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Abinader instruye modificar resolución que limita acceso a pruebas PCR
El presidente Luis Abinader anunció este miércoles que dio instrucciones al Gabinete de Salud para que se modifique la resolución No. 237-2021 de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) que condiciona y limita el acceso a las pruebas PCR para detectar el COVID-19.
“Nosotros pensamos que tiene que haber una modificación y le hemos dado instrucciones al Gabinete de Salud para que trabaje en esa parte”, manifestó el mandatario durante una entrevista realizada en el programa Hoy Mismo.
Agregó que la República Dominicana debe de dejar de importar las pruebas de antígenos y las pruebas rápidas, por lo que recomendó que sean compradas en farmacias y otros lugares autorizados.
«Una sola persona se había hecho 40 pruebas PCR»
El jefe de Estado dijo que el año pasado el Gobierno invirtió miles de millones de pesos en las pruebas PCR y que hay casos de personas que, sin necesidad, se realizan las muestras de forma exagerada.
“Nosotros tenemos datos que una sola persona se había hecho 40 pruebas PCR en un año”, manifestó.
Recomendó a los dominicanos realizarse las pruebas para detectar el virus, pero sin exagerar.
El mandatario recordó que diariamente el Gobierno aplica de forma gratuita entre 10 a 11 mil pruebas gratis.
Sobre la resolución
La resolución 237- 2021, emitida por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales el pasado mes de abril de 2021, indica que ofrecerán cobertura de una prueba PCR al año para detección de COVID-19. Esta será cubierta en un 100 % y, para solicitarla, será necesario cumplir con los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud Pública y la resolución indicada.
Desde el 23 de abril, las pruebas PCR para este virus se realizan para confirmar el resultado obtenido de una prueba de antígeno. Para autorizar la PCR, los afiliados deberán cumplir con estos requisitos:
Presentar indicación médica y documentación (cédula de identidad o pasaporte y/o carné de afiliado)
Presentar los resultados de la prueba de antígeno en el laboratorio donde se realizará la prueba, que deben estar certificados por el Ministerio de Salud Pública o ser prestadores que tengan convenio con estos
La prueba de antígenos no debe tener más de 72 horas
De preferencia, aunque no limite la cobertura, los médicos que indiquen la PCR deben especificar en la prescripción si el paciente corresponde a:
Sintomático con antígeno negativo.
Asintomático con contacto confirmado y antígeno negativo
Asintomático con contacto no confirmado y antígeno positivo.
FUENTE: Diario Libre
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DIGESETT investiga a agente por presunta negativa de encender cámara corporal
La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) informó este jueves que investiga a uno de sus agentes, luego de que presuntamente se negara a encender la cámara corporal durante una intervención.
El caso surgió tras la difusión de un video en redes sociales en el que se observa el momento de tensión ante la solicitud de documentos del agente a un conductor y la persistencia del ciudadano en que el agente encendiera el dispositivo, petición a la que el agente no accedió.
La institución informó que el agente fue citado y se encuentra bajo investigación de los organismos de control correspondientes, conforme a los procedimientos establecidos.
Las cámaras corporales son utilizadas como herramientas para documentar las actuaciones de los agentes y facilitar la revisión de situaciones que puedan generar controversias durante las intervenciones.
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Imponen dos meses de prisión preventiva a «Nino Dólar»
La Cuarta Sala del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Nacional impuso dos meses de prisión preventiva en contra de Carlos José Troche Rodríguez, conocido como «Nino Dólar», acusado de provocar la muerte de dos personas y ocasionar lesiones a una tercera en un accidente de tránsito registrado el pasado 15 de agosto en la avenida Abraham Lincoln.
El tribunal dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en la cárcel de Cotuí, tras acoger la solicitud presentada por los fiscales del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios).
A Troche Rodríguez se le acusa de violar el artículo 112, párrafo I, de la Ley 74-25, que modifica el Código Penal dominicano y tipifica el homicidio agravado, referente a los atentados culposos contra la vida.
El imputado enfrenta cargos por la muerte de Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y de su hija, Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, así como por las lesiones sufridas por Arianna Michelle Ciprián.
La solicitud de medida de coerción había sido presentada inicialmente ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional; sin embargo, el juez Rigoberto Sena declinó el proceso a favor del tribunal de tránsito, por tratarse de un hecho vinculado a un accidente vial.
De acuerdo con la acusación, el imputado violó la luz roja de un semáforo mientras conducía una yipeta, impactando contra una motocicleta en la que se desplazaban las víctimas.
La investigación establece, además, que, tras producirse la colisión, el conductor no se detuvo y continuó la marcha del vehículo, arrastrando a las víctimas por la vía y pasándoles por encima al emprender la huida del lugar.
El caso permanece bajo investigación por parte del director técnico de la Fiscalía del Distrito Nacional, Kelvyn Colón, y los fiscales Vladimir Viloria, encargado del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios); y Yesenis Hernández Cabreja.
FUENTE: Listín Diario
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