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Panorama

JCE reconoce partido “Primero la Gente” de Antonio Marte

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Mediante resolución la Junta Central Electoral (JCE) otorgó el reconocimiento político al partido Primero la Gente (PPG), que encabeza el senador de Santiago Rodríguez, Antonio Marte y quien aspira a la presidencia de la República.

También la JCE reconoció al partido Justicia Social (JS), comandado el exsenador de Santiago, Julio César Valentín, tras haber completado todos los procedimientos establecidos en la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Esto quiere decir que ambos partidos tendrán participación en los próximos torneos electorales de febrero y mayo de 2024.

Ambas resoluciones, firmadas el 24 de julio del presente año, indican que los dos partidos tienen un plazo de 45 días para escoger de manera oficial a sus autoridades y de no cumplir con estos plazos el reconocimiento será declarado como nulo.

El pasado mes de junio, la JCE otorgó el reconocimiento al Partido Esperanza Democrática (PED) y a los movimientos políticos Cívico Cabrereño (MCC) y Humanista Independiente (MHI).

Junto al partido encabezado por Ramfis Domínguez Trujillo y estos dos movimientos, también fue reconocido en febrero de este año el Partido Socialista Cristiano (PSC) que encabeza Soraya Aquino.

La matrícula de las agrupaciones políticas reconocidas ante el órgano electoral aumentó a 43.

Otros partidos que también han sido reconocidos este año son: Demócrata Independiente (PDI), Generación de Servidores (GENS) y Opción Democrática.

Requisitos
De acuerdo a la Ley 33-18, para que los movimientos y partidos sean reconocidos, las organizaciones políticas deben depositar una exposición sumaria de los principios, propósitos y lineamientos que sustentará el partido, agrupación o movimiento político, en armonía con lo que establece la Constitución y las leyes; los estatutos del partido, agrupación o movimiento político, que contendrán las reglas de funcionamiento de la organización, las cuales serán coherentes con los principios democráticos señalados en la Constitución y las leyes de la República.

Además de una declaración jurada por los organizadores de que el partido, agrupación o movimiento político cuenta con ciudadanos, que asintieron con sus firmas, en una cantidad no menor del dos por ciento de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones generales ordinarias presidenciales, la cual estará acompañada, en aquellas provincias o municipios donde presenten organismos de dirección, de una lista con los nombres, números de cédula de identidad y electoral y direcciones de quienes respaldan la solicitud, entre otros requisitos.

“La Junta Central Electoral verificará la veracidad de las documentaciones y declaraciones incorporadas al expediente y si ha lugar, sancionará las mismas y emitirá un veredicto a más tardar cuatro meses antes de la celebración de las elecciones, dentro de los cuatro meses previos al día de las elecciones, la Junta Central Electoral no podrá dictar resolución alguna que ordene inscribir partidos, agrupaciones o movimientos políticos”, señala expresamente la Ley de Partidos.

Vía Listin Diario

Panorama

JCE reitera está prohibido instalación de carpas y mesas frente o dentro de recintos electorales

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La Junta Central Electoral reitera de manera categórica, lo dispuesto en la Resolución No. 18-2024 de fecha 12 de marzo de 2024 que establece el protocolo para la seguridad de la cadena de custodia y de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.

Por lo que, “no se permitirá la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activistas políticos frente o dentro de los recintos electorales o en el perímetro que comprende a estos, para lo cual adoptará las medidas de coordinación y seguridad que fuesen necesarias”.

Hace algunos días, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana y expresidente de la República, Danilo Medina, llamó a la militancia peledeísta, en un acto en Bahoruco, a que a la primera carpa que construyan frente a un centro de votación “tienen que destruirla de inmediato”, por ser ilegal y que formen comités de defensa al voto.

Las aglomeraciones de personas, el proselitismo en las inmediaciones de los colegios electorales, la compra y venta de cédulas, así como la colocación de carpas son una constante en las elecciones de República Dominicana, que crea descontento entre algunos políticos, sobre todo de oposición, y parte de la población votantes.

Sin embargo, es atribución de la Policía Militar Electoral no permitir las carpas ni mesas en el perímetro de los colegios electorales y a la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales le confiere investigar y llevar a la justicia ordinaria a los que infrinjan la legislación.

La misión de observadores de la OEA se pronunció en su informe preliminar de los comicios municipales de febrero pasado, donde instó a adoptar medidas tendentes a evitar el asedio a los electores y la Junta Central Electoral acogió las recomendaciones y con la resolución 18-2024 prohibió las carpas y otros actos.

