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Juez recesa medida de coerción en caso por sobornos de Odebrecht
El juez especial designado por la Suprema Corte de Justicia para enjuiciar a los implicados en el caso de sobornos por la empresa brasileña Odebrecht, Francisco Ortega Polanco, recesó para hoy a las 5:00 p.m. el conocimiento de las medidas de coerción a los involucrados en el escándalo a fin de que los abogados de los encartados obtengan las copias del expediente acusatorio en el transcurso de la mañana.
El magistrado Francisco Ortega Polanco también rechazó los pedimentos de libertad de los imputados y la nulidad del proceso demandados por la defensa de los imputados.
Asimismo, el juez ordenó el desglose del expediente con relación al imputado Bernardo Castellanos, quien no estuvo presente en la audiencia, debido a que se encuentra en Panamá.
El magistrado observó que por la ausencia de Castellanos no puede retrasar el proceso porque hay 10 imputados que están detenidos. Ortega Polanco explicó que dará el tratamiento que indica la Constitución, en el caso de Castellanos.
La acusación contra los 14 imputados por el escandaloso caso de corrupción consta de 136 páginas, por lo que de acuerdo con el veredicto del magistrado, sacarle copias a ese legajo resultaría prácticamente imposible para entregarlas a todos, ya que serían más de cuatro mil.
El juez Ortega Polanco ordenó la designación de un abogado de oficio para que asuma la defensa de Castellanos. En ese sentido se escogieron a los abogados Andrea Sánchez y Luis Montero, quienes presentaron credenciales, pero luego rehusaron asumir la defensa, alegando que no estaban apoderados por el imputado.
Debates
Tony Delgado, abogado de Andrés Bautista, presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), pidió el aplazamiento de la audiencia y que se ponga en libertad inmediata a su cliente, a lo cual se adhirieron la mayoría de los defensores.
Por esta razón pidieron aplazar el proceso y que sus defendidos acudan a las audiencias estando en libertad.
Los imputados en el caso de soborno por 92 millones de dólares llevados a la sala de audiencia son Temístocles Montás, Víctor Díaz Rúa, Radhamés Segura, Andrés Bautista, César Sánchez, Ángel Rondón Rijo, Conrado Pittaluga, Roberto Rodríguez, Máximo De Óleo y Ruddy González.
El imputado Bernardo Castellanos no estuvo presente ante la imposibilidad de ejecutar la orden de arresto en su contra debido a que está fuera del país, aunque anunció que vendrá voluntariamente a enfrentar la acusación’
Legisladores
Los senadores Julio César Valentín y Tommy Galán, del Partido de la Liberación Dominicana, PLD, y el diputado Alfredo Pacheco, del Partido Revolucionario Moderno, PRM, quienes se encuentran en libertad debido a su condición de legisladores, acudieron al proceso de conocimiento de medidas de coerción acompañados de sus abogados.
Galán, senador por San Cristóbal, admitió que la citación le llegó a las 6:30 de la tarde y decidió acudir para responder a cualquier pregunta.
De su lado, Valentín, senador de la provincia Santiago por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), expresó que no ha sido citado por el caso, pero que se enteró por algunas vías que otros actores que han sido acusados sí fueron citados y esa información le bastó para acudir ante el magistrado de la instrucción de ese proceso.
El legislador se presentó junto a su abogado Jorge Luis Polanco, “y otros juristas que han decidido acompañarme para mostrar ante cualquier instancia mi inocencia de cualquier mención e imputación en este o cualquier otro acto que sea contrario a la ley”.
Valentín dijo que desconoce el proceso y que cuando tenga las informaciones se expresará al respecto ante los medios.
En tanto, Pacheco indicó que acudió a cumplir con el proceso como había prometido y que todo lo que tenía que decir lo dijo el lunes.
Traslado
Las autoridades del Ministerio Público trasladaron en la tarde de ayer a los implicados en el caso Odebrecht desde la cárcel de la Fiscalía del Distrito Nacional hacia la Suprema Corte de Justicia.
El primero en salir fue el presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Andrés Bautista; seguido del exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa; Roberto Rodríguez, exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa); el exdiputado del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y Ruddy González.
También están encartados el exvicepresidente de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), César Sánchez; así como Máximo De Óleo, exadministrador de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid). También fueron conducidos a la sede de la Suprema, el ingeniero Radhamés Segura; el abogado Conrado Pittaluga y el empresario Ángel Rondón, que fungió como encargado comercial de la constructora brasileña.
