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Ex presidenta de Pro Competencia acusa a Yolanda Martínez de afectar su reputación moral y profesional
SANTO DOMINGO,.- La ex presidenta de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Pro Competencia), Michelle Cohen, llamó la atención sobre “la divulgación y uso indebido de información de una auditoría que cursa por un etapa confidencial” por parte de la actual incumbente de esa institución, Yolanda Martínez.
En un comunicado, afirmó que dicha acción viola el debido proceso y resulta sancionable que, según ella, tuvo como objetivo afectar su reputación moral y profesional.
Cohen se pronunció en esos términos a propósito de la reciente publicación de una nota de prensa, difundida a través de varios medios de comunicación, que citaba que la Cámara de Cuentas “detectó errores en auditoría a Pro Competencia durante su período 2014-2015,”
La ex funcionaria dijo que tiene en su poder la certificación 004467 del 23 de marzo del año en curso, firmada por el presidente de la Cámara de Cuentas, que señala de manera taxativa que “el informe provisional de la auditoria no ha sido enviado a la entidad y se encuentra transitando los distintos procesos del auditor, por lo que las documentaciones e informaciones sobre los mismos son confidenciales”.
Agregó el comunicado que, en ese contexto, resulta sorprendente que el pasado 10 de marzo, la presidenta de Pro Competencia, en entrevista captada en video durante su visita a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, declara haber recibido de la Camara de Cuentas un “informe preliminar” en enero de una gestión del 2014 al 2015, y que posteriormente Martínez suministrara documentos e informaciones sobre el particular a los medios de comunicación.
“La divulgación y el uso indebido de la información en etapa confidencial, por parte de la señora Martínez, de datos, que no forman parte de una auditoría terminada, viola el debido proceso y resulta sancionable que esta funcionaria hasta llevara informaciones cuestionables a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados y que ademas atribuya la circulación del mismo a la Camara de Cuentas”, subrayó Cohen.
También dijo que, en contraposición la Cámara de Cuentas afirma en la citada certificación “que el informe provisional se remitirá tanto a la entidad auditada como a todos los involucrados en la auditoría, para dar la oportunidad de enviar sus observaciones y reparos,” confirmando que los trabajos no están terminados.
Cohen aseguró que cuenta con réplicas razonadas y comprobables, así como con las evidencias de lugar que presentará cuando el ente auditor le ofrezca la oportunidad en atención a la Ley 10-04 y su reglamento de aplicación, que regulan el debido proceso.
Afirmó que desmontará con pruebas documentales las versiones oficiosas divulgadas por Martínez, para distraer la opinion pública ante la adjudicación controversial de un contrato bajo su mandato.
Acusa a Martínez de usurpar funciones
Por otro lado, Cohen denunció que “en un acto ilegal”, Yolanda Martínez se atribuyó funciones que no le corresponden y que son exclusivamente propias de la Cámara de Cuentas, al citarla, posterior a la divulgación, mediante acto de alguacil a comparecer ante Pro Competencia para “rendir cuentas” sobre los supuestos resultados de una auditoría en proceso.
Sostuvo que esto constituye una manifiesta alteración del orden constitucional y está fuera de todo canon legal.
Cohen le recordó a Martínez que la Cámara de Cuentas es el único órgano facultado por el artículo 248 de la Constitución a “ejercer el control externo o fiscal de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado.”
Dijo además que ha enviado a la presidenta de Pro Competencia “un acto de advertencia y objeción ante la ocurrencia de graves inobservancias legales que darían al traste con la declaratoria de responsabilidad disciplinaria y patrimonial de los funcionarios actuantes.”
“Estos hechos concretos han evidenciado que la Sra. Martínez ha viciado el proceso de auditoría, intentado afectar la verdad y el curso de unos resultados, pretendiendo sustentar una acusación sin haber si quiera agotado y garantizado los derechos de defensa, dando a todas luces a lugar a violaciones del ordenamiento jurídico” aseveró Cohen.
