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Indotel rechaza solicitud fusión de Orange y Tricom

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El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) objetó la solicitud de Altice Hispaniola, S.A. (Orange) y Tricom, S.A. de fusionarse en una sola entidad, y declaró que dicha operación de fusión generaría una concentración económica excesiva tanto de participación de mercado como de frecuencias en uso del espectro radioeléctrico.

El Indotel determinó que, de aprobarse la fusión, ALTICE estaría en la capacidad de afectar sustancialmente el mercado dominicano de las telecomunicaciones, ya que la difícil replicabilidad de sus servicios generaría un desplazamiento de los competidores en el corto plazo, quienes no podrán contrarrestar el poder que generaría dicha concentración económica.

La decisión fue tomada mediante la Resolución DE-031-17, suscrita por Katrina Naut, Directora Ejecutiva del INDOTEL, en respuesta a la solicitud presentada el 30 de diciembre de 2016 por ORANGE para realizar una operación de fusión por absorción mediante la cual Tricom, S.A. sería absorbida por Altice Hispaniola, S.A.

En 2013, el Grupo Altice adquirió tanto a Orange Dominicana, S.A. como a Tricom, S.A., ambas prestadoras de servicios de telecomunicaciones en República Dominicana, con el objetivo de fusionarlas bajo la marca ALTICE.

La Dirección Ejecutiva de INDOTEL, luego de evaluar los estudios presentados por la Gerencia de Regulación y Defensa de la Competencia, entendió que la fusión de Orange y Tricom constituye “una concentración económica con la posibilidad de modificar la estructura y funcionamiento de los mercados del sector de las telecomunicaciones”, por lo que dicha operación de fusión violaría los principios de libre competencia establecidos en la Constitución, la Ley General de Telecomunicaciones No.153-98 y el Reglamento de Libre y Leal Competencia para el Sector de las Telecomunicaciones.

La Resolución señala que “la tenencia de insumos claves por parte de ORANGE y TRICOM, como es la asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico sobre segmentos específicos (…) provoca que este grupo económico cuente con ventajas de costos de carácter absoluto y se instituye en una verdadera barrera a la entrada.” Igualmente, sustenta su objeción en sus preocupaciones respecto a que el mercado dominicano de telefonía e internet se ha convertido “prácticamente en un duopolio”, así como también en la posible repercusión negativa de la fusión en la interconexión y en el uso del espectro radioeléctrico, los cuales identifica como los insumos esenciales para la prestación de servicios en el mercado de la telefonía.

Respecto a la creciente concentración del mercado dominicano de las telecomunicaciones, INDOTEL señala con preocupación el hecho de que “dos empresas, CLARO y ORANGE, concentran aproximadamente el 94% del mercado.

CLARO por sí sola supera el 50%. La transacción bajo examen, de concretarse, implicaría el control por parte de ORANGE sobre TRICOM. Esto significaría que ALTICE tendría una participación consolidada en el mercado de un 43% aproximadamente, con lo que se aumentaría la concentración de mercado, que de por sí es muy concentrado”.

La resolución señala que de aceptarse la fusión de Orange y Tricom, ALTICE obtendría un 54% del espectro en uso para servicios móviles (rango entre 800MHz y 2200MHz) y un 72% de los bloques asignados en bandas bajas (850MHz y 900MHz), lo cual indica “ciertamente un nivel de concentración de los recursos escasos propiedad y patrimonio del Estado dominicano en manos de un concesionario”.

De la misma manera, INDOTEL señala que la fusión traería como consecuencia un aumento indeseable en el índice de concentración en el mercado de las telecomunicaciones (IHH) de un 15.85%, al compararlo con el año 2016.

La Resolución DE-032-17 recomienda al Consejo Directo de INDOTEL la adopción de medidas correctivas en contra de ALTICE, a los fines de evitar las lesiones a la libre competencia. Las medidas a imponer recaerían sobre la excesiva concentración de espectro del Grupo Altice y sobre los cargos de interconexión que presentó Orange en su Oferta de Interconexión de Referencia (OIR).

