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Embargan cuentas del Ministerio de la Juventud

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El Ministerio de la Juventud ha sido objeto de tres embargos retentivos en sus cuentas bancarias debido a créditos e indemnizaciones laborales que adeudan a tres ex empleados, informó Luis Contreras Medos, representante legal de los demandantes.

Los embargos retentivos se realizaron en virtud de tres sentencias dictadas por diferentes Salas del Tribunal Superior Administrativo, las cuales establecieron el derecho de los trabajadores a recibir el pago de sus prestaciones laborales e indemnizaciones por responsabilidad patrimonial del Estado, adeudadas por parte del Ministerio de la Juventud, a pesar de la inembargabilidad general de los fondos del Estado.

Las sentencias que respaldaron los embargos retentivos y que ordenaron el pago de créditos laborales a los ex empleados del Ministerio de la Juventud, son las siguientes: Sentencia Núm. 0030-1647-2021-SSEN-00262: Emitida por la Octava Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo, con fecha dieciocho (18) de agosto del año 2021; sentencia Núm. 030-1643-2021-SSEN-00603: Emitida por la Quinta Sala Liquidadora del Tribunal Superior Administrativo, en fecha veintinueve (29) de noviembre del año 2021; y la sentencia Núm. 0030-02-2023-SSEN-00259: Emitida por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, con fecha nueve (9) de junio del año dos mil veintitrés (2023).

Los embargos se trabaron hasta la concurrencia del doble de las sumas adeudadas, mediante los actos Números 574/2023, 575/2023 y 576/2023 diligenciados por el ministerial Carlos Arturo Mota Pérez, alguacil ordinario del Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, quien cumplió con las formalidades legales necesarias para garantizar el resarcimiento de los derechos laborales de demandantes.

En respuesta a los embargos, Contreras Medos denuncia un supuesto ejercicio temerario de las vías judiciales por parte del Ministerio de la Juventud.

Según el abogado, el “Ministerio ha tratado de levantar los embargos a través de notificaciones de demandas que no se realizaron de acuerdo con los procedimientos legales establecidos, ya que ninguna de ellas fue notificada en el domicilio de elección previamente establecido en los actos procesales”.

Contreras Medos también destacó la importancia de las decisiones previas de la Suprema Corte de Justicia, “que ha establecido una excepción crucial a la inembargabilidad de los fondos del Estado. Según el fallo de la Corte, esta inembargabilidad no debe aplicarse a los créditos laborales, ya que hacerlo eliminaría la posibilidad de cobrar las prestaciones laborales adeudadas y reconocidas.

Además, se estaría vulnerando el derecho fundamental al trabajo y sus garantías, así como el derecho del trabajador a ser remunerado por el trabajo realizado en beneficio del Estado y sus instituciones”.

Contreras Medos reitera su compromiso de proteger los derechos laborales de sus representados y garantizar que se cumplan las disposiciones legales necesarias para asegurar el pago justo y adecuado de las prestaciones laborales adeudadas por parte del Ministerio de la Juventud.

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Desalojan vendedores de la parada del kilómetro 9 de la Autopista Duarte

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El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) realizó un desalojo la mañana de este jueves a vendedores ubicados en el kilómetro 9 de la Autopista Duarte.

En el lugar hay varias maquinarias y personal de la institución en las labores de remoción de los comercios ambulantes ubicados en las aceras y avenida.

El desalojo, según las autoridades, se debe a la remodelación del lugar y los vendedores habían sido notificados con antelación.

Asimismo, según informó Salutiano Pichardo, abogado del departamento de avalúo, de los 24 vendedores del área solo faltan 4 por el pago de la indemnización.

Sin embargo, en el lugar aquellos que sostienen que no han recibido la indemnización y que tampoco les han brindado información sobre esta se mantienen en el lugar esperando respuestas.

«Llegaron, nos rompieron las mesas y no nos dan respuestas», manifestó Ramón Ortega, quien tenía un puesto de venta de accesorios telefónicos en la parada.

Al igual que Ortega, los demás vendedores arrastran las mesas que hasta el momento del desalojo utilizaban para sus negocios para evitar que los agentes se las retengan.

En este lugar funciona una parada de autobuses que tienen como destino la región norte del país y es donde el Gobierno ejecuta un plan de ampliación de vías para facilitar el ingreso y a la salida a la capital dominicana.

Vía Listín Diario

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Minerd: 32 profesores fueron desvinculados y suspendidos por acoso sexual en el año escolar 2023-2024

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El Ministerio de Educación de la República Dominicana (Minerd) desvinculó a ocho docentes y mantiene a 24 suspendidos «por acoso sexual» en el desempeño de sus funciones en las escuelas durante el pasado año escolar 2023-2024, conforme a reporte de esta entidad emitido este domingo.

Según los registros de la División de Resolución de Conflictos Laborales de la Dirección General de Gestión Humana del Minerd, el mayor número de casos se produjo en el Distrito Nacional, Regional 15, con ocho; en Cotuí, Regional 16, con cinco; en La Vega, Regional 06, con y en Santiago, Regional 08, con 4.

Los nombres de los profesores no fueron suministrados por Educación.

De acuerdo a una nota de prensa del Minerd, de los 32 docentes separados de las escuelas públicas por acoso sexual, «ocho fueron desvinculados debido a la gravedad de las acusaciones y los 24 restantes están suspendidos sin disfrute de sueldo mientras culmina la investigación. Actualmente, hay seis profesores sometidos a la acción de la justicia».

El Minerd dijo que esta medida es parte de su compromiso fundamental de propiciar un entorno seguro para los estudiantes y sancionar las acciones indebidas en la comunidad educativa.

Las desvinculaciones y suspensiones se produjeron luego de que el Minerd comprobara que los maestros transgredieron el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente y administrativo con los estudiantes del Sistema de Educación Preuniversitario», refiere el documento.

Violaron Código de Ética
Aprobado a través de la Orden Departamental No. 13-2023, el Código de Ética establece que las relaciones del personal de la escuela con los estudiantes deben ser académica y de servicio formativo, al tiempo que prohíbe toda relación que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los estudiantes.

Las medidas también dan cumplimiento al artículo 84 de la Ley 41-08 numerales 4,14,17 y 20 de Función Pública, que establece que este tipo de actos constituye una falta de tercer grado, cuya comisión dará lugar a la destitución del cargo.

«Otras faltas en las que incurrieron por su conducta inapropiada están vinculadas a incumplimientos a la Ley General de Educación 66-97, el Estatuto Docente y la Constitución de la República en sus artículos 44 y 56 sobre derecho a la intimidad y el honor de la persona, así como a la protección de las personas menores de edad, respectivamente», estableció el Minerd.

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