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Indotel rechaza solicitud fusión de Orange y Tricom

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El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) objetó la solicitud de Altice Hispaniola, S.A. (Orange) y Tricom, S.A. de fusionarse en una sola entidad, y declaró que dicha operación de fusión generaría una concentración económica excesiva tanto de participación de mercado como de frecuencias en uso del espectro radioeléctrico.

El Indotel determinó que, de aprobarse la fusión, ALTICE estaría en la capacidad de afectar sustancialmente el mercado dominicano de las telecomunicaciones, ya que la difícil replicabilidad de sus servicios generaría un desplazamiento de los competidores en el corto plazo, quienes no podrán contrarrestar el poder que generaría dicha concentración económica.

La decisión fue tomada mediante la Resolución DE-031-17, suscrita por Katrina Naut, Directora Ejecutiva del INDOTEL, en respuesta a la solicitud presentada el 30 de diciembre de 2016 por ORANGE para realizar una operación de fusión por absorción mediante la cual Tricom, S.A. sería absorbida por Altice Hispaniola, S.A.

En 2013, el Grupo Altice adquirió tanto a Orange Dominicana, S.A. como a Tricom, S.A., ambas prestadoras de servicios de telecomunicaciones en República Dominicana, con el objetivo de fusionarlas bajo la marca ALTICE.

La Dirección Ejecutiva de INDOTEL, luego de evaluar los estudios presentados por la Gerencia de Regulación y Defensa de la Competencia, entendió que la fusión de Orange y Tricom constituye “una concentración económica con la posibilidad de modificar la estructura y funcionamiento de los mercados del sector de las telecomunicaciones”, por lo que dicha operación de fusión violaría los principios de libre competencia establecidos en la Constitución, la Ley General de Telecomunicaciones No.153-98 y el Reglamento de Libre y Leal Competencia para el Sector de las Telecomunicaciones.

La Resolución señala que “la tenencia de insumos claves por parte de ORANGE y TRICOM, como es la asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico sobre segmentos específicos (…) provoca que este grupo económico cuente con ventajas de costos de carácter absoluto y se instituye en una verdadera barrera a la entrada.” Igualmente, sustenta su objeción en sus preocupaciones respecto a que el mercado dominicano de telefonía e internet se ha convertido “prácticamente en un duopolio”, así como también en la posible repercusión negativa de la fusión en la interconexión y en el uso del espectro radioeléctrico, los cuales identifica como los insumos esenciales para la prestación de servicios en el mercado de la telefonía.

Respecto a la creciente concentración del mercado dominicano de las telecomunicaciones, INDOTEL señala con preocupación el hecho de que “dos empresas, CLARO y ORANGE, concentran aproximadamente el 94% del mercado.

CLARO por sí sola supera el 50%. La transacción bajo examen, de concretarse, implicaría el control por parte de ORANGE sobre TRICOM. Esto significaría que ALTICE tendría una participación consolidada en el mercado de un 43% aproximadamente, con lo que se aumentaría la concentración de mercado, que de por sí es muy concentrado”.

La resolución señala que de aceptarse la fusión de Orange y Tricom, ALTICE obtendría un 54% del espectro en uso para servicios móviles (rango entre 800MHz y 2200MHz) y un 72% de los bloques asignados en bandas bajas (850MHz y 900MHz), lo cual indica “ciertamente un nivel de concentración de los recursos escasos propiedad y patrimonio del Estado dominicano en manos de un concesionario”.

De la misma manera, INDOTEL señala que la fusión traería como consecuencia un aumento indeseable en el índice de concentración en el mercado de las telecomunicaciones (IHH) de un 15.85%, al compararlo con el año 2016.

La Resolución DE-032-17 recomienda al Consejo Directo de INDOTEL la adopción de medidas correctivas en contra de ALTICE, a los fines de evitar las lesiones a la libre competencia. Las medidas a imponer recaerían sobre la excesiva concentración de espectro del Grupo Altice y sobre los cargos de interconexión que presentó Orange en su Oferta de Interconexión de Referencia (OIR).

