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Indotel rechaza solicitud fusión de Orange y Tricom

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El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) objetó la solicitud de Altice Hispaniola, S.A. (Orange) y Tricom, S.A. de fusionarse en una sola entidad, y declaró que dicha operación de fusión generaría una concentración económica excesiva tanto de participación de mercado como de frecuencias en uso del espectro radioeléctrico.

El Indotel determinó que, de aprobarse la fusión, ALTICE estaría en la capacidad de afectar sustancialmente el mercado dominicano de las telecomunicaciones, ya que la difícil replicabilidad de sus servicios generaría un desplazamiento de los competidores en el corto plazo, quienes no podrán contrarrestar el poder que generaría dicha concentración económica.

La decisión fue tomada mediante la Resolución DE-031-17, suscrita por Katrina Naut, Directora Ejecutiva del INDOTEL, en respuesta a la solicitud presentada el 30 de diciembre de 2016 por ORANGE para realizar una operación de fusión por absorción mediante la cual Tricom, S.A. sería absorbida por Altice Hispaniola, S.A.

En 2013, el Grupo Altice adquirió tanto a Orange Dominicana, S.A. como a Tricom, S.A., ambas prestadoras de servicios de telecomunicaciones en República Dominicana, con el objetivo de fusionarlas bajo la marca ALTICE.

La Dirección Ejecutiva de INDOTEL, luego de evaluar los estudios presentados por la Gerencia de Regulación y Defensa de la Competencia, entendió que la fusión de Orange y Tricom constituye “una concentración económica con la posibilidad de modificar la estructura y funcionamiento de los mercados del sector de las telecomunicaciones”, por lo que dicha operación de fusión violaría los principios de libre competencia establecidos en la Constitución, la Ley General de Telecomunicaciones No.153-98 y el Reglamento de Libre y Leal Competencia para el Sector de las Telecomunicaciones.

La Resolución señala que “la tenencia de insumos claves por parte de ORANGE y TRICOM, como es la asignación de frecuencias del espectro radioeléctrico sobre segmentos específicos (…) provoca que este grupo económico cuente con ventajas de costos de carácter absoluto y se instituye en una verdadera barrera a la entrada.” Igualmente, sustenta su objeción en sus preocupaciones respecto a que el mercado dominicano de telefonía e internet se ha convertido “prácticamente en un duopolio”, así como también en la posible repercusión negativa de la fusión en la interconexión y en el uso del espectro radioeléctrico, los cuales identifica como los insumos esenciales para la prestación de servicios en el mercado de la telefonía.

Respecto a la creciente concentración del mercado dominicano de las telecomunicaciones, INDOTEL señala con preocupación el hecho de que “dos empresas, CLARO y ORANGE, concentran aproximadamente el 94% del mercado.

CLARO por sí sola supera el 50%. La transacción bajo examen, de concretarse, implicaría el control por parte de ORANGE sobre TRICOM. Esto significaría que ALTICE tendría una participación consolidada en el mercado de un 43% aproximadamente, con lo que se aumentaría la concentración de mercado, que de por sí es muy concentrado”.

La resolución señala que de aceptarse la fusión de Orange y Tricom, ALTICE obtendría un 54% del espectro en uso para servicios móviles (rango entre 800MHz y 2200MHz) y un 72% de los bloques asignados en bandas bajas (850MHz y 900MHz), lo cual indica “ciertamente un nivel de concentración de los recursos escasos propiedad y patrimonio del Estado dominicano en manos de un concesionario”.

De la misma manera, INDOTEL señala que la fusión traería como consecuencia un aumento indeseable en el índice de concentración en el mercado de las telecomunicaciones (IHH) de un 15.85%, al compararlo con el año 2016.

La Resolución DE-032-17 recomienda al Consejo Directo de INDOTEL la adopción de medidas correctivas en contra de ALTICE, a los fines de evitar las lesiones a la libre competencia. Las medidas a imponer recaerían sobre la excesiva concentración de espectro del Grupo Altice y sobre los cargos de interconexión que presentó Orange en su Oferta de Interconexión de Referencia (OIR).

