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Acroarte pide al TC suspender juramentación de nuevos directivos

El gremio recurrió sentencia que posibilitó el voto de los miembros pasivos en las elecciones en la que resultó electa Emelyn Baldera.
SANTO DOMINGO. La Asociación de Cronistas de Arte (Acroarte) recurrió hoy ante el Tribunal Constitucional la sentencia que habilitó a los miembros pasivos para votar en las elecciones celebradas el 24 del pasado mes en la que resultó electa la periodista Emelyn Baldera y pidió que no sea juramentada por la Junta Electoral.
Así lo establece el abogado de Acroarte, el jurista Cándido Simón quien depositó ayer el recurso que procura la revisión de la sentencia de amparo evacuada el 23 de junio de éste año por la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.
Simón establece en el documento que la disposición del tribunal contraviene jurisprudencia dictadas por el Tribunal Constitucional con relación al funcionamiento de las sociedades privadas sin fines de lucro.
El abogado explicó que el tribunal de Primera Instancia, habría violentado los derechos de los miembros activo, por lo que solicitó al Tribunal Constitucional, como medida cautelar de urgencia la suspensión de la toma de posesión del consejo directivo electo en Santo Domingo, así como en las filiales de Santiago, Nueva York y La Florida hasta tanto no sea conocido el caso.
“En cuanto al fondo, establecer y probar que el amparo no tutela el sufragio en los gremios profesionales, sindicales ni otra suerte de entidad semejante, y por lo tanto, no tutela el sufragio en Acroarte”.
Recurrentes y fundamentos
En representación de Acroarte, sustentan el reclamo el presidente del gremio, periodista Jorge Ramos, así como su secretario general, el también periodista Ulises Jiménez.
“En atención a los artículos 40.9, 69 y 149. III de la Constitución, combinados con el artículo 5 de la Ley 137-11, que establecen el derecho procesal al recurrir como una garantía fundamental de tutela judicial que permite al afectado por una decisión jurisdiccional, acceder al órgano de jerarquía superior par que revise si el tribunal aquo ha incurrido en infracción de las normas constitucionales o violación o afectación de los derechos fundamentales, y una vez establecido esto, restituir al recurrente el derecho conculcado.
Cándido Simón consideró que la jueza itinerante distorsionó la naturaleza y categoría normativa de las resoluciones de la Junta de Elecciones que son directrices normativas “de las elecciones, pero se bastan así mismas como fuente genera, puesto que estas solo se limitaron a implementar la resolución general No.1-2015 del consejo directivo de homologar en el año 2016 por la Asamblea General que si es de aplicación general, la jueza comete un error deliberado al afirmar que la junta de elecciones, en fecha 9 de junio reiteró la prohibición de ejercer el derecho al voto de los miembros pasivos”.
Aseguró que la Junta de Elecciones no le prohibió el derecho a voto a los pasivos, sino que les informó quienes estaban en la categoría de pasivos desde septiembre de 2015 conforme había dispuesto el comité ejecutivo porque los artículos 14 y 15 de los estatutos de Acroarte así lo disponen.
Los pasivos que reclamaron
Entre los periodistas que solicitaron su derecho al voto y que formaban parte del grupo de los pasivos, figuran
José Alberto Peña Cabreja, Ygnario Sesilio Guerrero Tavarez, José Agustín Tavarez Gil, Carmen Zinaida Monserrat Rodríguez Santos, Marín Ramírez Grullón, Máximo Ramón Eurípides Cabral Jiménez, Rubén Benigno José Camilo Rivas, Julio Eduardo Martínez Díaz, Anthony Pérez Díaz, Pedro Morillo, William Radhames Pérez Peña, Guillermo de Jesús Díaz Gómez, Angola Altagracia Genao Rodríguez y Rafael Díaz.
El proceso eleccionario enfrentó a las periodistas Emelyn Baldera y Cristina Liriano.
Fuente: Diario Libre

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El nuevo Código Penal castigaría a policías por revisiones injustificadas y arrestos ilegales

