Panorama
Las cifras del COE: 25 fallecidos en Semana Santa
El Centro de Operaciones de Emergencias (COE) dio a conocer este lunes su boletín número cuatro y final en el que informa un fallecido en las últimas 24 horas, para alcanzar un total de 25 muertes durante el asueto de Semana Santa 2021.
Esta cifra es inferior con ocho (8) muertes, es decir, una reducción de 24.3 %, comparado con el total de 33 fallecidos durante el asueto de 2019, en que no hubo pandemia ni tantas restricciones como en la actualidad para evitar la propagación del COVID-19.
Del total de fallecidos, según el boletín de este año, 10 fueron por motocicletas, cuatro por atropellamiento, seis por vehículos livianos y cinco por asfixia por inmersión.
Se reportaron 163 accidentes de tránsito, resultando 236 personas afectadas. De los accidentes registrados, 133 involucraron motocicletas, 19 vehículos livianos, siete atropellamientos y cuatro vehículos pesados, y ocurrieron en autopistas, carreteras y autovías.
De la totalidad de 20 fallecidos por accidentes de tránsito, las motocicletas representaron el 50 %, vehículo liviano el 30 % y atropellamiento el 20 %.
El referido boletín indica que se atendieron 507 personas intoxicadas por alcohol, de las cuales 38 resultaron ser menores de edades comprendidas entre los 10 y 17 años.
Además, se atendieron 241 personas por intoxicación alimentaria, según el Servicio Nacional de Salud (SNS).
En el operativo del año 2019 hubo un registro de intoxicaciones alcohólicas de 760 y este año se registraron 507, para una reducción de un 33.2 %, lo que refleja las prohibiciones hechas por las autoridades de este tipo de bebidas.
El Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) notificó que 20 personas fallecieron por accidentes de tránsito y cinco por asfixia por inmersión.
En el operativo de 2019 hubo un registro de accidente de tránsito de 181 y este año 163, para una baja de un 10 %. De los 163 accidentes de tránsito, el 82 % de los casos involucraron motocicletas.
Más casos por provincias
Según el boletín del COE, este año las provincias que más casos registraron fueron Santo Domingo con 34.5 %, Puerto Plata con 7.3 %, Santiago con 6.78 % y Barahona con 6.3 %.
La mayoría de los eventos registrados ocurrieron entre las 11 de la mañana y las 7 de la noche.
De la totalidad de fallecidos dentro del operativo, el 62.5 % ocurrió entre las dos de la tarde y 10:00 de la noche.
Más de tres millones de personas
En su boletín número cuatro y final de este año, el COE detalla que aproximadamente más de tres millones de personas se movilizaron durante el asueto de Semana Santa 2021 por la diferentes autopistas y carreteras del país.
Indica que 35 personas fueron rescatadas en altamar y balnearios, y se realizaron 14,806 asistencia al público.
Resalta que se entregaron a grupos comunitarios unos 25,000 kits de higiene personal, para prevenir el COVID-19.
FUENTE: Diario Libre
Panorama
Intrant reforzará controles y sancionará por uso indebido de patinetas y bicicletas eléctricas
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que reforzará los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en los espacios públicos, con el objetivo de proteger al peatón y garantizar la seguridad vial.
Mediante una nota de prensa, la institución recordó que «las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora».
Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una violación directa a la regulación, conforme a la normativa vigente.
Bicicletas y motocicletas eléctricas
El Intrant indicó que la normativa establece que las bicicletas eléctricas de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 km/h.
En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador —aunque posean pedales— son consideradas vehículos de motor y deben cumplir con los requisitos legales vigentes, incluyendo placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y uso obligatorio de casco.
Asimismo, la entidad precisó que la circulación sin estos requisitos autoriza a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, insistió en la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas: «las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran dispositivos de movilidad personal, sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector», señala el comunicado.
La entidad explicó que estas medidas responden al aumento del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas, lo que hace necesario fortalecer el orden, especialmente en zonas de alta circulación peatonal.
El Intrant informó que notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos ordinarios de importación y matriculación antes de circular.
También comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.
Sanciones
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).
Panorama
INTRANT: Multa de RD$10,000 a vehículos pesados y carga que circulen por el carril izquierdo
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió una resolución que prohíbe la circulación de vehículos pesados y de transporte de cargas en el carril izquierdo en las autopistas y carreteras del territorio nacional.
El pasado 16 de julio de 2020, el expresidente Danilo Medina, emitió el decreto 258-20 que especifica los lineamientos que contiene la resolución 003-2026 emitida por el Intrant el 6 de febrero.
Aunque contiene lo pautado en el decreto, la resolución establece algunos puntos nuevos como que los conductores que no cumplan con lo establecido, aclarando que el monto del pago del salario mínimo será de RD$10,000.00.
Además, la en la Resolución, el Intrant indica que solo se usará el izquierdo para rebasar, pero aclara que no se podrá hacer esta maniobra “si es necesario cruzar a la mitad izquierda de la calzada de la vía pública en pendientes o curvas si se careciera de visibilidad por una extensión razonable, que circule otro vehículo en dirección contraria o esté obstaculizada en cualquier forma la mitad izquierda de la calzada o estén marcadas zonas de no pasar, o cuando las circunstancias del tránsito o las señales expresadas indiquen que el vehículo alcanzado a su vez habrá de cruzar a la mitad izquierda del camino”.
Sumado a esto, no se podrá rebasar al vehículo alcanzado a menos que la mitad izquierda de la calzada esté claramente visible y se disponga de un espacio libre hacia delante que permita al vehículo volver a ocupar sin peligro de colisión la mitad derecha de la misma.
En el decreto se indicaba que será “obligación de todo vehículo pesado” transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se conduzca en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camión privado en autopista y carretera.
Además, el Intrant señala lo que contiene el punto 8 del artículo 54 del referido decreto que especifica que los vehículos pesados y vehículos de transporte de cargas que transporten carga suelta en las vías públicas tendrán la carga debidamente asegurada у cubierta con una lona, toldo encerado o lienzo, que la cubra totalmente de manera que esta no se derrame o disemine, causando peligro para los demás usuarios de la vía, a la atmósfera y a la salud de la población.
El cumplimiento de estas disposiciones está a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del Intrant, conjuntamente con el apoyo, asistencia técnica y operativa de la Comisión Militar y Policial (Comipol), serán las entidades responsables de la supervisión, fiscalización y ejecución de la presente resolución, de manera que queden instaurados los controles necesarios para su cumplimiento.
-
Radio datos2 días‘Sin Filtro Radio Show’ regresa al aire con viejos y nuevos integrantes ¿pero y Caro Brito?
-
Espectáculos2 díasEl guiño de Bad Bunny a República Dominicana en el Super Bowl
-
Noticias2 díasUna joven muere al caer desde el cuarto piso de Ágora Mall
-
Gente & Sociedad2 díasDominicano Raúl López vistió a Lady Gaga para su actuación en el Super Bowl
-
Panorama2 díasEl Ministerio de Interior y Policía ahora quiere regular las patinetas eléctricas
-
Noticias3 díasSolicitan coerción contra administradores de Barra Payán por presunto fraude de RD$39.7 millones
-
Panorama2 díasFaride desautoriza ultimátum de Antigua Orden a haitianos por muerte de adolescente dominicano en Los Minas
-
Espectáculos3 díasLas sorpresas en el descanso de Bad Bunny