Facultades del Indotel
De conformidad los artículos 5 y 14 del Reglamento de Libre y Leal Competencia para el Sector de las Telecomunicaciones, el INDOTEL puede objetar aquellas operaciones de concentración económica que tengan como efecto disminuir, restringir, dañas o impedir la libre competencia en el sector, incluidas las que impliquen operaciones de concentración económica.

PERIODISTA/ PUBLICISTA

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Desalojan vendedores de la parada del kilómetro 9 de la Autopista Duarte

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El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) realizó un desalojo la mañana de este jueves a vendedores ubicados en el kilómetro 9 de la Autopista Duarte.

En el lugar hay varias maquinarias y personal de la institución en las labores de remoción de los comercios ambulantes ubicados en las aceras y avenida.

El desalojo, según las autoridades, se debe a la remodelación del lugar y los vendedores habían sido notificados con antelación.

Asimismo, según informó Salutiano Pichardo, abogado del departamento de avalúo, de los 24 vendedores del área solo faltan 4 por el pago de la indemnización.

Sin embargo, en el lugar aquellos que sostienen que no han recibido la indemnización y que tampoco les han brindado información sobre esta se mantienen en el lugar esperando respuestas.

«Llegaron, nos rompieron las mesas y no nos dan respuestas», manifestó Ramón Ortega, quien tenía un puesto de venta de accesorios telefónicos en la parada.

Al igual que Ortega, los demás vendedores arrastran las mesas que hasta el momento del desalojo utilizaban para sus negocios para evitar que los agentes se las retengan.

En este lugar funciona una parada de autobuses que tienen como destino la región norte del país y es donde el Gobierno ejecuta un plan de ampliación de vías para facilitar el ingreso y a la salida a la capital dominicana.

Vía Listín Diario

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Minerd: 32 profesores fueron desvinculados y suspendidos por acoso sexual en el año escolar 2023-2024

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El Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) desvinculó a ocho docentes y mantiene a 24 suspendidos «por acoso sexual» en el desempeño de sus funciones en las escuelas durante el pasado año escolar 2023-2024, conforme a reporte de esta entidad emitido este domingo.

Según los registros de la División de Resolución de Conflictos Laborales de la Dirección General de Gestión Humana del Minerd, el mayor número de casos se produjo en el Distrito Nacional, Regional 15, con ocho; en Cotuí, Regional 16, con cinco; en La Vega, Regional 06, con y en Santiago, Regional 08, con 4.

Los nombres de los profesores no fueron suministrados por Educación.

De acuerdo a una nota de prensa del Minerd, de los 32 docentes separados de las escuelas públicas por acoso sexual, «ocho fueron desvinculados debido a la gravedad de las acusaciones y los 24 restantes están suspendidos sin disfrute de sueldo mientras culmina la investigación. Actualmente, hay seis profesores sometidos a la acción de la justicia».

El Minerd dijo que esta medida es parte de su compromiso fundamental de propiciar un entorno seguro para los estudiantes y sancionar las acciones indebidas en la comunidad educativa.

Las desvinculaciones y suspensiones se produjeron luego de que el Minerd comprobara que los maestros transgredieron el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente y administrativo con los estudiantes del Sistema de Educación Preuniversitario», refiere el documento.

Violaron Código de Ética
Aprobado a través de la Orden Departamental No. 13-2023, el Código de Ética establece que las relaciones del personal de la escuela con los estudiantes deben ser académica y de servicio formativo, al tiempo que prohíbe toda relación que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los estudiantes.

Las medidas también dan cumplimiento al artículo 84 de la Ley 41-08 numerales 4,14,17 y 20 de Función Pública, que establece que este tipo de actos constituye una falta de tercer grado, cuya comisión dará lugar a la destitución del cargo.

«Otras faltas en las que incurrieron por su conducta inapropiada están vinculadas a incumplimientos a la Ley General de Educación 66-97, el Estatuto Docente y la Constitución de la República en sus artículos 44 y 56 sobre derecho a la intimidad y el honor de la persona, así como a la protección de las personas menores de edad, respectivamente», estableció el Minerd.

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