Agregó, “Dada a mi experiencia jurídica, académica e internacional, de mas de 20 años, me veo compelida a defender la institucionalidad y las normas de derecho, violadas por la actual presidenta de Procompetencia.”
Desde su punto de vista llama a la atención la extraña coincidencia de la divulgación en la prensa de los datos que pone en entredicho justo luego que la Camara de Cuentas anunciara que auditará un proceso de adjudicación dado en la actual gestión de Martínez a la empresa Tikitaca.
“Es evidente que la presidenta de Pro Competencia busca encubrir su propia falta y consecuente escándalo y empañar el debido proceso, lanzando una farsa mediática cual si fuera un circo. Estoy convencida de que las auditorías siempre constituyen procesos necesarios, en tanto miden el manejo de los recursos públicos y el fortalecimiento a la institucionalidad”, subrayó.
CDN
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TC anula la polémica Ley de la DNI al declararla inconstitucional
El Tribunal Constitucional (TC) anuló la ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) “por no ser conforme con la Constitución”.
De acuerdo con la Sentencia del TC/0767/24, se acogió la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por la Fuerza del Pueblo, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), que buscaba anular la ley 1-24.
Esta ley de la DNI fue aprobada por el Congreso Nacional el pasado 10 enero y promulgada por el Poder Ejecutivo el 15 del mismo mes.
Reseña el Listín Diario que en las semanas previas a la creación, se depositaron al menos siete acciones de inconstitucionalidad contra la Ley.
El pasado 22 de enero, Acción Cristiana, Juventud con una Misión, RD Inclusiva, Foro de Mujeres en Defensa de la Vida y la Familia (FOMUDEMI), FUMEJID así como Mayobanex Pepín y María Magdalena Piña Dirocié presentaron “una acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 9, 11, 12, 13 y 26 de la Ley 1-24, que crea la DNI, por supuesta violación a la libertad y seguridad personal, a la intimidad y honor personal, a la libertad de expresión e información, y a la reglamentación de los derechos y garantías fundamentales; derechos y principios consagrados en los artículos 40, 44, 49 y 74 de la Constitución”.
Además, la Sociedad Dominicano de Diarios (SDD) se pronunció en varias ocasiones sobre algunos artículos de la ley, en específico los 9, 11 y 26.
Las sanciones que establece
El artículo 11 indicaba que “todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal a entregarle a la Dirección General de Inteligencia” todas las informaciones que requiriera sobre las cuales se tengan datos o conocimientos en asuntos que puedan afectar la seguridad nacional.
Mientras el artículo 26 establecía sanciones penales, como prisión menor de dos a tres años y multas desde nueve a quince salarios mínimos del sector público, contra quienes “oculten informaciones” requeridas por la DNI.
Reacción del expresidente Fernández
Al conocerse la sentencia del Tribunal Constitucional, reaccionó de inmediato el presidente de Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, quien dijo en un mensaje publicado en su red social X: “El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la Ley 1-24 sobre el DNI mediante la sentencia TC/0767/24, acogiendo un recurso presentado por la Fuerza del Pueblo y otros partidos opositores.
Esta decisión reafirma la importancia de proteger el estado de derecho y los derechos fundamentales. Reiteramos nuestro compromiso con la defensa de la Constitución y los intereses del pueblo”.
El exmandatario también había expresado previamente por la misma red social X, el pasado 22 de enero, “que esa ley era un retroceso institucional democrático más grave que ha ocurrido en el país desde la muerte del dictador Rafael Leónidas Trujillo hasta la actualidad”.
Reuniones con la SDD
El pasado septiembre, el presidente de la Sociedad Dominicana de Diarios, Persio Maldonado, dijo que se presentarían los cambios a varios de esos artículos para corregir “ambigüedades” que habían sido identificadas. Estas declaraciones se produjeros después de varios encuentros entre los directivos de la SDD y la representación del Poder Ejecutivo.