Abogados alegan fallas técnicas en el proceso
El juez especial de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Francisco Ortega, inició la audiencia a las 8:00 de la noche, en presencia de los diez imputados, en la Sala Augusta de la séptima planta de la SCJ, perímetro que fue estrechamente acordonado por efectivos policiales fuertemente armados.
La defensa técnica del ministro de Industria y Comercio, Temístocles Montás, alegó que a su representado no se le había comunicado para qué fue trasladado a la SCJ, por lo que alegó violación presencial y que es al tribunal al que le corresponde allanar todos los obstáculos para que los acusados puedan defenderse. El abogado del senador Tommy Galán se quejó de que no fue sino hasta ayer a las 6:00 de la tarde cuando se le entregó un acto de alguacil en el que se le notificaba que a las 8:00 debían presentarse a audiencia en dicho tribunal, por lo que pidió al juez que suspendiera el conocimiento de esa causa.
Los abogados de los imputados
Manuel Alejandro Rodríguez, abogado de Temístocles Montás; José Guarionex Ventura, abogado de Tommy Galán; Jorge Luis Polanco, Elsa Guillén y Carlos Olivares, abogados de Julio César Valentín; José Miguel Minier Almonte y Tony Delgado, abogados de Ángel Rondón; Abel Rodríguez del Orbe, Manuel Pérez y Efraín Vázquez, abogados de Víctor Díaz Rúa; Luis Soto, Edwin Acosta y Diana Salomón, abogados de César Sánchez; Agripino Aquino de la Cruz y Ángel Delgado Malagón, abogados de Radhamés Segura; Claudio Estephan y Francisco Campos, abogados de Roberto Rodríguez; Carlos Salcedo, Antoliano Peralta y Carlos Marrero, abogados de Andrés Bautista; Rafael Ureña, Alberto Núñez y Carlos Santana Jiménez, abogados de Ruddy González; Ángel Encarnación Amador, Ricardo Pérez y Ángela Collado, abogados de Alfredo Pacheco y D’ Óleo Ramírez; Joaquín Antonio Zapata, Erick Raful, Santiago Rodríguez y Conrado Pittaluga Vicioso, abogados de Conrado Pittaluga
Rechazan un hábeas corpus
El juez de la Cuarta Cámara Penal del Distrito Nacional, Franni González, rechazó un recurso de hábeas corpus interpuesto por el ministro de Industria y Comercio, Temístocles Montás, bajo el argumento de irregularidad de la prisión.
El magistrado consideró improcedente la acción de amparo, ya que deberá ser el juez de instrucción apoderado del caso, quien se pronuncie sobre la legalidad o no de la detención. González ordenó la notificación de la decisión al impetrante, así como al juez de instrucción especial y al Procurador General de la República.
Por Genrris Agramonte/EL CARIBE
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Gobierno propone mantener prisión para delitos de libertad de expresión en nuevo Código Penal
El Senado de la República recibió este viernes 18 propuestas que buscan modificar el nuevo Código Penal, las cuales fueron elaboradas por el equipo del presidente Luis Abinader.
Aunque contempla variaciones para otras tipificaciones penales, la pieza centra una de sus partes en los artículos que versan sobre los delitos relacionados con la libertad de expresión.
Reseña el Listín Diario que una de las peticiones realizadas por diversos sectores de la sociedad, como la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), es eliminar el castigo penal.
No obstante, el Gobierno optó por mantenerlas.
¿Cuáles fueron las modificaciones?
El proyecto de ley depositado por el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, busca alterar el contenido del artículo 192 sobre difusión de audios o imágenes sin consentimiento.
La intención del Poder Ejecutivo es especificar que la comisión de este hecho solo será sancionada cuando se comete en el ámbito privado o cuando haya una expectativa razonable de discrecionalidad.
En cuanto a la sanción, amplía la pena menor hasta quince días, la cual está en el modelo actual en seis meses. La máxima continúa en hasta un año de prisión.
Además, busca eliminar del nuevo Código Penal la sanción en los casos cuando el contenido falso sea elaborado por medio de montajes.
El artículo 207, referente al perjurio, recibiría una reducción de la pena, llevándola de cinco a diez años de prisión a entre dos y cinco años.
