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Extienden toque de queda hasta el 23 de junio y flexibilizan horario sábado y domingo
El Poder Ejecutivo dispuso aumentar los sábados y domingos de 3:00 a 6:00 de la tarde el horario de toque de queda para 24 provincias y el Distrito Nacional.
El decreto 378-21 establece que desde este miércoles 16 y hasta el miércoles 23 de junio, ambos inclusive, el toque de queda será todos los días, desde las 6:00 de la tarde hasta las 5:00 de la madrugada.
La medida incluye una gracia de libre circulación hasta las 9:00 de la noche, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.
Además del Distrito Nacional, las provincias que incluye la orden presidencial son, Azua, Bahoruco, Barahona, Dajabón, Elías Piña, El Seibo, Hato Mayor, Hermanas Mirabal, Independencia.
También, La Romana, María Trinidad Sánchez, Monseñor Nouel, Monte Cristi, Monte Plata, Pedernales, Peravia, San Cristóbal, San José de Ocoa, San Juan, San Pedro de Macorís, Sánchez Ramírez, Santiago Rodríguez, Santo Domingo y Valverde.
Restricción de bebidas
Las demás medidas dispuestas en los artículos del 7 al 20 del decreto 349-21, del 30 de mayo de 2021, quedan extendidas hasta el miércoles 23 de junio de 2021, inclusive, momento en el cual las autoridades correspondientes revisarán tales medidas, así como las dispuestas en el presente decreto.
En tal sentido, hasta dicha fecha se mantiene la prohibición de consumir bebidas alcohólicas a partir de las 3:00 de la tarde en establecimientos públicos y privados de uso público, así como la venta de estos productos si es para consumo en dichos lugares.
En cambio, se pueden vender bebidas alcohólicas hasta el horario normal del toque de queda, dependiendo de la demarcación de que se trate, siempre que se venda para llevar (take-out) o a domicilio (delivery) en su envase original sellado.
No varía horario en 7 provincias
En tanto, las siete provincias restantes, es decir, Duarte, Espaillat, La Altagracia, La Vega, Samaná, Santiago y Puerto Plata, el horario del toque de queda se mantiene hasta el miércoles 23 de junio del año en curso tal como estaba.
Esto es, de lunes a viernes desde las 10:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada y los sábados y domingos desde las 9:00 de la noche hasta las 5:00 de la madrugada.
Mantiene igual una gracia de libre circulación hasta las 12 de la medianoche todos los días, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.
FUENTE: Diario Libre
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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos
La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso
A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.
La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación
La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.
Impulsarán alternativas biodegradables
Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.
La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.
También modifica el financiamiento del sistema de residuos
La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.
Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.
Aportes según el nivel de ingresos
La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.
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