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Poder Ejecutivo promulga nueva Ley de Aduanas

El presidente, Luis Abinader, dio a conocer la nueva Ley de Aduanas, con el objetivo de eficientizar, modernizar y adaptar la anterior a las normas y estándares internacionales, conformes a la realidad de la legislación nacional.
La nueva ley adapta la legislación aduanera con los acuerdos internacionales comerciales y aduanales suscritos por el país en los últimos 30 años y reduce la discrecionalidad del director de la DGA
Se recuerda que la pieza fue sometida por el legislador oficialista, Alexis Victoria Yeb, vía el Senado de la República y posteriormente fue convertida en ley por la Cámara de Diputados.
La Ley de Aduanas, está compuesta por 420 artículos destinados a regular el régimen aduanero dominicano, estableciendo las distintas directrices sobre las cuales se sustentará la institución. El nuevo texto legal tiene como objetivo modernizar y hacer más segura la DGA, así como tener una norma más exclusiva, aumentar la seguridad y el control de mercancía.
El director de la Dirección General de Aduanas, Sanz Lovatón expresó que este es uno de los grandes logros que pretende alcanzar en su gestión al frente de la institución, y que esta nueva ley representa un avance hacia convertir a República Dominicana en el Hub logístico de la región.
“La promulgación de esta nueva ley es otra meta alcanzada, impulsada por la actual gestión, que desde el primer día ha generado la confianza que se necesitaba para trabajar unidos en favor del avance y desarrollo de nuestro país. Agradecemos a la Cámara de Diputados, al Senado y al presidente, Luis Abinader, por hacer de esta nueva ley una realidad.”, resaltó Sanz Lovatón.
De su lado, el presidente de la República, Luis Abinader, valoró esta nueva iniciativa legislativa que servirá para implementar más controles, y colocar al país a la altura de otras naciones en materia de comercio internacional. Dijo a su vez, que con esta revolucionaria reforma se pretende alcanzar un mayor grado de simplificación y armonización en los regímenes y procedimientos aduaneros, eliminando así, engorrosos trámites burocráticos que afectan la integridad y la operatividad aduanera.
“Esta ley da mayor seguridad jurídica a los actores del comercio, ya que elimina discrecionalidades, y la misma, está estructurada sobre la base de una secuencia lógica, excluyendo la dispersión hasta hoy existente, se legisló con rigor técnico sobre el nacimiento de la obligación tributaria aduanera y sus regímenes, haciéndola compatible con los lineamientos de política comercial de la Organización Mundial del Comercio (OMC), entre otros aspectos no menos relevantes”, expresó el Mandatario.
Abinader agradeció a todos aquellos que se involucraron y aportaron durante años para lograr que la Ley de Aduanas sea hoy una realidad. Destacó que este ejercicio es una muestra más del compromiso que tiene su gestión con la institucionalidad, la modernización del Estado dominicano, y el desarrollo económico de la nación.
Novedades
La nueva Ley de Aduanas castiga el delito de lavado en el comercio de mercancías, crea la Procuraduría Especializada para investigación de los crímenes y delitos aduaneros. También procura que la DGA participe más en los procesos de la integración económica internacional, acogiéndose a las nuevas normas del comercio exterior.
Agrega nuevas definiciones relativas a los acuerdos multilaterales medioambientales, Aduanas Verdes, Tipos de Aforo, Documental, Físico, Cadena de Frío, Transporte Internacional, Regímenes Aduaneros Económicos, Términos de Comercio Internacional de Conformidad a los “incoterms” o reglas de la ICC para el uso de términos comerciales internacionales; Incorpora el uso de la firma electrónica o digital; Agrega el pago a través de entidades bancarias.
También incorpora la transmisión de la documentación previo a la llegada de los medios de transporte, acepta la Carta de Porte Marítimo o “Sea waybill” como un documento de embarque físico o electrónico.
En cuanto a las atribuciones se agregan medidas sobre lavado de activos, vía comercio de bienes, siguiendo recomendaciones del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT); La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) OMA, entre otros.

