

Opinion
INACOM, peligro silencioso
Una nueva propuesta de ley en RD que dice defender la libertad de expresión, pero que en realidad la acorrala y amenaza con convertir esa libertad en una ilusión jurídica: regulada, controlada y castigada. ¿estamos frente al fin de la prensa libre y del derecho a disentir?
Escrito por Pavel De Camps Vargas.-En la historia de los pueblos, pocas conquistas han sido tan esenciales como la libertad de expresión.
No es solo un derecho; es el pilar que sostiene a la democracia, el oxígeno que permite que las ideas respiren y el escudo que protege al ciudadano frente al poder.
Pero cuando ese derecho comienza a ser definido, limitado y condicionado por quienes gobiernan, ya no estamos hablando de libertad: estamos hablando de censura institucionalizada.
Y eso es exactamente lo que se cierne sobre República Dominicana con el llamado Proyecto de Ley Orgánica sobre Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales, que ya se discute, es en apariencia, un avance democrático.
Pero bajo su fachada jurídica, esconde una arquitectura de control, censura disfrazada de regulación y poder absoluto concentrado en manos del Estado.
Si no se detiene a tiempo, puede convertirse en el mayor retroceso a las libertades públicas desde la caída de la dictadura de Trujillo.
Un órgano “autónomo”… con collar presidencial o un árbitro al servicio del poder
La creación del Instituto Nacional de Comunicación (INACOM) es uno de los núcleos más peligrosos del proyecto.
Aunque se presenta como “autónomo”, su dirección es nombrada directamente por el presidente de la República.
Así, el control de los medios se concentra en un órgano politizado, con autoridad para multar, suspender y regular contenidos a su antojo.
Esto no es libertad. Esto es centralizar el pensamiento, uniformar el discurso, y castigar la disidencia.
Y cuando el árbitro depende del equipo que juega, el resultado siempre está amañado y no es un garante de derechos, es un instrumento potencial de censura política.
Su dirección ejecutiva es designada directamente por el presidente de la República, y su consejo directivo nace de ternas también enviadas por el Poder Ejecutivo (Art. 38).
¿Cómo puede ser imparcial un órgano cuya existencia depende del poder político?
Esto rompe con cualquier principio de independencia institucional. El árbitro de la expresión pública y digital queda subordinado a los intereses del gobierno de turno.
Sanciones desproporcionadas y ambiguas: la mordaza moderna disfrazadas de moral pública
Uno de los aspectos más alarmantes es la amplitud de los motivos por los que un medio puede ser sancionado. Basta con que se “vulnere la dignidad humana”, se “ofenda la moral” o se “atente contra el orden público”.
¿Quién define qué es moral? ¿Quién decide qué es ofensivo?
En manos de un poder intolerante, cualquier verdad puede ser considerada una afrenta. La ley permite suspender medios hasta por 90 días y aplicar multas exorbitantes. Esto no solo castiga el error: castiga la opinión, la crítica y la investigación periodística.
Es la creación legal de una mordaza selectiva.
La ley otorga al INACOM poder para suspender medios de comunicación hasta por 90 días y aplicar multas de hasta 200 salarios mínimos por contenidos que «vulneren la dignidad humana» o afecten a menores (Art. 65). ¿Quién define qué es “vulnerar la dignidad”? ¿Bajo qué criterios objetivos? Nadie lo sabe.
Este tipo de redacción ambigua es peligrosa. Porque hoy puede usarse contra un mensaje ofensivo, pero mañana contra una denuncia legítima, una sátira política o un artículo incómodo para el poder.
Multas, suspensiones y persecución por “reincidencia”
Un medio puede ser castigado no solo por lo que publique, sino por haber sido sancionado antes.
Es decir, el castigo se agrava por el historial, no por el contenido. Esto convierte la libertad de expresión en un privilegio condicionado, no en un derecho garantizado.
Supervisión de espectáculos públicos: censura artística institucionalizada
El Art. 53 permite que el INACOM censure conciertos, obras teatrales y espectáculos presenciales si considera que «atentan contra la dignidad o el orden público».
Este lenguaje abre las puertas a un control cultural inaceptable, donde una canción, una obra o una crítica social puede ser silenciada por razones morales o ideológicas.
