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Ni una sola mujer entre los ocho nuevos miembros del Comité Político del PLD

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Ni una sola mujer fue escogida la noche de este lunes como miembro del Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), pese a los reclamos que se hicieron en el sentido de que en ese órgano exista una mayor equidad de género.

A pesar de que en la lista de los 51 aspirantes que estaban en la lista a elegir había varias mujeres, ninguna fue elegida. También ayer domingo, Carlos Amarante Baret, miembro del CP, abogó por una mayor equidad de género en el organismo.

Entre las postulantes estaban Iris Guaba, Lethi Vásquez, Luisa Fernández, Karen Ricardo, Angela Pozo, Lidia Margarita Pimentel, Gladys Sofía Azconia, Lucía Altagracia Guzmán, María Cleofia Sánchez, Rosa María Kasse, Maribel Acosta.

El Comité Central del PLD promovió al Comité Político a los siguientes dirigentes del PLD: José Ramón Peralta, Andres Navarro, Francisco Domínguez Brito, Danilo Díaz y Alexis Lantigua. Estos primeros cinco fueron electos en una primera ronda.

También a se escogió a Robert de la Cruz, Alejandro Montás y Melanio Paredes, estos tres restantes en una segunda vuelta..

Las designaciones se produjeron ante las seis renuncias que se han producido en el organismo ejecutivo del Comité Central, con la renuncia del expresidente Leonel Fernández.

Para completar esas ocho vacantes se tomó en consideración la renuncia de José Joaquín Bidó Medina y la que estaba disponible por la muerte de Juan de los Santos, asesinado en diciembre del año 2015.

Los renunciantes al CP del PLD fueron Leonel Fernández, César Pina Toribio, Rafael Alburquerque, Bautista Rojas Gómez, Franklin Almeyda y Radhamés Jiménez.

El PLD se dividió con la partida de Leonel Fernández de la organización morada, esto tras las elecciones primarias abiertas que dieron como ganador a Gonzalo Castillo.

Fernández renunció y formó La Fuerza del Pueblo, organización con la que competirá en los próximos comicios generales de mayo de 2020.

Muchos están molestos
La decisión del Comité Central de no escoger ninguna mujer al CP ha encontrado el rechazo de varias personalidades. Algunos tildan al organismo de misógino.

El senador por Monte Plata, quien aspiraba a formar parte del CP, deploró que no escogieran féminas. Dijo que su no elección no le sorprendía, “porque no era un enano de pensamiento”.

“Lo mío no sorprende, (saben que tengo cabeza propia y no soy un enano del pensamiento) la #misoginiapld si, pues en esta coyuntura por lo menos una mujer, con capacidad y méritos, debió subir. Mi cariño para ustedes!”, posteó en su cuenta de Twitter.

El senador de La Vega, Euclides Sánchez, quien aspiraba a formar parte del Comité Político también se quejó de que no valoraron su trabajo en el PLD.

«Me evaluaron en el PLD y mis responsabilidades asumidas en el Comité Central, en la Presidencia provincial del PLD de La Vega y como titular de La Secretaría de Asuntos Gremiales y Profesionales,una de las pocas Secretaría que trabaja. Se demostró hoy que eso no importa en el PLD», escribió el legislador en twitter.

Otra peledeísta que reaccionó disgustada fue la viceministra de Energía y Minas, Susana Gautreau, quien estimó que habían “muchas mujeres valiosas” que merecían un asiento en el CP.

“Tantas mujeres meritorias, con militancia, coherencia, lealtad, honorabilidad y prestigio! Expresó mi inconformidad hoy por mis compañeras peledeístas”, acotó.

Sin mencionar el partido, la exfiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso dejó ver su inconformidad. “El machismo está tan arraigado en la sociedad dominicana que el establishment político no se preocupa ni de disimularlo”, puso en su cuenta de Twitter.

Con información de Diario Libre y Listín Diario

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Gobierno propone mantener prisión para delitos de libertad de expresión en nuevo Código Penal

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El Senado de la República recibió este viernes 18 propuestas que buscan modificar el nuevo Código Penal, las cuales fueron elaboradas por el equipo del presidente Luis Abinader.

Aunque contempla variaciones para otras tipificaciones penales, la pieza centra una de sus partes en los artículos que versan sobre los delitos relacionados con la libertad de expresión.

Reseña el Listín Diario que una de las peticiones realizadas por diversos sectores de la sociedad, como la Sociedad Dominicana de Diarios (SDD), es eliminar el castigo penal.

No obstante, el Gobierno optó por mantenerlas.

¿Cuáles fueron las modificaciones?
El proyecto de ley depositado por el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, busca alterar el contenido del artículo 192 sobre difusión de audios o imágenes sin consentimiento.