“La investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales a que se refiere esta ley y las demás leyes que contienen sanciones penales en el ámbito electoral, serán realizadas por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, dependiente de la Procuraduría General de la República” expresa la ley en su artículo 322.

En la resolución 18, la JCE indica entre las acciones que debe ejecutar la Policía Militar Electoral está: “No permitir el proselitismo de personas con gorras, ni la utilización de gafetes, distintivos o cualquier otro elemento de promoción o activismo político en el colegio electoral, en los recintos electorales o en el perímetro de estos.

No permitir la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activista políticos frente o dentro de los recintos electorales o en perímetros que comprende a estos, para lo cual adoptará medidas de coordinación y seguridad que fueren necesaria”.

También debe velar por mantener despejadas de vehículos de todo tipo, las entradas y el perímetro de cada recinto electoral, a los fines de que la ciudadanía pueda acudir, sin ningún obstáculo a ejercer su derecho al voto el día de las elecciones, así como impedir todo proselitismo de personas con gorras, la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines.

SANCIONES DELITOS ELECTORALES
Artículo 310 de la ley 20-23 establece que los delitos electorales serán castigados con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público, entre estos los que violaren cualquiera de las resoluciones reglamentarias de la Junta Central Electoral;

Y “Los que violaren las normas sobre medio ambiente en la realización de la campaña electoral, particularmente aquellas que afectan la flora, la fauna y los niveles de decibeles permitidos para la emisión de ruidos; conforme la Ley núm. 64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.

LA LISTA DE LOS FISCALES
La JCE dio a conocer el listado con los fiscales que conocerán los delitos electorales en cada provincia del país, a los que deberán ser llevadas las quejas de violaciones de los derechos de los ciudadanos en las elecciones, y los que dificulten las realizaciones de unas elecciones de forma ordenada y legitima.

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Panorama

JCE informa que Fuerza del Pueblo debe reorganizar boleta de diputados de la C1 del DN como ordenó el TSE

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La Junta Central Electoral (JCE) informó este lunes que no acogió la inscripción de candidatos a diputados de la Fuerza del Pueblo en la circunscripción 1 del Distrito Nacional, en vista de que incumple lo ordenado por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

Esta información está contenida en una comunicación de la JCE, documento que especifica además que a la Fuerza del Pueblo le otorgaron un plazo hasta el 1 de mayo a las 7:00 p. m., para hacer un nuevo depósito de candidaturas.

Esto significa que la candidatura de Rafael Paz volvió a quedar fuera de la contienda electoral.

De acuerdo a la sesión extraordinaria celebrada por el órgano electoral este 29 de abril, “no resulta posible acoger la misma, tal y como ha sido presentada, toda vez que con ello se estaría incumpliendo el mandato de las indicadas sentencias”.

LA SENTENCIA
El TSE emitió una sentencia el pasado 11 de abril que ordena a la Fuerza del Pueblo reconfigurar su boleta electoral de la circunscripción 1 del Distrito Nacional en el nivel de diputaciones.

Esto debido a que las candidaturas mejores valoradas de acuerdo a los resultados de las encuestas internas, fueron las de Andy Roberto Morales, Francisco Guillén y Robert Martínez, los mismos que deberían ocupar las casillas de ese partido en esa demarcación.

Con esta decisión se excluyó de la boleta electoral a Paz, así como a Selinée Méndez, Rosa Feliciano y Katiuska Morel.

Con relación a las tres casillas restantes, el TSE ordena al partido que identifique la mujer más votada en el proceso interno para que sea incluida en su propuesta de candidaturas en la posición número cuatro.

Asimismo, dispone que las dos plazas restantes que fueron reservadas sean ocupadas por igual cantidad de mujeres, las cuales deberán ser aportadas por dicho partido o por los partidos aliados beneficiarios de dichas plazas, de haber intervenido pactos en ese sentido, para cumplir así con la proporción de género que exige la legislación vigente.

REACCIÓN DE LA FUERZA DEL PUEBLO
Semanas después de la emisión de esta sentencia, la Fuerza del Pueblo volvió a inscribir a Paz como candidato a diputado por la circunscripción uno del Distrito Nacional.

De acuerdo con la comunicación del partido depositada en la Junta, y firmada por el delegado político Manuel Crespo, señala que Margarita Feliciano, Francisco Guillen, Selinée Méndez y Andy Morales fueron los ganadores de las encuestas realizadas para determinar las candidaturas.

Mientras que Robert Martínez fue inscrito como una reserva que iba a ser cedida en alianza. Los candidatos serán colocados en ese orden en la boleta.

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