Estamos hablando de una ley que da al Estado el poder de decidir qué arte puede o no puede ver el pueblo. Una reminiscencia peligrosa de los tiempos más oscuros.
La trampa digital: redes sociales bajo control y vigilancia estatal
La regulación que impone la ley sobre plataformas digitales es un espejismo. Exige transparencia, sí, pero a cambio de someterlas al control del Estado.
Las obliga a tener representación legal en el país, a rendir cuentas, a justificar cada moderación.
Esto abre la puerta a una vigilancia ideológica, donde el usuario será observado, el algoritmo será cuestionado, y el contenido que critique al poder será lentamente eliminado del debate.
Además la ley obligará a las redes sociales, buscadores y otras plataformas con más del 10% de usuarios dominicanos a tener representación legal local, rendir cuentas de sus algoritmos y justificar públicamente cualquier moderación de contenidos (Art. 19 al 24).
Aunque parezca un avance, es un arma de doble filo: se puede usar para coaccionar a las plataformas o amedrentar a sus usuarios.
Además, se impone una lógica de “aprobación estatal” que transforma el espacio digital en un territorio vigilado. Un “Gran Hermano” disfrazado de transparencia.
Nos trae a la memoria el libro El libro que habla del «Gran Hermano» es la novela distópica ,«1984» de George Orwell publicada en 1949.
En esta novela, el Gran Hermano es el líder y símbolo de un estado totalitario llamado Oceanía, donde el partido gobernante ejerce un control absoluto sobre la vida de sus habitantes.
El derecho a desindexar: el borrado selectivo de la historia
Bajo el pretexto del derecho al olvido, la ley permite que se ordene la eliminación de contenido en internet si “afecta la dignidad”. Aunque parezca justo, es un camino directo a la manipulación de la memoria colectiva.
¿Hasta dónde puede llegar un político corrupto para borrar reportajes incómodos? ¿podrá una figura pública eliminar de la red toda crítica bajo el argumento de daño moral?
El Art. 23 permite que los ciudadanos pidan a la justicia que se borren contenidos de internet si afectan su dignidad.
En principio, suena razonable, pero en la práctica, puede ser la antesala del borrado sistemático de información pública, histórica o comprometedora para figuras poderosas.
Si se deja al criterio de jueces presionables o parcializados, la verdad podría ser eliminada de la red, legalmente. En nombre de la dignidad, podríamos estar construyendo un sistema legal para eliminar la verdad incómoda.
La entrada en vigencia de esta propuesta de ley, cualquier video o publicación del pasado de un periodismo de investigación tendrá que ser eliminado, ya que la ley permite que se ordene la eliminación de contenido en internet si “afecta la dignidad” de cualquier político que fue señalado de corrupto y que no fue condenado por un juez en un tribunal o mas bien fue descargado de los casos imputados.
La frase “Donde se queman libros, se terminan quemando personas” de Heinrich Heine. es una advertencia sobre la conexión entre la censura y la represión. Indica que la destrucción de la información y las ideas libres eventualmente lleva a la persecución y poder solicitar formalmente la eliminación total.
La cita de George Orwell «La libertad de expresión es decir lo que la gente no quiere oír» se refiere a la importancia de poder expresar ideas que pueden ser incómodas, contrarias o no populares, como parte fundamental de la libertad de expresión.
Es decir, no se trata sólo de expresar lo que es cómodo o aceptado, sino también de decir lo que no se quiere escuchar.
Esto nos deja muy claro «Cuando la libertad de expresión es regulada por el poder, deja de ser libertad y se convierte en privilegio» destaca un punto crucial: la libertad de expresión no es una concesión del poder, sino un derecho inherente a todo ser humano.
La regulación por el poder puede restringir la expresión y transformarla en un privilegio concedido, en lugar de un derecho universal, ya que los dominicanos no somos una sociedad dividida por castas.
Una ley que no protege, sino que condiciona
Quieren hacernos creer que esta ley moderniza la comunicación, pero en realidad la pone bajo vigilancia.
Quieren hacernos creer que es una garantía de derechos, pero en realidad otorga al Estado el poder de decidir qué se puede decir y qué no.
