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EEUU detendrá embarques de azúcar del Central Romana por supuesto trabajo forzoso

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A partir de hoy, 23 de noviembre del 2022, el personal de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. (CBP, por sus siglas en inglés) detendrá en todos los puertos de entrada de los EE. UU. el azúcar sin refinar y los productos a base de azúcar producidos en la República Dominicana por Central Romana Corporation Limited (Central Romana).

CBP emitió una Orden de Retención de Liberación (WRO) contra Central Romana basada en información que indica razonablemente el uso de trabajo forzoso en sus operaciones. CBP identificó 5 de los 11 indicadores de trabajo forzoso de la Organización Internacional del Trabajo durante su investigación: abuso de vulnerabilidad, aislamiento, retención de salarios, condiciones de trabajo y de vida abusivas y horas extra excesivas.

“Esta Orden de Liberación de Retención demuestra el compromiso de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los EE. UU. (CBP) de proteger los derechos humanos y los estándares laborales internacionales y promover un mercado global justo y competitivo”, dijo el comisionado interino de la CBP, Troy Miller. “La agencia continuará estableciendo un alto estándar global investigando agresivamente las denuncias de trabajo forzoso en las cadenas de suministro de los EE. UU. y manteniendo la mercancía contaminada fuera de los Estados Unidos”.

En su informe de septiembre de 2022 titulado “Estimaciones globales de la esclavitud moderna: trabajo forzoso y matrimonio forzado”, la Organización Internacional del Trabajo estima que casi 28 millones de trabajadores sufren condiciones de trabajo forzoso en todo el mundo.

Asegura que las empresas extranjeras explotan el trabajo forzoso para vender bienes por debajo del valor de mercado. También perjudica a las empresas respetuosas de la ley, amenaza los empleos estadounidenses y expone a los consumidores a apoyar inadvertidamente prácticas comerciales poco éticas.

Indica que el flagelo de la trata de personas expone a las poblaciones vulnerables a condiciones de trabajo inhumanas como violencia física y sexual, aislamiento, restricción de movimiento, retención de salarios, horas extra excesivas y más.

“La CBP continúa estableciendo el estándar internacional para garantizar que los bienes fabricados con trabajo forzoso no ingresen al comercio de los EE. UU.”, dijo AnnMarie R. Highsmith, comisionada ejecutiva adjunta de la Oficina de Comercio de la CBP.

“Los fabricantes como Central Romana, que no cumplen con nuestras leyes, enfrentarán consecuencias a medida que eliminemos estas prácticas inhumanas de las cadenas de suministro de los EE. UU.”.

Esta Orden de Liberación de Retención (WRO) sobre Central Romana es la acción más reciente que ha tomado los Estados Unidos para abordar el trabajo forzoso y otros abusos contra los derechos humanos en todo el mundo.

En septiembre del 2022, el Departamento de Trabajo de los EE. UU. identificó la caña de azúcar de la República Dominicana en su lista de bienes producidos por trabajo infantil o trabajo forzoso, y el Departamento de Estado de los EE. UU. colocó a la República Dominicana en su lista de nivel 2 en su Informe sobre Trata de Personas de julio del 2022. Con esta WRO, la CBP ahora supervisa la aplicación de 55 órdenes (WRO) y 9 hallazgos.

De acuerdo a una nota de prensa, los estatuto federal 19 U.S.C. 1307 prohíbe la importación de mercancías producidas, en su totalidad o en parte, por trabajo de convictos, trabajo forzoso y/o trabajo no remunerado, incluyendo el trabajo infantil forzoso o no remunerado. La CBP detiene envíos de mercancías sospechosas de ser importadas en violación de este estatuto. Los importadores de envíos detenidos pueden exportar sus envíos o intentar demostrar que la mercancía no fue producida con trabajo forzoso.

«Cualquier persona u organización que tenga razones para creer que la mercancía producida con el uso de trabajo forzoso está siendo, o es probable que sea, importada a los Estados Unidos puede reportar denuncias detalladas comunicándose con la CBP a través del Sistema de Reporte de Violaciones Comerciales en Línea o llamando al 1-800-BE-ALERT», destaca.

Sobre la CBP
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos es la agencia fronteriza unificada dentro del Departamento de Seguridad Nacional encargada de la gestión, el control y la protección integrales de las fronteras de nuestra nación, combinando aduanas, inmigración, seguridad fronteriza y protección agrícola en y entre los puertos de entrada oficiales.

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DIGESETT investiga a agente por presunta negativa de encender cámara corporal

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La Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) informó este jueves que investiga a uno de sus agentes, luego de que presuntamente se negara a encender la cámara corporal durante una intervención.

El caso surgió tras la difusión de un video en redes sociales en el que se observa el momento de tensión ante la solicitud de documentos del agente a un conductor y la persistencia del ciudadano en que el agente encendiera el dispositivo, petición a la que el agente no accedió.

La institución informó que el agente fue citado y se encuentra bajo investigación de los organismos de control correspondientes, conforme a los procedimientos establecidos.

Las cámaras corporales son utilizadas como herramientas para documentar las actuaciones de los agentes y facilitar la revisión de situaciones que puedan generar controversias durante las intervenciones.

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Imponen dos meses de prisión preventiva a «Nino Dólar»

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La Cuarta Sala del Tribunal Especial de Tránsito del Distrito Nacional impuso dos meses de prisión preventiva en contra de Carlos José Troche Rodríguez, conocido como «Nino Dólar», acusado de provocar la muerte de dos personas y ocasionar lesiones a una tercera en un accidente de tránsito registrado el pasado 15 de agosto en la avenida Abraham Lincoln.

El tribunal dispuso que el imputado cumpla la medida de coerción en la cárcel de Cotuí, tras acoger la solicitud presentada por los fiscales del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios).

A Troche Rodríguez se le acusa de violar el artículo 112, párrafo I, de la Ley 74-25, que modifica el Código Penal dominicano y tipifica el homicidio agravado, referente a los atentados culposos contra la vida.

El imputado enfrenta cargos por la muerte de Wilmer Ernesto Rodríguez Silverio y de su hija, Wilkaren Massiel Rodríguez Batista, así como por las lesiones sufridas por Arianna Michelle Ciprián.

La solicitud de medida de coerción había sido presentada inicialmente ante el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional; sin embargo, el juez Rigoberto Sena declinó el proceso a favor del tribunal de tránsito, por tratarse de un hecho vinculado a un accidente vial.

De acuerdo con la acusación, el imputado violó la luz roja de un semáforo mientras conducía una yipeta, impactando contra una motocicleta en la que se desplazaban las víctimas.

La investigación establece, además, que, tras producirse la colisión, el conductor no se detuvo y continuó la marcha del vehículo, arrastrando a las víctimas por la vía y pasándoles por encima al emprender la huida del lugar.

El caso permanece bajo investigación por parte del director técnico de la Fiscalía del Distrito Nacional, Kelvyn Colón, y los fiscales Vladimir Viloria, encargado del Departamento de Crímenes y Delitos contra la Persona (Homicidios); y Yesenis Hernández Cabreja.

FUENTE: Listín Diario

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