Opinion
Beneficios del acuerdo con la firma Odebrecht
Los frutos del acuerdo de colaboración suscrito entre la Procuraduría General de la República y Odebrecht en marzo de 2017, quedan evidenciados en el expediente acusatorio contra los imputados en la red de corrupción que ha sido llevado ante la Justicia dominicana.
En total, el Ministerio Público está aportando más de 800 páginas de evidencias, debidamente traducidas, entregadas exclusivamente por Odebrecht en virtud del acuerdo de colaboración, que ha sido clave en el proceso y que ha servido de punto de partida para muchas otras de las investigaciones realizadas aquí por los fiscales encargados por la Procuraduría General de estructurar el expediente.
Revisando el voluminoso y sustancioso expediente, se establecen una serie de puntos trascendentes: que además de las pruebas documentales, el Ministerio Público tiene previsto presentar como testigos a varios ejecutivos de la constructora brasileña, a fin de acreditar en audiencia las informaciones entregadas por la empresa en cumplimiento del acuerdo de colaboración, con cuyos testimonios se pretende demostrar las ‘circunstancias y hechos sobre esta acusación que sean de conocimiento’ de dichos ejecutivos.
Por ello, revisando la sección sobre ‘descripción y ofrecimiento de los elementos de pruebas’ que fundamentan la acusación contra los imputados, es fácil establecer que los documentos aportados por Odebrecht jugarán un papel protagónico durante la audiencia preliminar y el juicio de fondo, como lo hicieron a lo largo del proceso de investigación del escándalo, debido a la coherencia de las denominadas ‘delaciones premiadas’ y un volumen importante de documentos y comunicaciones que datan desde principios del 2017, poco después de que estallara el escándalo.
Es trascendente, según se desprende de la lectura del expediente, el relato de Marco Vasconcelos Cruz –el delator principal de los hechos ocurridos en República Dominicanaó ya que en sus ‘delaciones premiadas’ se nombraran políticos, empresarios, abogados y funcionarios públicos vinculados a la constructora durante su período de actuación en el país, como también la relación de transferencias, contratos ficticios, presentados en las acusaciones, principalmente contra Angel Rondón y el abogado Conrado Pittaluga, considerados entre los principales imputados del escándalo.
Y sale a relucir un documento de cuatro dossiers de informaciones, común a todos los imputados, con lo que tratarán de demostrar las ‘transferencias de dinero provenientes de sociedades ‘offshore’ relacionadas a Odebrecth, a través de cuentas de bancos nacionales e internacionales a beneficio de las empresas que conformaron su entramado societario a favor de los imputados, empresas vinculadas y allegados’, citándose el Meinl Bank, de Antigua, así como otras empresas ‘offshores’ vinculadas a la red de sobornos: Constructora Internacional del Sur, Innovation Research Engineering and Development Ltd, Kleinfeld Services Ltd, Trident Inter Trading Ltd. y Fasttracker Global Trading Ltd, nombres que han resonado en las investigaciones por corrupción que países como Panamá llevan sobre el caso Odebrecht. . La aparición de los nombres de Rondón y Pittaluga en esos documentos lo ‘tipifica’ como una de las ‘piezas clave’ del expediente.
La empresa constructora entregó, asimismo, informaciones contundentes que explican el esquema de corrupción utilizado para realizar pagos indebidos. Incluye una certificación que revela la identidad de los usuarios del sistema de comunicación Drousys, utilizado por la ‘División de Operaciones Estructuradas’, que operó en el país y que servía para coordinar las transferencias de los sobornos. Y aportó también a los fiscales certificaciones adicionales de las transacciones y operaciones realizadas por la constructora a favor de diversas compañías, tales como Arma y Roymar.
Mucha gente quiere más imputados. Otros consideran que el trabajo realizado por la Procuraduría es satisfactorio. No faltan los que consideran que el tema es más político que jurídico y hay quienes se quejan de los vínculos de los siete que, finalmente, resultaron encartados en el voluminoso expediente presentado la semana pasada ante la Suprema Corte de Justicia.
La generalidad de la sociedad pensante y no tan contaminada con el torrente de información –oficiales, interesadas, distorsionadas, sensacionalistas– que han girado en torno a este episodio sin precedentes, dan un voto de confianza al Ministerio Público, encarnado por la Procuraduría General de la República, y a la Justicia ante al gran reto que tienen en la lucha contra la corrupción.
Y revela el volumen del expediente que, definitivamente, el acuerdo de cooperación logrado por las autoridades judiciales con Odebrecht en marzo del 2017 fue una acción acertada que, por demás, cobró los 92 millones de dólares que admitió la constructora haber invertido en pagos de sobornos y, adicionalmente, se logró que pagara el duplo, o sea otros 92 millones de dólares de multa por el delito cometido y aceptado.
