Panorama
JCE reconoce partido “Primero la Gente” de Antonio Marte
Mediante resolución la Junta Central Electoral (JCE) otorgó el reconocimiento político al partido Primero la Gente (PPG), que encabeza el senador de Santiago Rodríguez, Antonio Marte y quien aspira a la presidencia de la República.
También la JCE reconoció al partido Justicia Social (JS), comandado el exsenador de Santiago, Julio César Valentín, tras haber completado todos los procedimientos establecidos en la Ley 33-18, sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Esto quiere decir que ambos partidos tendrán participación en los próximos torneos electorales de febrero y mayo de 2024.
Ambas resoluciones, firmadas el 24 de julio del presente año, indican que los dos partidos tienen un plazo de 45 días para escoger de manera oficial a sus autoridades y de no cumplir con estos plazos el reconocimiento será declarado como nulo.
El pasado mes de junio, la JCE otorgó el reconocimiento al Partido Esperanza Democrática (PED) y a los movimientos políticos Cívico Cabrereño (MCC) y Humanista Independiente (MHI).
Junto al partido encabezado por Ramfis Domínguez Trujillo y estos dos movimientos, también fue reconocido en febrero de este año el Partido Socialista Cristiano (PSC) que encabeza Soraya Aquino.
La matrícula de las agrupaciones políticas reconocidas ante el órgano electoral aumentó a 43.
Otros partidos que también han sido reconocidos este año son: Demócrata Independiente (PDI), Generación de Servidores (GENS) y Opción Democrática.
Requisitos
De acuerdo a la Ley 33-18, para que los movimientos y partidos sean reconocidos, las organizaciones políticas deben depositar una exposición sumaria de los principios, propósitos y lineamientos que sustentará el partido, agrupación o movimiento político, en armonía con lo que establece la Constitución y las leyes; los estatutos del partido, agrupación o movimiento político, que contendrán las reglas de funcionamiento de la organización, las cuales serán coherentes con los principios democráticos señalados en la Constitución y las leyes de la República.
Además de una declaración jurada por los organizadores de que el partido, agrupación o movimiento político cuenta con ciudadanos, que asintieron con sus firmas, en una cantidad no menor del dos por ciento de los votos válidos emitidos en las últimas elecciones generales ordinarias presidenciales, la cual estará acompañada, en aquellas provincias o municipios donde presenten organismos de dirección, de una lista con los nombres, números de cédula de identidad y electoral y direcciones de quienes respaldan la solicitud, entre otros requisitos.
“La Junta Central Electoral verificará la veracidad de las documentaciones y declaraciones incorporadas al expediente y si ha lugar, sancionará las mismas y emitirá un veredicto a más tardar cuatro meses antes de la celebración de las elecciones, dentro de los cuatro meses previos al día de las elecciones, la Junta Central Electoral no podrá dictar resolución alguna que ordene inscribir partidos, agrupaciones o movimientos políticos”, señala expresamente la Ley de Partidos.
Vía Listin Diario
Panorama
Efemérides Patrias califica de “rastrera” la campaña contra el Escudo Nacional en la nueva cédula
El presidente de la Comisión Permanente de Efemérides Patrias, Juan Pablo Uribe, aseguró que el Escudo Nacional que luce el nuevo formato de la cédula de identidad fue revisado y aprobado por las instituciones correspondientes.
Esta declaración surge en respuesta a las recientes quejas, dudas y rumores que han circulado en redes sociales sobre el diseño del emblema patrio oficial de República Dominicana.
A través de un comunicado, Uribe calificó a esta campaña contra el Escudo de “rastrera, pérfida, maliciosa, vil y antinacional contra un documento clave para la institucionalidad y la nacionalidad como la cédula de identidad y electoral”.
Aseguró que el símbolo patrio está de forma correcta.
“Todos los que de manera perversa se han involucrado en esa campaña mentirosa saben perfectamente que el Escudo Nacional colocado en la cédula es absolutamente correcto y que, además, se ve reforzado por la utilización por primera vez en la historia dominicana de la figura de Juan Pablo Duarte en la misma, además de otros elementos simbólicos de carácter patriótico”, sostuvo Juan Pablo Uribe.
A estas aseveraciones también se suma el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Jáquez Liranzo, quien aclaró los supuestos cuestionamientos sobre la nueva presentación del documento electoral.
Consideró que el diseño incluye de forma correcta el lema nacional «Dios, Patria y Libertad», así como la Biblia abierta en el pasaje bíblico que manda la ley.
Asimismo, alegó que la imagen del patricio Juan Pablo Duarte cuenta con la certificación oficial de lugar.
Vía Listín Diario
Panorama
Instituciones públicas no podrán exigir documentos que otra entidad del Estado ya tenga
El Poder Ejecutivo emitió el decreto 403-26, mediante el cual crea el Marco Nacional de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos de la Administración Pública, con el objetivo de fortalecer el intercambio de información entre las instituciones del Estado y agilizar la prestación de los servicios públicos.
La medida busca que las entidades gubernamentales puedan compartir datos, documentos electrónicos y otros registros de forma segura, estandarizada y oportuna, reduciendo la burocracia y evitando que ciudadanos y empresas tengan que presentar documentos que ya reposan en otra institución estatal.
De acuerdo con el decreto, el Ministerio de Administración Pública (MAP) será el órgano rector de la iniciativa y tendrá a su cargo la elaboración de los lineamientos, normas y estándares de interoperabilidad, además de supervisar su cumplimiento y coordinar el Comité de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos.
Por su parte, la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) será responsable de la operación técnica del sistema y de la Plataforma Única de Interoperabilidad, que servirá como infraestructura para el intercambio de información entre las instituciones públicas.
Obligaciones para las instituciones
El decreto dispone que los organismos del Estado deberán priorizar el intercambio de información entre entidades antes de requerir a ciudadanos o empresas documentos que ya existan en otra dependencia pública.
Asimismo, cada institución tendrá la responsabilidad de mantener actualizados sus registros de datos para facilitar su localización e intercambio, sin perder la titularidad ni el control sobre la información bajo su administración.
La normativa será de cumplimiento obligatorio para los órganos de la Administración pública central, descentralizada, desconcentrada y autónoma, así como para las instituciones de la seguridad social y demás entidades estatales que administren registros, sistemas de información o servicios digitales.
Coordinación con la Junta Central Electoral
El decreto también establece que los procesos y servicios públicos que requieran verificar la identidad de una persona deberán desarrollarse en coordinación con la Junta Central Electoral (JCE), respetando las atribuciones constitucionales de ese organismo.
En ese sentido, el MAP y la JCE impulsarán mecanismos de colaboración para facilitar la validación de identidad y la consulta de información del Registro Civil cuando sea necesario para la prestación de servicios públicos.
La disposición precisa que los datos obtenidos mediante la interoperabilidad con el Registro Civil solo podrán utilizarse para fines legítimos y compatibles con las competencias de la institución solicitante, con el propósito de fortalecer la protección de los datos personales y la confianza en los servicios digitales del Estado.
Con la entrada en vigor del decreto 403-26 queda derogado el decreto 92-22, emitido en febrero de 2022, que regulaba el anterior Marco Nacional de Interoperabilidad.
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