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El Viernes Santo se permitirá venta de bebidas alcohólicas para llevar
El Ministerio de Interior y Policía (MIP) informó que a partir de este Viernes Santo y hasta el Domingo de Resurrección solo se permitirá a los comercios vender bebidas alcohólicas para llevar, tal como lo dispone el decreto 171-21 del presidente Luis Abinader.
La información fue dada a conocer por el director del Programa de Control de Bebidas Alcohólicas (COBA), José Payano, quien explicó que durante esos tres días se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en lugares y establecimientos públicos y privados de uso público, como parques, playas, restaurantes, colmados y bares.
De igual forma, se prohíbe la venta de tales productos con el propósito de ser consumidos en dichos espacios.
“Cualquier establecimiento podrá vender bebidas alcohólicas durante estos días, siempre que las mismas sean para llevar o para ser entregadas a domicilio”, precisó el funcionario.
Indicó que para garantizar el cumplimiento del decreto, desde el pasado viernes están visitando los establecimientos comerciales que están alrededor de las playas para orientarlos sobre la importancia del cumplimiento de los protocolos. Como parte de ese trabajo visitó ayer Las Terrenas, Nagua y Samaná, para un contacto más directo con la gente de estos lugares y los visitantes.
Explicó que habrá una fase de seguimiento al cumplimiento del decreto, la cual inicia desde este jueves, donde las unidades del COBA conformadas por más de 300 hombres y mujeres estarán visitando las diferentes playas y balnearios para garantizar que se acaten las medidas.
“Los establecimientos que incumplan las medidas serán sancionados con varios días de clausura total. Además, la violación también puede implicar sanciones financieras que van de uno a diez salarios mínimos”, resaltó Payano.
La medida busca prevenir la ocurrencia de hechos lamentables durante el asueto de la Semana Mayor y evitar la propagación del COVID-19.
Por otra parte, recordó a la ciudadanía que se encuentra alrededor de las playas que los días viernes, sábado y domingo de Semana Santa el horario del toque de queda es de 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., con una gracia de libre circulación de tres horas adicionales para trasladarse a las respectivas residencias.
FUENTE: Diario Libre
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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos
La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso
A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.
La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación
La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.
Impulsarán alternativas biodegradables
Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.
La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.
También modifica el financiamiento del sistema de residuos
La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.
Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.
Aportes según el nivel de ingresos
La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.
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