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Exprocurador Jean Alain Rodríguez fue impedido de salir del país
El exprocurador de la República, Jean Alain Rodríguez, fue impedido salir del país en vuelo comercial, sin que se conozca hasta el momento que un juez haya decidido una acción coercitiva de esta naturaleza.
Se iba por el Aeropuerto Internacional de las Américas (AILA) en un vuelo NK-378 de la aerolínea Spirit, el cual se canceló. Su destino era Florida, Estados Unidos.
El hecho ocurrió alrededor de las 3:00 de la tarde.
Luego de esto, Rodríguez compró otro ticket para irse por otra aerolínea, pero no lo pudo hacer. Las autoridades se presentaron al lugar y el departamento de Migración anuló su sello de salida
De acuerdo al sitio RC Noticias, Jean Alain había pasado los rigores migratorios en el Aeropuerto Internacional de Las Américas (AILA) y abordado un avión que le llevaría a Estados Unidos.
La aeronave, al parecer, tuvo “desperfectos técnicos”, no se movió de la pista y le pidieron a los pasajeros devolverse a la terminal, incluyendo al exprocurador que regresó a la sala VIP donde un oficial de migración, supuestamente, le dijo que no podía viajar, “que lo habían llamado del Palacio”.
Otra versión dice que el Ministerio Publico notificó a migración que el exfuncionario público estaba siendo investigado y que cualquier movimiento tendente a salir del país tenía que ser reportado al órgano persecutor de la corrupción, La Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA).
Hasta el momento no se conoce un proceso judicial abierto donde se acuse al exprocurador Jean Alain Rodríguez de cualquier delito en el que haya incurrido y por ende no existe una decisión judicial que le impida moverse libremente dentro y fuera del país.
El artículo 40 de la Constitución sobre el derecho a la libertad y seguridad personal plantea que “Nadie podrá reducido a prisión ni cohibido de su libertad sin orden motivada y escrita de juez competente, salvo el caso de flagrante delito”.
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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos
La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso
A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.
La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación
La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.
Impulsarán alternativas biodegradables
Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.
La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.
También modifica el financiamiento del sistema de residuos
La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.
Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.
Aportes según el nivel de ingresos
La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.
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