La pena actual del artículo 208 sobre la difamación es de dos a cinco años de prisión. Sin embargo, el Gobierno sugiere disminuirla de uno a dos años de prisión.
Además, aclara que no será sancionada si se registra en medios de comunicación, streaming y en el ciberespacio.
Dentro del artículo 211 agregaron una disposición para asegurar que no sean consideradas actos de difamación o injuriosos “las expresiones, opiniones y críticas vinculadas con actos de corrupción, políticas públicas, función pública, servicios públicos y actuaciones que atenten contra el interés público”.
No obstante, aclara que las declaraciones serán permitidas solo cuando estas estén sustentadas en elementos probatorios o precedidas de una verificación razonable de la información.
Desaparece el bullying
El artículo 121, que incluía la tipificación del bullying, cambia completamente el concepto y lo nombra únicamente como hostigamiento.
Mientras que el artículo 122 sobre hostigamiento agravado coloca de uno a dos años de prisión para cuando el agresor afecte a una persona con discapacidades físicas o mentales.
Además, disminuye la pena a entre cinco y diez años cuando el hecho cause el suicidio de un menor de edad.
El artículo 123 cambiaría su título a hostigamiento cibernético, en la actualidad nombrado como ciberbullying.
Además, establece que, para constituirse, este delito debe ser de manera reiterada y sistemática.
Elimina que los comentarios de redes sociales sean considerados como un método para aplicar el hostigamiento en contra de una persona y mantendría la pena igual: de dos a cinco años.
Desnudo en público
Mientras que el artículo 142 sobre el exhibicionismo eximiría de responsabilidad penal a quien se desnude en actividades artísticas, culturales, científicas o educativas.
Acoso y proxenetas
En tanto, el artículo 144, que contempla el acoso agravado, aumentaría la sanción actual, de dos a tres años de prisión, elevándola de dos a cinco años.
El artículo 176 sobre proxenetismo aumentaría la pena. Incrementándola de dos a tres años de prisión, hasta de dos a cinco años.
Sanción a doctores
Por otro lado, el artículo 354 amplía el campo de sanciones para los médicos que expidan un certificado sobre la existencia o inexistencia de una enfermedad, ya que también incluye a los doctores forenses del sector privado.
La pena sería de dos a tres años de prisión.
Recursos del Estado
El artículo 303 sanciona la malversación de fondos públicos para aquellos funcionarios que desvíen los recursos del Estado.
En este apartado, aumentaría la pena de cinco a diez años.
En el marco vigente, está entre dos y tres años de prisión.
¿Qué pasará con estas propuestas?
Este proyecto de modificación será estudiado por una comisión bicameral especial que deberá presentar sus observaciones al respecto.
Además, existen alrededor de cinco iniciativas más presentadas por otros congresistas que, conjuntamente con las observaciones de la sociedad, también serán analizadas por la mesa de trabajo antes mencionada.
La población tendrá hasta el próximo miércoles 15 de julio para entregar ante el Congreso Nacional sus señalamientos y preocupaciones sobre el nuevo Código Penal.
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Estas son las modificaciones al Código Penal
El presidente del Senado de la República informó que fue depositada ante la Secretaría General Legislativa la Iniciativa mediante la cual se propone modificar varios artículos de la Ley núm. 74-25, Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, con el objetivo de que las reformas sean conocidas y aprobadas antes de la entrada en vigor de la nueva legislación penal.
La iniciativa incorpora mejoras derivadas de las observaciones y aportes formulados por diversos sectores de la sociedad dominicana, entre ellos juristas, académicos, comunicadores, representantes de los medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos interesados, con el propósito de fortalecer el texto que será sometido al estudio de la Comisión Bicameral encargada del Proyecto de Ley de modificación del Código Penal.
Las modificaciones propuestas comprenden *18 artículos* del Código Penal y abarcan materias relacionadas con la protección de derechos fundamentales, la libertad de expresión, la protección de niños, niñas y adolescentes, la administración de justicia, la lucha contra la corrupción y el perfeccionamiento técnico de diversos tipos penales.
Más garantías para la libertad de expresión y de prensa
Uno de los ejes centrales de la iniciativa consiste en perfeccionar cinco disposiciones vinculadas con el ejercicio de la libertad de expresión, la libertad de prensa y el derecho a la información, procurando un equilibrio entre la protección de los derechos fundamentales y las garantías constitucionales propias de una sociedad democrática.