La intención del Poder Ejecutivo es especificar que la comisión de este hecho solo será sancionada cuando se comete en el ámbito privado o cuando haya una expectativa razonable de discrecionalidad.

En cuanto a la sanción, amplía la pena menor hasta quince días, la cual está en el modelo actual en seis meses. La máxima continúa en hasta un año de prisión.

Además, busca eliminar del nuevo Código Penal la sanción en los casos cuando el contenido falso sea elaborado por medio de montajes.

El artículo 207, referente al perjurio, recibiría una reducción de la pena, llevándola de cinco a diez años de prisión a entre dos y cinco años.

La pena actual del artículo 208 sobre la difamación es de dos a cinco años de prisión. Sin embargo, el Gobierno sugiere disminuirla de uno a dos años de prisión.

Además, aclara que no será sancionada si se registra en medios de comunicación, streaming y en el ciberespacio.

Dentro del artículo 211 agregaron una disposición para asegurar que no sean consideradas actos de difamación o injuriosos “las expresiones, opiniones y críticas vinculadas con actos de corrupción, políticas públicas, función pública, servicios públicos y actuaciones que atenten contra el interés público”.

No obstante, aclara que las declaraciones serán permitidas solo cuando estas estén sustentadas en elementos probatorios o precedidas de una verificación razonable de la información.

Desaparece el bullying
El artículo 121, que incluía la tipificación del bullying, cambia completamente el concepto y lo nombra únicamente como hostigamiento.

Mientras que el artículo 122 sobre hostigamiento agravado coloca de uno a dos años de prisión para cuando el agresor afecte a una persona con discapacidades físicas o mentales.

Además, disminuye la pena a entre cinco y diez años cuando el hecho cause el suicidio de un menor de edad.

El artículo 123 cambiaría su título a hostigamiento cibernético, en la actualidad nombrado como ciberbullying.

Además, establece que, para constituirse, este delito debe ser de manera reiterada y sistemática.

Elimina que los comentarios de redes sociales sean considerados como un método para aplicar el hostigamiento en contra de una persona y mantendría la pena igual: de dos a cinco años.

Desnudo en público
Mientras que el artículo 142 sobre el exhibicionismo eximiría de responsabilidad penal a quien se desnude en actividades artísticas, culturales, científicas o educativas.

Acoso y proxenetas
En tanto, el artículo 144, que contempla el acoso agravado, aumentaría la sanción actual, de dos a tres años de prisión, elevándola de dos a cinco años.

El artículo 176 sobre proxenetismo aumentaría la pena. Incrementándola de dos a tres años de prisión, hasta de dos a cinco años.

Sanción a doctores
Por otro lado, el artículo 354 amplía el campo de sanciones para los médicos que expidan un certificado sobre la existencia o inexistencia de una enfermedad, ya que también incluye a los doctores forenses del sector privado.

La pena sería de dos a tres años de prisión.

Recursos del Estado
El artículo 303 sanciona la malversación de fondos públicos para aquellos funcionarios que desvíen los recursos del Estado.

En este apartado, aumentaría la pena de cinco a diez años.

En el marco vigente, está entre dos y tres años de prisión.

¿Qué pasará con estas propuestas?
Este proyecto de modificación será estudiado por una comisión bicameral especial que deberá presentar sus observaciones al respecto.

Además, existen alrededor de cinco iniciativas más presentadas por otros congresistas que, conjuntamente con las observaciones de la sociedad, también serán analizadas por la mesa de trabajo antes mencionada.

La población tendrá hasta el próximo miércoles 15 de julio para entregar ante el Congreso Nacional sus señalamientos y preocupaciones sobre el nuevo Código Penal.

 

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Estas son las modificaciones al Código Penal

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El presidente del Senado de la República informó que fue depositada ante la Secretaría General Legislativa la Iniciativa mediante la cual se propone modificar varios artículos de la Ley núm. 74-25, Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, con el objetivo de que las reformas sean conocidas y aprobadas antes de la entrada en vigor de la nueva legislación penal.

La iniciativa incorpora mejoras derivadas de las observaciones y aportes formulados por diversos sectores de la sociedad dominicana, entre ellos juristas, académicos, comunicadores, representantes de los medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanos interesados, con el propósito de fortalecer el texto que será sometido al estudio de la Comisión Bicameral encargada del Proyecto de Ley de modificación del Código Penal.

Las modificaciones propuestas comprenden *18 artículos* del Código Penal y abarcan materias relacionadas con la protección de derechos fundamentales, la libertad de expresión, la protección de niños, niñas y adolescentes, la administración de justicia, la lucha contra la corrupción y el perfeccionamiento técnico de diversos tipos penales.