Facultades del Indotel
De conformidad los artículos 5 y 14 del Reglamento de Libre y Leal Competencia para el Sector de las Telecomunicaciones, el INDOTEL puede objetar aquellas operaciones de concentración económica que tengan como efecto disminuir, restringir, dañas o impedir la libre competencia en el sector, incluidas las que impliquen operaciones de concentración económica.

PERIODISTA/ PUBLICISTA

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Lanzan cadáver de un hombre desde una motocicleta en marcha en Santiago

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Un hombre, aún no identificado, fue ultimado a tiros y posteriormente lanzado desde una motocicleta en marcha, en un hecho ocurrido la mañana de este jueves en el sector Don Pedro, en Santiago.

De acuerdo con versiones ofrecidas por residentes de la zona, la víctima habría sido baleada en un presunto punto de venta de drogas y luego trasladada en una motocicleta, desde la cual su cuerpo fue arrojado a plena vía pública.

El cadáver presenta múltiples heridas de bala en distintas partes del cuerpo, según las informaciones preliminares.

De acuerdo a Maricela De La Cruz, el hecho ha causado consternación entre los comunitarios, mientras agentes de la Policía Nacional y miembros del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF) acudieron al lugar para realizar el levantamiento del cuerpo e iniciar las investigaciones correspondientes.

Hasta el momento, las autoridades no han ofrecido detalles sobre los responsables del crimen ni las circunstancias exactas en que ocurrió el hecho.

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Imponen tres meses de prisión preventiva a fiscal Aurelio Valdez Alcántara

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La jueza de instrucción especial, Isis Muñiz, impuso tres meses de prisión preventiva al fiscal Aurelio Valdez Alcántara, acusado de recibir un soborno de 10 mil dólares por parte de un testigo del caso del Servicio Nacional de Salud (Senasa).

La magistrada tomó la decisión tras una audiencia de más de diez horas en la que rechazó varios incidentes de la defensa.

La jueza dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, tras acoger un pedimento de manera parcial presentado por el titular de la Dirección de Persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho y el fiscal Andrés Mena.

Asimismo, la jueza, quien preside la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, fijó para el próximo 29 de julio la revisión obligatoria de la medida en contra del fiscal, quien se encuentra adscrito a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

Se recuerda que la jueza había sido recusada por la defensa del imputado, pero el pleno de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, la rechazó, luego de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia, se declarara su incompetencia para conocer dicha recusación.

Incidentes planteados por la defensa
Entre los incidentes presentados por los abogados del imputado, los doctores Albert Delgado y Valentín Medrano, se encontraba la solicitud de apartar al procurador adjunto Wilson Camacho del conocimiento de la medida de coerción.

También requirieron la nulidad de la investigación realizada por Camacho y por la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso.

La defensa alegó que la solicitud de medida de coerción debía estar firmada por el procurador de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, José del Carmen Sepúlveda, quien, de acuerdo con sus argumentos, es la autoridad con jurisdicción para el caso.

Otro de los pedimentos rechazados por la jueza fue el de permitir el acceso de los medios de comunicación a la sala de audiencias durante el conocimiento de la medida, bajo el argumento de la defensa de que el proceso debía ser público.

El caso
El fiscal Valdez Alcántara es señalado por el Ministerio Público de haber recibido dinero en efectivo al testigo Roberto Canaán, uno de los principales mencionados en el caso de corrupción del Seguro Nacional de Salud.

Dada la gravedad de los hechos y la investidura del imputado, el órgano persecutor había solicitado originalmente un año de prisión preventiva.

El Ministerio Público sostiene que existe un alto riesgo de que el procesado pueda influir u obstaculizar el curso de las investigaciones aprovechando su posición y relaciones dentro del sistema de justicia.

Vía Listín Diario

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