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Un proyecto en el Senado busca prohibir consumo de alcohol en la vía pública

También se quiere prohibir el consumo el traslado de alcohol en vehículos y motocicletas.

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El Senado de la República aprobó este martes en primera lectura un proyecto de ley para regular la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional.

Entre las disposiciones de la pieza legislativa, se encuentra la prohibición del consumo de alcohol en la vía pública, en vehículos y motocicletas, así como la imposición de nuevas normas para los lugares de dispendio de bebidas.

Indica el periodista  Paul Mathiasen del Listin Diario que en detalle, el proyecto de ley establece en su artículo 52 la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.

“Se prohíbe consumir bebidas alcohólicas obstruyendo la vía pública, aceras, calles, avenidas o parques, perturbando la tranquilidad de las instituciones determinadas por esta ley como sensibles”, marca su artículo 52

Párrafo siguiente, indica que las personas que incurran en esta violación serán sancionadas con una multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público.

Vehículos
La misma normativa prohíbe también el consumo y el traslado de bebidas alcohólicas en vehículos y motocicletas.

Específicamente, el artículo 48 prohíbe trasladar a los conductores de vehículos bebidas alcohólicas dentro del área de pasajeros “sin el cierre de fábrica”.

Mientras que en el párrafo siguiente, establece que en caso de que las bebidas alcohólicas estén abiertas, “deberán trasladarse en el baúl o en la parte trasera del vehículo de motor”.

En lo que respecta a motocicletas, prohíbe trasladar bebidas alcohólicas en las manos, tanto abiertas como con su sello de fábrica.

En ambos casos, las personas podrán ser multadas con montos de un a 10 salarios mínimos.

Venta de bebidas
La iniciativa legislativa, también establece que todos los centros de expendio de bebidas alcohólicas deberán solicitar una licencia para poder proceder con las ventas.

La licencia será otorgada por la Dirección General de Control de Bebidas Alcohólicas (Digecoba) que será un nuevo órgano especializado y dependiente del Ministerio de Interior y Policía.

Por otro lado, los nuevos lugares de expendio deberán estar en ubicaciones que no obstruyan la vía pública y alejado de ciertos establecimientos.

Específicamente, los nuevos lugares de expendio de bebidas, tras la hipotética promulgación de la ley, deberán estar instalados a menos de 100 metros de “instituciones sensibles” como escuelas, hospitales, instancias infantiles, universidades, iglesias, parques, entre otros.

En lo que respecta a los horarios, los centros de expendio sólo podrán vender bebidas alcohólicas de 6:00 de la mañana a 12:00 de la noche de domingo a jueves, mientras que los viernes y sábados sería de 6:00 de la mañana a 2:00 de la madrugada.

Los únicos que nunca cumplirían estos horarios serían los establecimientos hoteleros, los cuales podrán servir bebidas alcohólicas “sin restricción de horario”, dada su tipo de actividad económica.

Dependiendo la violación a la cual incurra los centro de expendio de bebidas alcohólicas, la Digecoba tendrá la facultad de sancionar desde una advertencia, hasta el cierre de un local.

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DIGESETT investiga a agente por presunta negativa de encender cámara corporal

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La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) informó este jueves que investiga a uno de sus agentes, luego de que presuntamente se negara a encender la cámara corporal durante una intervención.

El caso surgió tras la difusión de un video en redes sociales en el que se observa el momento de tensión ante la solicitud de documentos del agente a un conductor y la persistencia del ciudadano en que el agente encendiera el dispositivo, petición a la que el agente no accedió.

La institución informó que el agente fue citado y se encuentra bajo investigación de los organismos de control correspondientes, conforme a los procedimientos establecidos.

Las cámaras corporales son utilizadas como herramientas para documentar las actuaciones de los agentes y facilitar la revisión de situaciones que puedan generar controversias durante las intervenciones.

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Imponen dos meses de prisión preventiva a «Nino Dólar»

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La Cuarta Sala del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Nacional impuso dos meses de prisión preventiva en contra de Carlos José Troche Rodríguez, conocido como «Nino Dólar», acusado de provocar la muerte de dos personas y ocasionar lesiones a una tercera en un accidente de tránsito registrado el pasado 15 de agosto en la avenida Abraham Lincoln.

El tribunal dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en la cárcel de Cotuí, tras acoger la solicitud presentada por los fiscales del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios).

A Troche Rodríguez se le acusa de violar el artículo 112, párrafo I, de la Ley 74-25, que modifica el Código Penal dominicano y tipifica el homicidio agravado, referente a los atentados culposos contra la vida.

El imputado enfrenta cargos por la muerte de Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y de su hija, Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, así como por las lesiones sufridas por Arianna Michelle Ciprián.

La solicitud de medida de coerción había sido presentada inicialmente ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional; sin embargo, el juez Rigoberto Sena declinó el proceso a favor del tribunal de tránsito, por tratarse de un hecho vinculado a un accidente vial.

De acuerdo con la acusación, el imputado violó la luz roja de un semáforo mientras conducía una yipeta, impactando contra una motocicleta en la que se desplazaban las víctimas.

La investigación establece, además, que, tras producirse la colisión, el conductor no se detuvo y continuó la marcha del vehículo, arrastrando a las víctimas por la vía y pasándoles por encima al emprender la huida del lugar.

El caso permanece bajo investigación por parte del director técnico de la Fiscalía del Distrito Nacional, Kelvyn Colón, y los fiscales Vladimir Viloria, encargado del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios); y Yesenis Hernández Cabreja.

FUENTE: Listín Diario

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