Quieren hacernos creer que todo será más justo, pero sólo será más silencioso.
Silenciamiento disfrazado de protección de menores
Muchos artículos justifican restricciones bajo la protección de la infancia. Pero esta excusa ya ha sido utilizada históricamente por regímenes autoritarios para vetar libros, censurar películas, eliminar canciones y perseguir artistas.
La niñez debe ser protegida, sí. Pero no a costa de crear una legislación tan amplia que permita aplastar el debate social, político y cultural bajo el pretexto de moral pública.
La gran pregunta que debemos hacernos como país y sobre todo como dominicanos ¿ estás dispuesto a vivir en una democracia donde sólo puedes hablar si el Estado te lo permite?
¿ estás dispuesto a entregar tu derecho a opinar, a criticar, a disentir, por una falsa sensación de “orden” y “moral”? ¿ o vas a defender tu voz antes de que te la quiten, legalmente, en nombre del “bien común”?
No nos dejemos engañar: este proyecto de ley no es una celebración de la libertad de expresión, es su domesticación.
Bajo un lenguaje técnico y aparentemente progresista, se oculta un sistema legal que habilita el control político, la censura preventiva y la autocensura forzada.
En una democracia madura, la libertad de expresión no se regula, se garantiza. Esta ley, tal como está redactada, debilita la democracia, intimida al periodismo y transforma el disenso en infracción.
Nos comenta la magistrada y profesora de comunicación Somnia Vargas Tejada “Cuando la libertad de expresión es regulada por el poder, deja de ser libertad y se convierte en privilegio”, ningún gremio de periodista, de medio de comunicación, de radiodifusores, del periodismo independiente o asociaciones de comunicadores, etc. debe delegar sus derecho de quien debe representarlo.
El poder político no debe intervenir en derechos que no le competen, ya que eso es intromisión y aplicación de poder superados después de la caída de Trujillo.
Recuerde muy bien esto, la libertad de expresión no se defiende cuando ya es tarde, se defiende hoy.
Porque una vez que se silencia una voz, el silencio se vuelve costumbre…y cuando la costumbre se normaliza, la democracia muere sin que nadie escuche su último grito.

Opinion
Silenciar al pueblo

En República Dominicana, los casos de difamación e injuria registrados relacionados con el uso del internet representan menos del 0.00049% de los usuarios conectados de los 10.2 millones de dominicanos con acceso al ciberespacio.
A primera vista, parece un número irrelevante. Pero existe una ley vigente que enfrenta la difamación e injuria (Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología) en sus artículos 21-22.
Pero esa pequeñez es precisamente lo que enciende las alarmas: ¿por qué se insiste en legislar de forma tan estricta algo tan marginal? ¿Qué motiva esta urgencia? ¿Es acaso la protección del honor… o el intento de disciplinar al ciudadano?
Porque mientras el país avanza en conectividad digital, la narrativa política parece ir en sentido contrario: más vigilancia, más restricciones, más miedo.
El disfraz legal del control
La difamación y la injuria son figuras legales legítimas en cualquier democracia. Pero en República Dominicana, las iniciativas legislativas recientes, como la Ley de Libertad de Expresión y Medios Digitales, han empezado a parecer menos una garantía de derechos, más un instrumento para acallar voces que no estén acorde a la narrativa y al control mediático.
Paradójicamente, estas medidas surgen cuando más dominicanos han empezado a usar las redes como herramientas de expresión, denuncia y participación política.
La democratización horizontalizada del discurso o de la narrativa, ya no depende de los grandes medios ni de los partidos, sino de ciudadanos comunes que publican desde sus teléfonos libremente.
Y eso, para muchos en el poder, es inaceptable.
El nuevo campo de batalla: el internet
A través de plataformas como X, TikTok, YouTube o Facebook, los dominicanos han expuesto corrupción, denunciado abusos, cuestionado decisiones y generado debates abiertos que antes eran imposibles de ver en la sociedad.
La viralidad de una publicación ha llegado a ser más poderosa que una rueda de prensa oficial.
Esa capacidad de presión pública es lo que realmente se está intentando limitar y además mantener el control de las narrativas mediáticas que se busca cultivar en la mente de una sociedad para que no vea lo que debería conocer realmente.