Ha quedado claramente demostrado, entiendo, que en la conformación de este delicado y ruidoso expediente primó el interés de hacer justicia, por lo que quien no está no está y quien debe estar, está, según las pruebas, la documentación recopilada por los fiscales de la Procuraduría. No hay signos de vendettas ni de aceptación, por temor, de llenar páginas con nombres sonoros, contra quienes no se puede probar participación delictiva, aunque la calle, la bullanguería los señale, muchas veces más por un dejo de hacer maldad que por el interés de hacer justicia.
Concluyo en el entendido de que, muy contrario a lo que cacarean y pretenden hacer creer políticos y vocingleros, se ha dado un paso importante, sin precedentes, trascendente en la demandada persecución y sanción de la corrupción, una de las obligaciones puestas sobre los hombros de las autoridades judiciales de la nación.
RUDDY L. GONZÁLEZ/LISTÍN DIARIO
Opinion
Abogado Cándido Simó: Elizabeth Silverio, presa por fea, negra y pelo malo
POR CÁNDIDO SIMÓ.-El arresto y la parafernalia contra la señora Elizabeth Silverio por supuesta usurpación de la profesión de sicología terapéutica, solo se explica por ser fea, negra y pelo malo, dos de cuyas cualidades también me adornan.
2. Ella ha tratado de explicar a voz en cuello ante oídos sordos que no es sicóloga ni la ejerce, sino una empresaria que emplea profesionales de la conducta quienes son los que aplican el novedoso método de tratamiento terapéutico descubierto por ella para niños y niñas especiales.
3. En el caso de la apresurada investigación resultare que ella ejercía la sicología terapéutica ilegal, la pena aplicable es de seis días a dos años de prisión correccional y una multa de hasta diez salarios mínimos del sector público que en promedio asciendo a la suma de apenas 136,850 pesos, por violación del artículo 32 de la ley 22-01 que crea el Colegio Dominicano de Psicólogos (CODOPSI) regula el ejército de la sicología en el país.
4. La ley no le prohíbe a ella establecer esa empresa, como tampoco impide que un empresario sea el propietario de un centro médico sin ser profesional de la medicina, un corredor de carros sea propietario de una cadena de farmacias sin ser farmacéutico o un ingeniero sea el dueño de varios medios de comunicación sin ser locutor o periodista, siempre que en sus empresas laboren médicos, farmacéuticos o comunicadores de oficio o profesión.
7. Un jurista del foro penal que respete lo que hace y se precie como tal, debe orientar decantando las perspectivas que genera la emisión virtual de vistas en las páginas electrónicas aunque su opinión jurídica no sea simpática ni agrade a la corriente de opinión publicada.
8. Esto visto haría inferir que la señora podría estar siendo procesada para aplacar las pasiones que cada día alimenta el delito de odio, promovido, difundido y tolerado impunemente, por fea, negra y pelo malo.
9. Es nuestra la responsabilidad de corrernos el riesgo de no caer simpáticos por opinar distinto el común, por pensar diferente a lo popular, pero es la ley, la norma penal es como es, así no más.
Vía Elperiodico.com.do
Opinion
Ramón Antonio Veras: El abogado Eduardo Núñez Vásquez, en mi Código de la Amistad
I.- Mi posición contra los abusos
1.- Además de parirme, me formó una mujer de origen humilde, campesina, analfabeta funcional, sumamente vehemente. Sin lamentación alguna, a ella la vi esposada, tirada en la cama de un camión militar y encerrada en una solitaria de la Fortaleza San Luis, en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
2.- Mamá me hizo un ser humano sin resentimientos y para que demostrara indignación ante la injusticia. De ahí que en mí es insoportable el abuso, sin importar la víctima.
3.- En todo el curso de mi ejercicio profesional, he puesto mis servicios como abogado a favor de quienes han sido afectados por algo intolerable. En los archivos de mi bufete reposan más de dos mil expedientes de naturaleza política. En la obra de mi autoría “De las calles a los estrados, por justicia y libertad”, figuran los nombres de algunos perseguidos políticos asistidos por mí, de los cuales unos viven, otros han muerto. A ellos nunca les cobré pago alguno.
4.- Por allá, al comienzo de la década del 90, del siglo pasado, un empresario de amplia posición económica, acusado en un asunto penal, no político, me solicitó le asistiera como abogado. Analicé su caso y me di cuenta de que alrededor del expediente se movían intereses muy poderosos, que procuraban joderlo. Le defendí durante varios años sin cobrarle un sólo centavo.
