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Pasajeros deberán estar vacunados para abordar autobuses de Conatra desde 10 de junio
Los choferes de autobuses de la Confederación Nacional del Transporte (Conatra) y el personal de la entidad que tiene contacto con la ciudadanía que no se vacunen antes del día 10 de junio, serán suspendidos hasta que presenten la certificación de inoculación contra el Covid-19, según informó su presidente Antonio Marte.
El también senador de la provincia Santiago Rodríguez indicó que la disposición fue tomada para evitar los contagios de coronavirus en la operación de las rutas.
“Voy a cooperar con la preocupación del país, porque esto no puede seguir así”, expresó Marte.
Señaló que los pasajeros deberán presentar su tarjeta de vacunación que indique que están inoculados para poder entrar a los autobuses, de lo contrario no podrán viajar hacia las diferentes provincias.
También pasajeros
“Nosotros a partir del día 10 vamos a pedir a los pasajeros que deben mostrar su tarjeta para abordar los autobuses y los choferes tampoco podrán conducirlos”, expresó el senador.
Advirtió que las personas que no estén vacunadas serán despachadas hacia sus casas sin disfrute de salario y cuando ya tengan sus dosis de inmunización podrán volver a sus labores.
“Se despacharan sin disfrute de salario, cuando se vacunen vuelven, porque hay muchos que dicen que no se van a vacunar, entonces los despachamos”, manifestó Marte.
“Que sea violatorio, pero que hagan lo que les dé la gana, porque esto no puede seguir así, yo voy a cooperar con la preocupación del país”, expresó el dirigente de Conatra.
No obstante, agregó que actualmente solo resta un 20% del personal del gremio por vacunarse.
La Confederación Nacional del Transporte (Conatra) cuenta con 153,000 empleados, de los cuales solo resta por inocularse el 20 por ciento.
FUENTE: Listín Diario
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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos
La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso
A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.
La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación
La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.
Impulsarán alternativas biodegradables
Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.
La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.
También modifica el financiamiento del sistema de residuos
La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.
Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.
Aportes según el nivel de ingresos
La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.
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