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Empleados públicos no vacunados deberán presentar PCR negativa todos los lunes
El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió la circular No. 0030158 que establece el protocolo de prevención del COVID-19 en las oficinas públicas, luego de la resolución del Ministerio de Salud Pública que ratifica como epidémica a la República Dominicana y ordena la ejecución de una serie de medidas, siendo la más controversial la exigencia de la tarjeta de vacunación para poder ingresar a espacios públicos y privados.
Por consecuencia, los empleados públicos deberán presentar su tarjeta de vacunación acompañada de su documento de identidad para poder ocupar sus puestos de trabajo.
En caso de que el servidor no haya completado el esquema de inoculación de dos dosis, el MAP indica que deberá presentar todos los lunes una prueba PCR negativa ante el departamento de Recursos Humanos de la institución correspondiente antes iniciar la jornada laboral.
Esta prueba debe ser realizada el sábado o domingo anterior por el Ministerio de Salud Pública o un laboratorio autorizado.
También los visitantes
La exigencia es la misma para las personas que visitan las instituciones gubernamentales. Deben presentar su récord de vacunación contra COVID-19 o, de lo contrario, mostrar una PCR negativa realizada en un período no mayor de siete días.
Esta disposición dejará de ser aplicable 14 días después de que el servidor o visitante reciba su segunda dosis de la vacuna contra el COVID-19, conforme a los dispuesto por el artículo 3 de la resolución 000048 de Salud Pública.
Otras medidas
“En caso de que, por razones médicas, un servidor público no pueda recibir la vacuna contra el COVID-19, a los fines de acudir a sus lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo, y para hacer uso de medios de transporte institucionales, deberá presentar ante el Departamento de Recursos Humanos de su institución, un permiso especial expedido por el Ministerio de Salud Pública”, indica la circular.
Además, será limitado el servicio de transporte institucional para los vacunados o aquellos que cuenten con el aval de Salud Pública.
Otras medidas que se ratifican son el uso de mascarillas, el lavado frecuente de manos y el respeto del distanciamiento físico.
También, en los espacios de recepción de visitantes y atención al público, las instituciones públicas sólo podrán recibir personas hasta el 75 % de su capacidad total de aforo.
El MAP precisó que cada institución será responsable de establecer los protocolos internos para dar cumplimiento a los puntos de la circular.
Además, solicitó a los departamentos de Recursos Humanos de todas las instituciones bajo dependencia del Poder Ejecutivo la remisión actualizada al martes 19 octubre de la cantidad de colaboradores que tienen pendiente de recibir la primera, la segunda y tercera dosis de refuerzo de la vacuna contra la COVID-19.
La exigencia de tarjeta de vacunación para ingresar a establecimientos y abordar medios de transporte empieza este lunes 18 de octubre.
FUENTE: Diario Libre
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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos
La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso
A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.
La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.
Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación
La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.
Impulsarán alternativas biodegradables
Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.
La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.
También modifica el financiamiento del sistema de residuos
La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.
Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.
Aportes según el nivel de ingresos
La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.
Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.
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