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Queda prohibido bailar en los colmadones con o sin mascarillas
El ministro de Salud Pública, Plutarco Arias, señaló ayer que los denominados “Colmadones” no deben de exceder el 60 por ciento de la capacidad de visitantes y sobre todo prohibió los bailes en dichos centros de diversión.
“Los colmadones por supuesto tendrán que tener una limitación en el número de personas que no cubra más del 60 por ciento y la otra parte muy importante es que no se puede bailar a pesar de la música”, indicó en la rueda de prensa donde se dieron a conocer las nuevas medidas para frenar la propagación del virus.
Asimismo, aseguró que los colmadones que permitan bailes y se visualice que los visitantes no porten mascarillas (como en otras ocasiones) tendrán “su consecuencia”.
Plutarco Arias expresó que el ministerio tendrá inspectores en todas las áreas de colmadones, restaurantes y bares para verificar que se estén cumpliendo las medidas de distanciamiento social y el uso de mascarilla.
“Vamos a tratar de que nuestros inspectores estén pasando constantemente y estén pendiente a la medidas de prevención”, dijo.
Igualmente explicó que si los ciudadanos y establecimientos no responden a las medidas se verán obligados a llamar a la Policía Nacional para actuar de manera drástica.
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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos
La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso
A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.
La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación
La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.
Impulsarán alternativas biodegradables
Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.
La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.
También modifica el financiamiento del sistema de residuos
La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.
Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.
Aportes según el nivel de ingresos
La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.
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