Facultades del Indotel
De conformidad los artículos 5 y 14 del Reglamento de Libre y Leal Competencia para el Sector de las Telecomunicaciones, el INDOTEL puede objetar aquellas operaciones de concentración económica que tengan como efecto disminuir, restringir, dañas o impedir la libre competencia en el sector, incluidas las que impliquen operaciones de concentración económica.

PERIODISTA/ PUBLICISTA

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Condenan a 15 años de prisión a “El Dotolcito”; le cantan 30 años a “Chiquito” y 20 a “Luisito”

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El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional impuso una condena de 15 años de prisión a Wesly Vincent Carmona, “El Dotolcito”, hijo del comunicador Vincent Carmona (Dotolcito) por robo agravado contra varias personas a las afueras de una discoteca del Distrito Nacional, en un hecho en el que murió el joven Joshua Fernández.

Las juezas Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo impusieron una condena de 30 años de prisión a Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito), quien fue señalado como la persona que realizó el disparo que terminó con la vida del joven Fernández.

Mientras Luis Brito Tronocoso (Luisito) fue condenado a 20 años de prisión por robo agravado y porte de arma ilegal.

La madre de Joshua Fernández, Bertina Decena, se mostró conforme con la sentencia emitida por las tres juezas antes mencionadas del tribunal.

En días pasados, el Ministerio Público logró la variación de la calificación jurídica a los imputados por la muerte de Joshua Omar Fernández, al Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional acoger la variación del párrafo V por II del artículo 66 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas.

Dentro de las pruebas presentadas por el ingeniero Eddy Ogando Lorenzo figura una conversación que habría sostenido el imputado Wesly Vicent Carmona (El Dotolcito) con el taxista.

Además, presentaron evidencias, el sargento mayor Ronny Seberino Carmona y el mayor Carlos José Gómez.

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«Chiquito», en caso Joshua y el Dotolcito: Que se nos juzgue por lo que uno cometió, que fue un rob9

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Alison de Jesús Pérez Mejía, alias Chiquito, implicado en la muerte del joven Joshua Fernández, pidió este martes que se le juzgue por el delito que entiende que cometió el pasado 19 de abril del 2023, que según su testimonio se trató de un robo, no un asesinato.

«Yo le pido a ustedes que se me haga justicia por lo que nosotros cometimos, que fue un asalto, no hagan justicia por algo que uno no haya cometido», expresó el implicado durante el juicio de fondo que se sigue por la muerte del joven Fernández.

Aprovechó el escenario para expresar sus disculpas a la madre del fenecido joven que salió al centro nocturno Kiss Bar para celebrar su cumpleaños número 19.

Alison de Jesús Pérez Mejía, alias Chiquito, implicado en la muerte del joven Joshua Fernández, pidió este martes que se le juzgue por el delito que entiende que cometió el pasado 19 de abril del 2023, que según su testimonio se trató de un robo, no un asesinato.VIDEO
Declaraciones de «Chiquito», : Que se nos juzgue por lo que uno cometió, que fue un robo

«Yo le pido perdón a la mamá de Joshua porque yo sé que ella está adolorida», dijo Chiquito en sus palabras finales en el juicio.

Pérez Mejía hizo las declaraciones a raíz de que el «El Dotolcito» reiteró, este lunes, sus alegatos de inocencia ante el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, manifestando que no puede ser líder de una banda criminal como lo quiere «pintar» el Ministerio Público porque no tenía necesidad de robar.

«Yo creo que por la presión social no quieran hacernos justicia por algo que uno no cometió. Si se nos va a juzgar, que se nos juzgue por lo que uno cometió, que fue ese robo», reiteró el imputado.

RESERVAN AUDIENCIA

La noche de este martes el tribunal decidió reservarse el fallo en el caso de Joshua Fernández y lo programó para este miércoles a las 4:00 p.m. Ahí se conocerá la sentencia contra los acusados.

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