Los casos aislados de difamación han servido como excusa para endurecer penas, intimidar creadores de contenido y disuadir la crítica.
Bajo el pretexto de proteger la honra, se esconde un modelo autoritario que quiere que el ciudadano piense dos veces antes de opinar. O mejor, que no opine.
¿ La ley protege al débil o al poderoso?
En la mayoría de los casos, quienes interponen demandas por difamación no son personas vulnerables, sino funcionarios, políticos o figuras públicas. Es decir, quienes ya tienen poder, recursos y visibilidad, usan la ley para silenciar a quienes apenas tienen su voz y su teléfono como herramientas.
Este desequilibrio transforma lo que debería ser justicia, en censura disfrazada.
La paradoja dominicana ¿El futuro en juego?
Mientras el país se precia de ser una democracia moderna, sigue utilizando leyes del siglo pasado para regular una conversación del siglo XXI. El Código Penal dominicano aún criminaliza la expresión, y los proyectos actuales proponen penas de prisión para quienes osen “ofender” públicamente a una autoridad. ¿Estamos protegiendo la convivencia o blindando a los poderosos?
Si estas leyes se consolidan, podría establecerse un precedente peligroso: castigar al ciudadano por opinar. Y no sólo eso: se abriría la puerta a la autocensura, al miedo, al silencio inducido. Y con el silencio muere la democracia.
¿ Estamos a tiempo?
¿Y si todo esto no se trata de proteger el honor, sino de enterrar la libertad con guantes blancos?, ¿Estamos frente a un intento velado de recentralizar el poder del discurso, que las redes sociales democratizaron?
¿Y si cada nueva ley disfrazada de “regulación” es en realidad un grillete invisible para tu pensamiento, tu crítica, tu voz?
¿Hasta cuándo permitiremos que la excepción se convierta en regla, y el castigo en método para infundir miedo?
¿Se legisla para proteger la verdad… o para imponer una única versión? ¿ quién definirá qué es difamar en una era de polarización e intereses políticos cruzados? ¿ a quién protege realmente la ley: al ciudadano… o al cargo público de turno?
Hoy es un influencer, mañana puede ser un periodista, luego tú, por una simple opinión en tu estado de WhatsApp.
¿Quién decide lo que es injuria en un país donde cuestionar al poder es visto como una amenaza?
Y lo más inquietante:
¿ Seremos testigos del entierro de la libertad de expresión mientras aplaudimos su funeral disfrazado de legalidad?
¿ Nos estamos acostumbrando a vivir en silencio, mientras creemos que hablamos libres?
Y lo más aterrador:
¿ Será este el comienzo de una sociedad dominicana amordazada, domesticada y digitalmente vigilada?
Opinion
Los errores por los que no debe pagar el abogado

Si el error material de una sentencia proviene del tribunal y no de la parte interesada, lo lógico sería que la corrección se hiciera sin costo adicional para el abogado o su cliente.
Lo contrario representa una carga injusta y desproporcionada.
El Poder Judicial debería establecer un mecanismo donde los errores administrativos o materiales cometidos por el propio tribunal sean corregidos sin necesidad de que la parte afectada tenga que asumir costos adicionales.
Esto no solo garantizaría mayor eficiencia y transparencia, sino que también evitaría que el abogado o su cliente sean castigados por un fallo que no les corresponde.
En mi caso obtuve dos errores materiales (una en el acta de audiencia y otra en la sentencia) ambas del mismo proceso, errores que fueron evidentes y atribuible exclusivamente al tribunal, pero aún así tuve que pagar los impuestos para depositar en Presidencia Civil la solicitud de corrección de sentencia y luego depositar MAS impuestos para que la sala que cometió la equivocación, me emitiera la corrección del error material.
Es importante solicitar la exoneración de esos impuestos por vía administrativa o plantearlo a la presidencia de las salas o al Consejo del Poder Judicial.
Hay que buscar alguna vía para impugnar esa carga económica injusta.
La autora esbogada en Infante & Rincón Legal Consulting.
Bella Terra Mall, Suite B-007
Santiago, R.D.
Tel. 809-724-6571
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