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Tribunal no admite acción de amparo contra resolución de Salud Pública que exige tarjeta de vacunación

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La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) declaró inadmisible una acción de amparo interpuesta contra la resolución de Salud Pública que obliga a mostrar la tarjeta de vacuna contra el Covid 19, con al menos dos dosis, para ingresar a lugares cerrados públicos y privados.

El tribunal, presidido por la jueza Luisa del Carmen Canaán, estableció que no procede la acción de amparo, porque existen otras vías efectivas para proteger los derechos fundamentales que los accionantes invocan fueron vulnerados con la resolución.

Consideró que la vía eficaz es el recurso contencioso administrativo ante ese mismo tribunal.

La decisión está basada en el artículo 70, numeral 1, de la ley 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional. El tribunal acogió el medio de inadmisión planteado por la Procuraduría General Administrativa.

El fallo fue adoptado a unanimiedad por las jueza Luisa del Carmen Canaán, presidenta del tribunal, Silvia Rosario Almonte y Jeny Rodríguez Lora.

La acción de amparo fue interpuesta por los abogados Yancarlos Martínez, Eli Barbi Castro y Cirilo Guzmán, en contra de la Presidencia de la República y del Ministerio de Salud Pública.

FUENTE: Listin Diario

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A partir de diciembre quedará prohibido el uso de vasos foam y otros plásticos

La medida forma parte de una reforma a la Ley 225-20 y busca reducir el impacto ambiental provocado por los residuos plásticos de un solo uso

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A partir del próximo mes de diciembre, en la República Dominicana estará prohibida la importación y el uso de diversos utensilios elaborados en plástico, entre ellos sorbetes, tenedores, cuchillos y cucharas.

La disposición forma parte de la reforma a la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos, aprobada recientemente por el Congreso Nacional.

Prohibición entrará en vigencia seis meses después de la promulgación

La legislación establece que la restricción comenzará a aplicarse seis meses después de la promulgación de la reforma, plazo otorgado para que importadores, comerciantes y demás sectores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.

El texto legal prohíbe la importación de sorbetes, cubiertos plásticos, vasos y otros artículos fabricados con poliestireno expandido (foam) que no cuenten con una certificación de biodegradabilidad conforme a los criterios establecidos por la ley.

Impulsarán alternativas biodegradables

Como parte de la iniciativa, las autoridades promoverán el uso de productos elaborados con materiales de menor impacto ambiental, como papel o cartón reciclado y biodegradable, bagazo de caña de azúcar, bambú, fibras vegetales, materiales compostables y otros componentes biodegradables debidamente certificados.

La intención es disminuir la generación de residuos plásticos de un solo uso y fomentar el consumo de opciones más sostenibles.

También modifica el financiamiento del sistema de residuos

La reforma no solo introduce restricciones a determinados productos, sino que también modifica aspectos relacionados con el financiamiento del sistema nacional de gestión de residuos.

Entre los cambios figura la creación de una contribución especial obligatoria que deberán realizar las personas jurídicas, entidades públicas, patrimonios autónomos y otras organizaciones que reporten ingresos anuales ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Los recursos obtenidos serán destinados a un fondo para apoyar acciones orientadas a reducir el impacto ambiental de los residuos sólidos.

Aportes según el nivel de ingresos

La normativa dispone que las entidades cuyos ingresos anuales se encuentren entre cero y cinco millones de pesos deberán realizar un aporte de RD$5,000. A partir de ese monto, las contribuciones aumentarán conforme a la escala establecida en la legislación.

Tras su aprobación en el Senado, el proyecto fue remitido al Poder Ejecutivo, que deberá decidir si lo promulga o realiza observaciones antes de su entrada en vigor.

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