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Van Troy Suazo iba a ganar RD$200 mil en el ministerio de la Juventud

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Un chofer, un asistente, una secretaria y un sueldo de 200,000 pesos son algunos de los privilegios que tiene el ser designado como viceministro de la Juventud.

Y estos son parte de los privilegios que perdió Van Troy Suazo, quien cumple prisión preventiva en la cárcel pública de Baní por agredir a su esposa Emadin Guaba.

Van Troy Suazo fue designado anoche como viceministro de la Juventud, pero por su calidad de apresado esta mañana fue derogada su designación con nuevo decreto presidencial.

El ministerio de la Juventud posee seis viceministros, entre los que se encuentra el de Políticas Públicas, Planificación y Desarrollo, Emprendedurismo y Extensión Regional.

Las posiciones de viceministro son designadas por decreto presidencial y cuentan con por lo menos tres empleados con sueldos que van desde 20,000 hasta 65,000, dependiendo del puesto y la responsabilidad, según la nómina actualizada a enero de 2018, de la Dirección de Recursos Humanos de la institución.

Van Troy Suazo tiene un mes en prisión y está pendiente de una revisión de la medida de coerción para ver si el tribunal se la varía.

Esta tarde el presidente Danilo Medina dijo que no sabía la condición de recluso del nombrado como viceministro en la Juventud, en momentos en que los reporteros de medios de comunicación le cuestionaron la designación.

Hoy Medina juramentó a los nuevos funcionarios, nombrados en varios decretos emitidos la noche de ayer lunes 19 de febrero.

Fuente: Listín Diario

PERIODISTA/ PUBLICISTA

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Dictan tres meses de prisión preventiva a hombre y mujer planificaban captar niñas para abusarlas sexualmente en Santiago

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Al acoger la solicitud del Ministerio Público, una jueza de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra un hombre y una mujer que planificaban captar niñas para abusarlas sexualmente.

Los imputados Alexander Ramón Peña Henríquez y Luisa Stfrent, de nacionalidad haitiana, son imputados de violar la Ley sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).

La medida fue impuesta debido a la amenaza colectiva que representan para la población de niños, niñas y adolescentes, por cuanto planificaban y coordinaban captar menores de edad a los fines del hombre obtener gratificación sexual y sostener relaciones sexuales con estos menores de edad, y la mujer obtener valores económicos.

El escenario que dio lugar al arresto y posterior judicialización de los imputados se originó en un video, difundido a través de plataformas y redes sociales, donde Peña Henríquez ofrecía una cantidad de dinero de entre RD$15,000 a RD$20,000 pesos, para que Stfrent, quien se dedica a captar personas adultas y menores de edad, para ofrecer servicios sexuales a cambio de pagos en las provincias La Vega y Santiago, le ubicara y cediera menores de edad, a fin de abusarlas sexualmente.

En la audiencia de medidas de coerción, las fiscales María Dolores Rojas, Martha González y Wendy Sánchez, presentaron a la jueza Iris Sugelly Borgen Santana, las evidencias de que existe un latente peligro y amenaza contra esta población vulnerable, por cuanto se debía imponer la prisión preventiva, al ser considerada la medida idónea para proteger a las potenciales víctimas y permitir la continuidad del proceso.

Además de imponer la medida solicitada por el órgano acusador, el tribunal también autorizó la extracción de información que pueda resultar de interés para la investigación, del teléfono celular que le fue ocupado a la imputada.

Peña Henríquez, dominicano, y Stfrent, de nacionalidad haitiana, fueron arrestados mediante las órdenes tramitadas ante el tribunal competente 2025-AJ0071635 y 2025-AJ0071634.

De manera provisional, la Fiscalía de Santiago ha imputado contra los procesados la violación a los artículos 1, 3, y 5 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, principios V, VI y VII y el artículo 14 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03), que tipifican la captación de menores de edad a los fines de gratificación y obtención de favores sexuales y por violación a los derechos de la imagen, intimidad, honor y dignidad de las personas menores de edad, en perjuicio de la sociedad y el Estado dominicano.

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Le cantan tres meses de prisión preventiva a acusado de herir de bala a una niña en Capotillo

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El joven John Lariel Báez Álvarez (John 42), cumplirá tres meses de prisión preventiva tras ser imputado por herir de bala a una niña de nueve años de edad en el sector Capotillo, del Distrito Nacional,

El juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, ordenó este miércoles que Báez Álvarez cumpla la medida cautelar en el Centro de Corrección y Rehabilitación La Victoria.

De acuerdo con la solicitud de medida presentada por el Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios) del Distrito Nacional, el hecho ocurrió alrededor de las 6:00 de la tarde, del pasado 29 de octubre, en la calle Respaldo 16, esquina calle 42, del referido sector.

Según la investigación, el implicado realizó un disparo que impactó en la espalda a la niña y le provocó una lesión medular que la dejó sin movilidad en las piernas.

Reseña El Nuevo Diario que las pesquisas del Ministerio Público indican que el incidente se originó a raíz de una discusión tras una apuesta entre el padre del imputado, Juan Pablo Báez (Juan Pablo Sport) y los nombrados Jimmy, Panchito y Enyer. Luego de perder la apuesta, estos últimos se marcharon molestos y regresaron momentos después, incluso portando un cuchillo, como quedó captado en un video.

Durante el altercado, Juan Pablo Báez tomó un machete tipo mocha, mientras que su hijo, el imputado John Lariel Báez Álvarez, subió al segundo nivel de su vivienda, tomó un arma de fuego y disparó en dirección a los jóvenes. El proyectil impactó a la niña, quien se encontraba en las inmediaciones del lugar.

La víctima fue trasladada de inmediato a un centro de salud, donde fue atendida por las heridas que le ocasionaron graves daños en la médula espinal, conforme al certificado médico emitido por Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif).

Posteriormente, el señor Juan Pablo Báez entregó a las autoridades el arma de fuego, tipo pistola, marca Super, calibre 9mm, serie Núm. AB 34061, utilizada por el imputado durante el hecho.

El imputado Báez Álvarez fue arrestado el 30 de octubre de 2025, en virtud de una orden judicial, luego de haberse presentado voluntariamente ante las autoridades.

La Fiscalía del Distrito Nacional solicitó la imposición de prisión preventiva, al considerar que se trata de un hecho grave y que el imputado evidencia un peligro de fuga que amenaza asegurar su presencia en el proceso judicial.

El órgano acusador ha calificado provisionalmente los hechos como violación a los artículos 295, 297 y 304 del Código Penal Dominicano, que tipifican y sancionan la tentativa de homicidio, así como la violación a la Ley 631-16 sobre Armas, Municiones y Materiales Relacionados, por la portación y uso ilegal de arma de fuego.

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