Los agentes policiales estarán sometidos a mano dura por la justicia si se aprueba el proyecto del nuevo Código Penal que cursa en el Congreso.
La iniciativa, que ya ha agotado sus primeros pasos de aprobación en el Senado, impone sanciones contra los oficiales de la Policía Nacional si arrestan a ciudadanos ilegalmente, si revisan vehículos de forma injustificada, si se niegan a la grabación de un apresamiento o si maltratan o torturan a un arrestado.
Las penas, que varían de acuerdo al delito que cometa el agente, buscan evitar los abusos de poder y los maltratos de los policías a los ciudadanos, siempre que se demuestre la ilegalidad en las acciones, según lo que establece el proyecto aprobado en el Senado en primera discusión.
Uno de los aspectos más novedosos del proyecto es la penalización de la revisión injustificada de vehículos de motor.
El artículo 293 sanciona con prisión de quince días a un año a todo agente policial, militar o funcionario que revise un vehículo sin orden judicial, sin causa probable, fuera de las disposiciones que autoriza la ley y en contra de la voluntad del conductor.
Si en la revisión hay uso de fuerza, daños al vehículo o lesiones personales, la pena propuesta aumenta hasta dos años de prisión y una multa de tres a seis salarios mínimos.
La reforma a la legislación traería una novedad al Código Penal vigente en el país, que no sanciona ni castiga las revisiones injustificadas.
Arresto ilegal
El artículo 167 del proyecto castiga con dos a tres años de prisión a los policías que arresten, detengan o encierren a una persona sin que exista un motivo legal, como lo establece el Código Procesal Penal, que solo permite estas detenciones en caso de flagrante delito o por mandato judicial.
La pena propuesta aumenta de 20 a 30 años de cárcel si, durante el arresto, se causa daño se cometen actos de tortura y tratos crueles.
Estas disposiciones refuerzan sanciones que ya están contempladas en el Código Penal vigente.
El artículo 114 actual establece un castigo denominado como «degradación cívica» y también se reconoce el derecho del afectado a reclamar una indemnización.
Impedir grabaciones
El nuevo proyecto también penaliza a los agentes que impidan a los ciudadanos grabar un arresto, un registro o un allanamiento.
El artículo 292 establece una pena de quince días a un año de prisión y multa de una a dos veces el salario del agente.
El proyecto que ya aprobaron los senadores sigue poniendo mano dura a los agentes y en su artículo 291 establece sanciones de hasta un año de prisión a quien niegue a un detenido el derecho de llamar a un familiar, abogado o persona de confianza.
Además, el artículo 173 penaliza con uno a dos años de prisión y destitución del cargo a la autoridad que, tras apresar a un menor, no comunique el hecho en un plazo de dos horas a la familia y al juez competente.
Ambas disposiciones no tienen una sanción específica actual en el Código Penal actual, aunque la Ley 136-03 sobre Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el Código Procesal Penal contienen mandatos sobre el trato adecuado a menores y personas detenidas.
Otros cambios
La iniciativa del Código Penal que estudió una comisión congresual también introduce cambios en el delito de la violación sexual, para la que se aumentan las penas máximas de 15 a 20 años de prisión y se incluyen agravantes que aumentarían la sanción si la infracción se comete contra los niños o si la víctima muere en el acto.
Además, la pieza aprobada contempla todo un capítulo para la corrupción administrativa con prisión que llega hasta los 20 años, a diferencia de la legislación vigente que no castiga meramente la corrupción, sino que impone sanciones por soborno o concusión, con penas que solo alcanzan los 10 años de cárcel.
Asimismo, el código vigente establece que la pena máxima para cualquier delito es de 30 años de cárcel, pero la nueva pieza que se mueve en el Congreso aumenta la sanción máxima a 40 años, con cúmulos de penas que pueden llegar hasta los 60 años.
Los acuerdos sostenidos en el Congreso también permitieron que se incluya el feminicidio como un delito.
El actual Código Penal que se usa en el país no condena los feminicidios, pero el nuevo proyecto congresual lo incluye con consecuencias de hasta 40 años de cárcel.
De acuerdo con el informe, el nuevo Código Penal incluirá la sanción de nuevos delitos como el sicariato, el genocidio, el hostigamiento, la actividad sexual no consentida, el daño con sustancias nocivas, la sobrevaluación de obras, la tortura, el arresto ilegal, la corrupción administrativa, infracciones por medios digitales, negocios piramidales y el bullying.
Tras una aprobación en primera lectura en el Senado, el proyecto de ley orgánica del Código Penal ahora queda pendiente para una segunda discusión.
Luego irá a la Cámara de Diputados para el mismo proceso y posteriormente se enviará al Poder Ejecutivo para su promulgación.
FUENTE: Diario Libre
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El Metro de SD suspende servicio desde hoy en estas cinco estaciones

Desde de este miércoles 16 hasta el domingo 20 de julio estará suspendido el servicio de cinco estaciones del Metro de Santo Domingo, según informó la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (OPRET).
Las estaciones están comprendidas entre la Mamá Tingó hasta la Hermanas Mirabal, en Villa Mella.
La institución detalló que del miércoles 16 al viernes 18 de julio, el servicio permanecerá interrumpido entre las estaciones José Francisco Peña Gómez, ubicada en el sector Los Guaricanos y Mamá Tingó, en Villa Mella. Mientras que el sábado 19 y el domingo 20, la suspensión abarcará el tramo comprendido entre las estaciones Hermanas Mirabal, cercana al Parque Mirador Norte, y Mamá Tingó.
Esta suspensión es debida a los trabajos finales para ampliar la capacidad de la Línea 1 del Metro de Santo Domingo y permitir la circulación de trenes de seis vagones.
Para garantizar la movilidad de los usuarios, la OPRET detalló que contará con el apoyo de la Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) para ofrecer unidades gratuitas cubriendo el trayecto entre Mamá Tingó y Hermanas Mirabal, en ambos sentidos.
Asimismo, la institución agregó que durante la suspensión, las estaciones afectadas permanecerán abiertas para la venta y recarga de tarjetas, a fin de evitar acumulaciones y largas filas una vez reanudado el servicio.
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