Más garantías para la libertad de expresión y de prensa

Uno de los ejes centrales de la iniciativa consiste en perfeccionar cinco disposiciones vinculadas con el ejercicio de la libertad de expresión, la libertad de prensa y el derecho a la información, procurando un equilibrio entre la protección de los derechos fundamentales y las garantías constitucionales propias de una sociedad democrática.

El *artículo 123*, relativo al *ciberbullying*, será modificado para precisar el alcance del tipo penal y evitar interpretaciones extensivas que puedan afectar el ejercicio legítimo de la libertad de expresión en los entornos digitales.

El *artículo 192*, sobre *difusión de audio o imágenes sin consentimiento,* fortalecerá la protección del derecho a la intimidad, delimitará con mayor precisión los elementos que configuran la infracción e incorporará expresamente el criterio de *interés público legítimo*, ofreciendo mayores garantías para el ejercicio responsable del periodismo y del derecho a informar.

El *artículo 208*, referente a la *difamación*, redefinirá el alcance del tipo penal y ajustará el régimen sancionador para garantizar mayor precisión jurídica y proporcionalidad.

El *artículo 211*, que regula los *actos considerados no difamatorios o injuriosos*, reforzará las garantías para el ejercicio de la libertad de expresión y de prensa cuando las informaciones se refieran a asuntos de interés público.

Asimismo, el *artículo 310*, relativo al delito de *ultraje*, delimitará con mayor claridad el ámbito de aplicación del tipo penal, evitando interpretaciones que puedan afectar el legítimo ejercicio de los derechos fundamentales.

Mayor protección para las personas y las familias

La iniciativa también fortalece diversas disposiciones destinadas a proteger la integridad y la dignidad de las personas.
Los *artículos 121 y 122,* relativos al *hostigamiento e intimidación (bullying) y al hostigamiento agravado*, precisan la definición de estas conductas, delimitan su ámbito de aplicación y redefinen las circunstancias agravantes para facilitar una aplicación más objetiva de la ley.

El *artículo 142*, sobre *exhibicionismo sexual,* delimita con mayor claridad el tipo penal para evitar interpretaciones indebidas y garantizar una aplicación proporcional de la norma.

El *artículo 144*, relativo al *acoso agravado*, ajusta el régimen sancionador previsto para esa conducta.

Por su parte, los *artículos 214 y 215,* referentes al *abandono de niños, niñas y adolescentes y al abandono agravado,* perfeccionan la redacción de los tipos penales y reorganizan las circunstancias agravantes para fortalecer la protección de la niñez y la adolescencia.

Más precisión y seguridad jurídica

Con el propósito de perfeccionar técnicamente el nuevo Código Penal, la iniciativa propone modificar varias disposiciones que requieren ajustes de redacción o mayor precisión normativa.

El *artículo 141,* relativo al *plazo de prescripción,* corrige la redacción sobre el cómputo de los plazos.

El *artículo 170,* sobre *autosecuestro*, incorpora ajustes de técnica legislativa para una mejor interpretación de la norma.

El *artículo 207,* referente al *perjurio*, adecua el régimen sancionador cuando el perjuicio sea de naturaleza patrimonial.

El *artículo 248,* relativo a la *bancarrota simple*, precisa los presupuestos que configuran la infracción.

Finalmente, el *artículo 354*, sobre *certificación falsa de estado de salud,* introduce mejoras de técnica legislativa para reforzar la claridad y coherencia del texto legal.

Fortalecimiento de la respuesta frente a delitos graves

La propuesta también contempla modificaciones dirigidas a fortalecer la respuesta penal frente a conductas que afectan gravemente a la sociedad.

El *artículo 176*, relativo al *proxenetismo*, adecua la escala de penas aplicables.

El *artículo 303*, referente a la *malversación de fondos públicos,* fortalece el régimen sancionador previsto para este delito, reafirmando el compromiso del Estado con la transparencia y la protección del patrimonio público.

Compromiso de aprobar las modificaciones antes de la entrada en vigor

El presidente del Senado informó que la iniciativa fue remitida a la *Comisión Bicameral que estudia el Proyecto de Ley de modificación del Código Penal de la República Dominicana,* para su estudio, ponderación y presentación del informe correspondiente.

Asimismo, reiteró el compromiso del Congreso Nacional de que las modificaciones propuestas sean conocidas y aprobadas *antes de la entrada en vigor de la Ley núm. 74-25,* garantizando que el país cuente desde el primer día con un Código Penal fortalecido, técnicamente más preciso y enriquecido con los aportes realizados durante el proceso de diálogo y revisión legislativa.

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