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PRM condena campaña de descrédito contra Faride Raful y Milagros Germán

La Dirección Ejecutiva del Partido Revolucionario Moderno (PRM) emitió este lunes 20 de mayo un comunicado enérgico para rechazar públicamente lo que califica como una campaña de descrédito personal en contra de la senadora y miembro de su Dirección Ejecutiva, Faro de Raful.
En el texto, el PRM señala que estas acciones tienen un carácter “avieso, desproporcionado y atroz”, dirigidas a intimidar y manchar la reputación de figuras públicas. En respuesta, el partido reitera su compromiso con los principios de dignidad, respeto e integridad hacia todas las personas que ejercen funciones públicas, sin importar su género.
El comunicado también extiende su respaldo a la comunicadora y exministra de Cultura, Milagros Germán, quien ha sido igualmente blanco de ataques. Según el PRM, estas campañas disfrazadas de opinión pública y amplificadas por medios manipuladores atentan contra los valores fundamentales de la democracia y del respeto ciudadano.
“Estas acciones laceran lo más profundo de nuestra sociedad”, señala el documento, haciendo un llamado urgente a la ciudadanía para reflexionar y rechazar los discursos de odio que buscan debilitar la libertad de expresión y el derecho al honor de quienes sirven en la vida pública.
En este contexto, el PRM ratifica su respaldo absoluto a Faride Raful, destacando su trabajo, integridad y derechos como mujer, ciudadana y representante política. Este apoyo no solo responde a la figura individual de Raful, sino que también busca establecer una postura clara del partido frente a prácticas que considera dañinas para la salud democrática del país.
La Dirección Ejecutiva concluye su declaración reiterando la importancia de preservar un clima de respeto y civismo, en el que la crítica política no se convierta en un vehículo de violencia personal ni de desinformación, sino en un ejercicio constructivo y transparente.
Este comunicado marca una posición firme del oficialismo frente a los discursos difamatorios, en un momento en que el debate político y mediático parece cruzar líneas éticas cada vez con mayor frecuencia.
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DGII aclara que retención del 2% del ITBIS aplica desde 2004 y no constituye un nuevo impuesto

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó que la retención del 2% del ITBIS que aplican las compañías de adquirencia en las transacciones realizadas con tarjetas de crédito y débito no es una disposición nueva, sino una práctica vigente desde el año 2004, en virtud de un acuerdo celebrado con la Organización Nacional de Empresas Comerciales, Inc. (ONEC).
La institución recordó que esta medida se fundamenta en la Norma General núm. 8-04, emitida el 3 de noviembre de 2004, que inicialmente estableció una retención del 30% del ITBIS.
Sin embargo, dicho porcentaje fue modificado tras el Acuerdo de Apoyo firmado el 13 de diciembre de 2004, que redujo la retención al 2% para los comercios miembros de la ONEC, porcentaje que ha continuado aplicándose en la práctica desde entonces.
Para formalizar esta aplicación, la DGII emitió la Norma General 06-2023, la cual incorpora el porcentaje del 2% en el marco normativo vigente, e incluye como agentes de retención no solo a las compañías de adquirencia, sino también a los agregadores de pago y a las entidades de pago electrónico, conforme a la Resolución de la Junta Monetaria del 29 de enero de 2021.
La DGII aclaró que esta retención no representa un nuevo impuesto, sino un pago anticipado del ITBIS, que puede ser acreditado por los contribuyentes en su declaración mensual a través del formulario IT-1.
Verificación y corrección de irregularidades
En procesos recientes de verificación, la DGII detectó que más de 30 mil comercios estaban indebidamente exceptuados de la retención del 2%, debido a una clasificación errónea por parte de las empresas de adquirencia.
La mayoría de estos casos (75%) se concentraron en una sola entidad adquirente, la cual, junto con otras, utilizó criterios desactualizados o no alineados con la normativa vigente.
Como respuesta, la DGII ha otorgado un plazo de 90 días, contados a partir del 8 de abril de 2025, para que las entidades adquirentes corrijan esta situación y ajusten sus procesos de retención conforme a la Norma General 06-2023.
Exenciones
Asimismo, la normativa establece que están exceptuados de esta retención aquellos comercios cuya actividad principal esté exenta del ITBIS, siempre que estén debidamente registrados en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) y con estatus activo.
La DGII exhortó a los comercios que consideren estar exentos de esta retención a solicitar una certificación de exención ante su Administración Local correspondiente y presentarla a su empresa de adquirencia, a fin de que esta no aplique la retención.
Con esta aclaración, la DGII busca fortalecer la transparencia y el cumplimiento tributario en las transacciones electrónicas, garantizando la correcta aplicación de las normativas fiscales vigentes.
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