“Se han hecho los ajustes de lugar, sobre todo en aquellas disposiciones que se insinuaba que su actuación debería de estar precedida de una autorización judicial, lo cual nosotros entendíamos que estaba dicho en términos generales, pero la comisión ha entendido que debe de decirlo de manera específica en cada uno de los artículos que refieren a esas acciones y nosotros así lo hemos aceptado”, dijo, también, en aquella ocasión el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta.
Por lo que el 19 de septiembre, Peralta, en nombre del Ejecutivo depositó ante el Senado el proyecto de ley que modifica la Ley 1-24, luego de que la mesa de trabajo conformada por la sociedad civil y el Gobierno llegaran a un consenso.
En principio, la finalidad de la creación de la DNI era proteger “los intereses de la nación y evaluar amenazas internas y externas contra el Estado”, de acuerdo con el Senado.
La pieza fue aprobada en dos lecturas consecutivas, luego que el senador Dionis Sánchez, presidente de la Comisión Especial que estudió el proyecto, presentó al Pleno del Senado un informe favorable y solicitó que fuera incluido en el orden del día, declarado de urgencia y aprobado, tal cual lo remitió la Cámara de Diputados.
También la SIP se opuso a la Ley
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) también fue otra de las instituciones que se pronunció en contra de la Ley de la DNI.
En un artículo publicado en este diario, el 22 de enero pasado, el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Carlos Jornet, editor periodístico de La Voz del Interior de Argentina, dijo que “el lenguaje amplio y ambiguo de esta ley, sumado a su carácter sancionatorio, puede fomentar la autocensura entre periodistas y medios de comunicación, con el impacto que ello causaría en el derecho de todos los dominicanos a acceder a información, un derecho consagrado en la Constitución”.
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Prisión preventiva de tres meses a maestro acusado de violar estudiante
“Yo soy inocente; yo di las pruebas porque no me encontraba en el centro educativo. Ella dice que fue hace tres meses y todos saben que hace tres meses no había docencia”, fueron las palabras de Fernando Altagracia Peña Eusebio, un profesor de la escuela básica La Siria, del municipio Quisqueya, acusado de violar a una menor de 13 años en ese centro.
Ayer, miércoles fue la audiencia de medida de coerción en su contra, donde fue sentenciado a tres meses de prisión preventiva,
El pasado lunes, la vista fue aplazada por el paro de labores desarrollado por fiscales en demanda de aumento salarial.
En el fallo se ordena la reclusion de Peña Eusebio en el Centro de Corrección y Rehabilitación de San Pedro de Macorís (CCR-11).
CHIVO EXPIATORIO
“Le advertimos al Ministerio Público, de manera responsable, que con Fernando no van a coger chivo expiatorio. Nosotros tenemos las pruebas y en el momento que nos sintamos acorralados vamos a presentar todas las pruebas que tenemos para demostrar que Fernando es inocente”, señaló Santana.
Manuel Enrique Rodríguez, padre de la menor, declaró estar “agradecido con Dios porque las cosas salieron de esa manera”.
A pesar de las medidas que le fueorn impuestas al presunto agresor sexual, Enrique Rodríguez señaló que espera que “Alejandro sea agarrado”.
Se refiere a Alejandro Roberto Bello Matos, un profesor de matemáticas también señalado de supuestamente haber violado a la menor, quien está prófugo.
EL CONCEPTO
La violencia sexual es cualquier actividad o contacto sexual que ocurre sin su consentimiento. Puede involucrar fuerza física o amenaza de fuerza. También puede ocurrir debido a coerción o amenazas. Si usted ha sido víctima de violencia sexual, no es su culpa, porque esta nunca es culpa de la víctima.
La agresión sexual, el abuso sexual, el incesto y la violación son todos tipos de violencia sexual. La violencia sexual es un problema de salud pública grave.
Ocurre con más frecuencia en las mujeres, pero los hombres también son víctimas. la violencia sexual no se limita a la violación.
FUENTE: Listín Diario
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