5.- En su momento, cuando el doctor Julio Aníbal Suárez D., en el año 2012, de manera injusta, fue dejado fuera como juez de la Suprema Corte de Justicia, por el Consejo Nacional de la Magistratura, presidido por el doctor Leonel Fernández, al igual que el 26 de julio de 2018, en ocasión de la arbitraria exclusión de la licenciada Yeni Berenice Reynoso, como Procuradora Fiscal del Distrito Nacional, en ambas ocasiones, de manera pública y reiterada expresé mi protesta y rechazo a semejantes decisiones.
II.- Mi posición de solidaridad con Eduardo Núñez Vásquez
6.- No soy crédulo. Procedo basado en mis convicciones, en la certeza de lo que digo. Las vacilaciones no son compañeras de mis decisiones.
7.- He escrito con relación al abogado Eduardo Núñez Vázquez, porque conozco de su formación hogareña, en los centros escolares y universitarios. En absoluto, no tengo ninguna duda de su reciedumbre moral y entereza profesional e intelectual.
8.- De lo que expongo con relación a la persona de Eduardo, también pueden testimoniarlo otras amigas y amigos de su familia, que hoy son sus gratuitos adversarios.
9.- Las cualidades y condiciones estimables inherentes a la persona de Eduardo, son conocidas por todos aquellos que desde siempre hemos estado relacionados muy de cerca, de ahí a ahí, con su hogar materno.
10.- Actuar conforme a la decencia es proceder siguiendo lo aprendido en la casa. Eduardo, en su trabajo profesional, lo que hace es ser auténtico, acorde a lo que le enseñaron, a ser digno.
11.- La capacidad de Eduardo, para producir en los marcos de las ciencias jurídicas, y su obrar con honradez y lealtad, es el resultado de una educación integral consumada en su práctica de vida.
12.- Comportarse con honestidad, no es una pose para Eduardo Núñez Vázquez, sino llevar a cabo los conocimientos adquiridos de la enseñanza transmitida para que le sirviera de guía en su conducta moral y social.
13.- En el accionar profesional de Eduardo, es fácil de ver lo que es hacer un trabajo apegado a normas y principios, algo que solo puede ser demostrado por quien cumple honrando preceptos éticos.
14.- Ser real y efectivamente honrado, no es cuestión de aparentarlo para confundir. Es conducirse como hombre o mujer de honor; manejarse igual bajo cualquier circunstancia y obrar tomando en cada ocasión el sentido de la responsabilidad.
15.- El ejercicio de la profesión tiene en Eduardo, el abogado que merece una sociedad integrada por ciudadanos y ciudadanas guiados por la confianza en su defensor.
16.- Tomando en cuenta el ambiente dominicano de hoy, ejercer la profesión de abogado con apego a lo que es correcto, es estar sometido a la amenaza por parte del malvado y el vituperio proveniente de quien envidia.
III.- Eduardo en mi Código de la Amistad
17.- Si me comportara indiferente ante lo que afecta a Eduardo, dejaría de ser yo, para convertirme en un hombre de poca o ninguna sustancia, sin alma.
18.- Reitero nuevamente: Si Eduardo Núñez Vásquez, por hacerle honor a la profesión que ha escogido, llega a ser víctima de maniobras odiosas de quienes no resisten las críticas responsables, de mi parte puedo decir que Eduardo tiene mi total respaldo, haciéndole honor a mi Código de la Amistad, que tres de sus artículos recogen las ideas indicadas a continuación:
a.- Mi conciencia me manda a honrar mis convicciones; obedecer bajo cualquier circunstancia con el amigo o la amiga; respetar lo que el momento me dice, si el cometido me impone quedar bien, acorde a lo que me he enclavado en el cerebro como combinación codificada de la amistad.
b.- La línea de conducta con los míos, en las relaciones de afectos con aquellos que están en la lista de amigas y amigos, no hay ocasión para disculpas, nada de justificaciones. Mis normas de lo que debo hacer con el amigo o la amiga, no me permiten procurarme explicaciones pueriles, ni el consabido penseque.
c.- Para mis amigas y amigos siempre estoy ahí, donde me necesitan. Listo para lo que les pueda ser útil, en las buenas y en las malas; presto para acercarme, estar juntos o, si es de su interés, alejarme, separarme por conveniencia suya. Creo ser, por momentos, un instrumento de lo que el amigo o la amiga necesita de mí. Lo que no hago es escabullirme, echar el cuerpo afuera; marcharme; escurrir el bulto en el momento que se necesita de mi presencia.
d.- Aquel que cuenta con mi amistad puede decir que nunca está solo, porque siempre estaré a su lado, espiritual o físicamente. No creo en dejar aislado, abandonado, desamparado a quien debo solidaridad, compañía o calor humano. En la dificultad del amigo debo hacer de facilitador, apoyarlo, sin buscarle tres patas al gato.
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