano Gilert, José Francisco Peña Gómez y Hermanas Mirabal, para acoger trenes de 6 vagones”, establece el documento.

Características del préstamo
Según el informe, el préstamo devengará interés que será pagado semestralmente por la República Dominicana, con “tasa de interés basada en EURIBOR a 6 meses”, más un margen fijo de 1.03 por ciento anual.

Además, indica que será amortizado por el país mediante 40 cuotas semestrales consecutivas y exigibles, siendo la primera a pagar el 30 de marzo de 2025 y la última el 30 de septiembre de 2044, así como un período de gracia de 5 años.

Vía Listín Diario

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JCE aprueba el voto de presos preventivos en elecciones presidenciales del 2024

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La Junta Central Electoral (JCE) aprobó el Reglamento que establece que los privados de libertad en condiciones de internos preventivos (aquellos que aún no han sido condenados) podrán votar para las elecciones en el nivel presidencial del 19 de mayo de 2024.

El documento establece que la persona que se encuentra dentro de esta condición, deberá disponer de su Cédula de Identidad y Electoral, sin la cual no podrá ejercer el derecho al voto.

Para la implementación del presente reglamento, el órgano electoral dispuso que se utilicen como recintos de votación aquellos centros que pertenezcan al nuevo modelo penitenciario y las cárceles públicas de Nagua, Azua y Salcedo, donde se inició un plan piloto de captura de datos biométricos como parte de los trabajos de implementación de esta disposición.

Padrón penitenciario

El “Reglamento para la Implementación del Voto en Recintos Penitenciarios” establece que para realizar el registro de los electores, se conformará un “Padrón Electoral Penitenciario” que estará compuesto por todos aquellos privados de libertad en condiciones preventivas que posean su correspondiente Cédula de Identidad y Electoral, que hayan sido empadronados.

Para la elaboración del padrón penitenciario, las instituciones responsables del sistema carcelario, suministrarán a la JCE una lista oficial de los ciudadanos/as que cumplan con los requisitos para el ejercicio del sufragio, quien a su vez instruirá a sus a sus dependencias técnicas responsables de la organización de las elecciones para proceder a la depuración de dicha lista y posterior conformación de una “Lista preliminar de elecciones penitenciarias”.

En ese sentido, la JCE, con el apoyo de las instituciones responsables, iniciará el proceso de empadronamiento en los recintos penitenciarios con la finalidad de inscribir a las personas que ejercerán el sufragio y se habilitarán los espacios que sean indispensables para la correcta aplicación de esta disposición y, para ello, el órgano electoral debe disponer del personal y los equipos necesarios para la medida.

Los privados de libertad inscritos en el padrón penitenciario votarán en el colegio creado dentro del recinto en el cual fueron registrados para lo cual, las autoridades penitenciarias garantizarán el cumplimiento de esta disposición.

De los recintos y Colegios Electorales Penitenciarios

Constituirán los Colegios Electorales Penitenciarios aquellos que sean creados en los recintos carcelarios en los cuales estarán inscritos los ciudadanos y ciudadanas que fueron empadronados en los recintos penitenciarios seleccionados para el ejercicio del sufragio.

Los Colegios Electorales Penitenciarios se crearán con una cantidad de inscritos que establecerá la JCE conforme a lo que dispone la Ley Electoral 20-23, tomando en cuenta las características especiales de los preventivos y estarán identificados con una codificación especial que corresponderá a la demarcación electoral de la Junta Electoral del municipio donde se encuentre dicho centro.

Además, el reglamento indica que estos colegios estarán conformados por cinco funcionarios miembros, los cuales serán designados por la Junta Electoral que corresponda.

De la acreditación de delegados políticos en recintos y colegios electorales penitenciarios

En dicho Reglamento se resalta que los partidos políticos o alianzas que presenten candidaturas en el nivel presidencial en las elecciones ordinarias generales, tendrán derecho a la acreditación de delegados políticos.

En ese orden, el órgano electoral dictará cuantas medidas sean necesarias para garantizar el debido ejercicio de la representación a la que tienen derecho las organizaciones políticas en los recintos y Colegios Electorales Penitenciarios en coordinación con las autoridades del sistema carcelario.

De igual manera, se instauró que el día de la jornada electoral solo tendrán acceso a los Colegios Penitenciarios los delegados de las organizaciones políticas o alianzas que previamente hayan sido acreditados por la JCE ante las autoridades penitenciarias.

Apertura y cierre de la jornada de votación

El artículo 18 del reglamento, instituye que las votaciones en los colegios electorales dispondrán de un horario especial que inicia a las 2:00 de la tarde con la instalación del colegio y la presencia de los miembros y delegados políticos acreditados, mientras que el cierre será a las 5:00 de la tarde, procediendo de inmediato al proceso de escrutinio de los votos.

Convenio

El órgano electoral y del registro civil y la Procuraduría General de la República (PGR) firmaron un acuerdo interinstitucional de cooperación e iniciaron un plan piloto en la provincia Hermanas Mirabal que buscaba establecer el voto a los privados de libertad.

Dentro de las disposiciones generales del Reglamento para la Implementación del Voto en Recintos Penitenciarios”, se dispondrán las medidas necesarias para garantizar el sufragio penitenciario a todo aquel preventivo que padezca alguna condición de discapacidad y a los adultos mayores.

La JCE diseñará una campaña de divulgación dirigida a promover esta iniciativa y en conjunto con las autoridades carcelarias, tomarán las medidas que se consideren de lugar para garantizar el cumplimiento del Reglamento.

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Envían a cárcel de Najayo a empresario Raúl Rizik Yeb, acusado de violencia de género

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El juez Rigoberto Sena, del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, dictó tres meses de prisión preventiva en contra del empresario Raúl Rizik Yeb.

Además, el magistrado dispuso que el imputado cumpla la medida en la cárcel de Najayo.

Los abogados de Yeb calificaron la decisión de injusta y adelantaron que la recurrirán en apelación en busca de obtener la libertad del acusado. A la salida del tribunal el imputado se rehusó a responder a la acusación formulada en su contra, momento en que era trasladado a la cárcel del Palacio de Justicia.

Fuente: Listin Diario

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