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Eliminan pago de 10 dólares a pasajeros dominicanos

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En un mes y 15 días, los operadores aéreos nacionales y extranjeros que realizan transporte internacional de pasajeros desde y hacia la República Dominicana ya no podrán efectuar el cobro de US$10.00 por concepto de tarjeta de turismo en los boletos aéreos a los pasajeros nacionales dominicanos.

A través de la Resolución 217-2022, el presidente de la Junta de Aviación Civil (JAC), José Ernesto Marte Piantini, instruyó a los operadores aéreos que realicen las adecuaciones necesarias en sus sistemas informáticos con el fin de que sea eliminado el referido cargo.

Esta medida fue adoptada luego de una junta extraordinaria sostenida por el organismo que lidera y cuyo punto único a tratar fue conocer la revisión del mecanismo de pago de la tarjeta de turismo emitida por la República Dominicana, para evitar el cobro ilegal de los US$10 en los boletos aéreos de los pasajeros dominicanos y a los residentes extranjeros.

El documento indica que las aerolíneas que realizan transporte internacional de pasajeros desde y hacia la República Dominicana son responsables del estricto cumplimiento de la presente resolución.

La disposición también es válida para los extranjeros residentes en la República Dominicana y su implementación deber ser efectiva y eficaz en un plazo de 45 días, de acuerdo a un comunicado emitido por la JAC.

También se notificó la información a la Dirección General de Migración, la Asociación de Líneas Aéreas de la República Dominicana, la Asociación Dominicana de Líneas Aéreas y a los Representantes Legales de los Operadores Aéreos Nacionales y Extranjero.

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Lío entre haitianos en la construcción canal; acusan a uno de robar materiales

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La construcción del polémico canal de trasvase que se levanta en territorio haitiano y que llevó al gobierno dominicano al cierre de la frontera hace ya 10 días, también está generando conflictos internos entre los promotores del proyecto hídrico.

En un vídeo al que tuvo acceso el periódico Diario Libre y que se encuentra publicado en la versión web, se ve a un obrero siendo detenido por tres militares encapuchados.

El individuo era acusado de haber sustraído cemento y otros materiales de la construcción del canal en el río Masacre.

El gobierno dominicano sostiene que el levantamiento de ese canal viola los acuerdos de paz y de recursos hídricos que se han firmado con Haití.

Mientras tanto, las autoridades haitianas -específicamente el Ministerio de Agricultura – ha sostenido que Haití tiene derecho a usar las aguas del río Masacre.

De igual forma se manifestó el primer ministro haitiano, Ariel Henry, durante su participación en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidos.

Expertos han manifestado que el agua que se desvíe del Masacre por el canal solo sería aprovechada por unas 3 mil tareas en suelo haitiano y no las 12 mil de la zona, lo que provocaría conflictos internos.

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Gobierno deroga el nombramiento de varios embajadores

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El presidente de la República, Luis Abinader, derogó el nombramiento de varios embajadores, a través del decreto 412-23.

En la referida orden presidencial, quedó derogado el primer artículo del decreto 735-20 que designó a Manuel Ernesto Polanco Salvador, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República Dominicana en la República del Paraguay.

No obstante, Polanco Salvador fue designado embajador en el servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Abinader de igual forma derogó el decreto, y una posterior modificación, que nombró a Sandra Maribel Mancebo Sánchez como embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en la República de Honduras.

Lo mismo ocurrió con el documento que designó a Laura Virginia Ramona Faxas de Jorgensen como embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en la República de Austria y representante permanente ante las Organizaciones y Organismos Internacionales con sede en Viena, Austria.

De manera similar ocurrió con Reymundo Antonio Garrido Lantigua, quien se desempeñaba embajador extraordinario y plenipotenciario en las repúblicas de Sudáfrica, de Mauricio y de Mozambique, así como el Reino de Eswatini, en la República de Mauricio y en la República de Mozambique, respectivamente.

Otros artículos de decretos que fueron derogados fueron el 1 de la orden presidencial 708-20, que designó a Lourdes Gisela Antonia Victoria-Kruse, embajadora extraordinaria y plenipotenciaria de la República Dominicana en el Reino de Suecia.

También el artículo 2 del decreto 735-20; el artículo 2 del decreto núm. 330-21; el artículo 2 del decreto 355-21 y el artículo 4 del decreto 630-21 que designaron a Lourdes Gisela Antonia Victoria-Kruse, embajadora extraordinaria y plenipotenciaria, concurrente, de la República Dominicana en la República Eslovaca, en la República de Finlandia, en el Reino de Dinamarca y en el Reino de Noruega, respectivamente.

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