El *artículo 123*, relativo al *ciberbullying*, será modificado para precisar el alcance del tipo penal y evitar interpretaciones extensivas que puedan afectar el ejercicio legítimo de la libertad de expresión en los entornos digitales.
El *artículo 192*, sobre *difusión de audio o imágenes sin consentimiento,* fortalecerá la protección del derecho a la intimidad, delimitará con mayor precisión los elementos que configuran la infracción e incorporará expresamente el criterio de *interés público legítimo*, ofreciendo mayores garantías para el ejercicio responsable del periodismo y del derecho a informar.
El *artículo 208*, referente a la *difamación*, redefinirá el alcance del tipo penal y ajustará el régimen sancionador para garantizar mayor precisión jurídica y proporcionalidad.
El *artículo 211*, que regula los *actos considerados no difamatorios o injuriosos*, reforzará las garantías para el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa cuando las informaciones se refieran a asuntos de interés público.
Asimismo, el *artículo 310*, relativo al delito de *ultraje*, delimitará con mayor claridad el ámbito de aplicación del tipo penal, evitando interpretaciones que puedan afectar el legítimo ejercicio de los derechos fundamentales.
Mayor protección para las personas y las familias
La iniciativa también fortalece diversas disposiciones destinadas a proteger la integridad y la dignidad de las personas.
Los *artículos 121 y 122,* relativos al *hostigamiento e intimidación (bullying) y al hostigamiento agravado*, precisan la definición de estas conductas, delimitan su ámbito de aplicación y redefinen las circunstancias agravantes para facilitar una aplicación más objetiva de la ley.
El *artículo 142*, sobre *exhibicionismo sexual,* delimita con mayor claridad el tipo penal para evitar interpretaciones indebidas y garantizar una aplicación proporcional de la norma.
El *artículo 144*, relativo al *acoso agravado*, ajusta el régimen sancionador previsto para esa conducta.
Por su parte, los *artículos 214 y 215,* referentes al *abandono de niños, niñas y adolescentes y al abandono agravado,* perfeccionan la redacción de los tipos penales y reorganizan las circunstancias agravantes para fortalecer la protección de la niñez y la adolescencia.
Más precisión y seguridad jurídica
Con el propósito de perfeccionar técnicamente el nuevo Código Penal, la iniciativa propone modificar varias disposiciones que requieren ajustes de redacción o mayor precisión normativa.
El *artículo 141,* relativo al *plazo de prescripción,* corrige la redacción sobre el cómputo de los plazos.
El *artículo 170,* sobre *autosecuestro*, incorpora ajustes de técnica legislativa para una mejor interpretación de la norma.
El *artículo 207,* referente al *perjurio*, adecua el régimen sancionador cuando el perjuicio sea de naturaleza patrimonial.
El *artículo 248,* relativo a la *bancarrota simple*, precisa los presupuestos que configuran la infracción.
Finalmente, el *artículo 354*, sobre *certificación falsa de estado de salud,* introduce mejoras de técnica legislativa para reforzar la claridad y coherencia del texto legal.
Fortalecimiento de la respuesta frente a delitos graves
La propuesta también contempla modificaciones dirigidas a fortalecer la respuesta penal frente a conductas que afectan gravemente a la sociedad.
El *artículo 176*, relativo al *proxenetismo*, adecua la escala de penas aplicables.
El *artículo 303*, referente a la *malversación de fondos públicos,* fortalece el régimen sancionador previsto para este delito, reafirmando el compromiso del Estado con la transparencia y la protección del patrimonio público.
Compromiso de aprobar las modificaciones antes de la entrada en vigor
El presidente del Senado informó que la iniciativa fue remitida a la *Comisión Bicameral que estudia el Proyecto de Ley de modificación del Código Penal de la República Dominicana,* para su estudio, ponderación y presentación del informe correspondiente.
Asimismo, reiteró el compromiso del Congreso Nacional de que las modificaciones propuestas sean conocidas y aprobadas *antes de la entrada en vigor de la Ley núm. 74-25,* garantizando que el país cuente desde el primer día con un Código Penal fortalecido, técnicamente más preciso y enriquecido con los aportes realizados durante el proceso de diálogo y revisión legislativa.
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