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Panorama

Hombre que arratraba perro desde su vehículo se defiende; dice que es cristiano

Asegura que no se dio cuenta hasta que se salió del vehículo

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Julio César Jiménez Martínez, el conductor de la yipeta marca Toyota, modelo RV-4, color gris, que fue detenido porque arrastró a un perro por la calle de La Otra Banda, en Higüey (al este del país), declaró que no se dio cuenta de que arrastraba al animal hasta que se estacionó porque le estaban vociferando.

A través de un video que circula en redes sociales, Jiménez Martínez aseguró que lo que sucedió con el perro “no es como lo pintan”.

“Yo no soy el asesino de perro que se quiere decir”, expresó en el audiovisual, dando su versión de los hechos.

Contó que ese día salió de su casa y la puerta se me quedó abierta, a lo que su niño de siete años había llegado y lo llamó desesperado, diciéndole que qué mal olor a ratón muerto es que había en la casa.

Narró que cuando llegó y entró a la sala el olor era insoportable y vio al animal acostado sobre el mueble, “que lo que parecía era un zombi, cayéndose a pedazos”.

“Agarro a mi niño, que está recién operado, lo saco corriendo y tranco la casa, porque tenía miedo de que el perro tuviese una enfermedad contagiosa o la rabia.

Jiménez Martínez señaló que el perro estaba sangrando porque la sarna que tenía era tan grande que la soga que tenía en su cuello lo irritó.

“No había nadie que se encargara de ese tipo de situaciones. No sabía quién era dueño del perro, nunca lo había visto. No había nadie a quien llamar, trate de buscar opciones”, manifestó.

Según contó el hombre, lo que más lo condena es el video, pero desde su punto de vista, es su mayor salvación.

Señaló que amarró al perro para liberarlo fuera de su casa.

“Si ven el vídeo verán que inicia con el perro caminando o corriendo, significa que no le quería hacer daño. Yo iba a una velocidad suficientemente baja para que yo pudiera ver cuando intentara salir por los lados y verlo por los laterales, ya que como el perro estaba en el centro no lo podía ver”, expresó.

Dijo que cuando el perro se cansó, se tiró al suelo, pero que “nunca me di cuenta hasta que me apeé del vehículo”.
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“En el video está el perro siendo arrastrado, pero lo que conocen la localidad saben que ese camino no pasa de 30 metros, entonces ahí los muchachos en motor se me acercan. No me dicen que yo llevo un perro arrastrado, sino que empiezan a vocear que soy abusador y que voy a pagar eso. Bajé la velocidad porque pensé que ellos lo decían porque yo iba muy rápido”, expresó el hombre.

No obstante, el hombre dijo que se estaciono a la derecha para custodiar el animal.

El hombre afirmó que nunca le haría daño a un animal porque es una persona “cristiana” y ha tenido animales.

“Soy una persona cristiana, tengo mi carta de la iglesia, carta de la Junta de Vecinos y todo el que me conoce va a entender y estará de mi lado, porque saben el tipo de persona que soy”, manifestó.

Vía Listin Diario

Panorama

JCE reitera está prohibido instalación de carpas y mesas frente o dentro de recintos electorales

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La Junta Central Electoral reitera de manera categórica, lo dispuesto en la Resolución No. 18-2024 de fecha 12 de marzo de 2024 que establece el protocolo para la seguridad de la cadena de custodia y de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.

Por lo que, “no se permitirá la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activistas políticos frente o dentro de los recintos electorales o en el perímetro que comprende a estos, para lo cual adoptará las medidas de coordinación y seguridad que fuesen necesarias”.

Hace algunos días, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana y expresidente de la República, Danilo Medina, llamó a la militancia peledeísta, en un acto en Bahoruco, a que a la primera carpa que construyan frente a un centro de votación “tienen que destruirla de inmediato”, por ser ilegal y que formen comités de defensa al voto.

Las aglomeraciones de personas, el proselitismo en las inmediaciones de los colegios electorales, la compra y venta de cédulas, así como la colocación de carpas son una constante en las elecciones de República Dominicana, que crea descontento entre algunos políticos, sobre todo de oposición, y parte de la población votantes.

Sin embargo, es atribución de la Policía Militar Electoral no permitir las carpas ni mesas en el perímetro de los colegios electorales y a la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales le confiere investigar y llevar a la justicia ordinaria a los que infrinjan la legislación.

La misión de observadores de la OEA se pronunció en su informe preliminar de los comicios municipales de febrero pasado, donde instó a adoptar medidas tendentes a evitar el asedio a los electores y la Junta Central Electoral acogió las recomendaciones y con la resolución 18-2024 prohibió las carpas y otros actos.

“La investigación y persecución de los crímenes y delitos electorales a que se refiere esta ley y las demás leyes que contienen sanciones penales en el ámbito electoral, serán realizadas por la Procuraduría Especializada para la Investigación y Persecución de los Crímenes y Delitos Electorales, dependiente de la Procuraduría General de la República” expresa la ley en su artículo 322.

En la resolución 18, la JCE indica entre las acciones que debe ejecutar la Policía Militar Electoral está: “No permitir el proselitismo de personas con gorras, ni la utilización de gafetes, distintivos o cualquier otro elemento de promoción o activismo político en el colegio electoral, en los recintos electorales o en el perímetro de estos.

No permitir la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines de gestión política, promoción o campaña electoral por parte de personas o activista políticos frente o dentro de los recintos electorales o en perímetros que comprende a estos, para lo cual adoptará medidas de coordinación y seguridad que fueren necesaria”.

También debe velar por mantener despejadas de vehículos de todo tipo, las entradas y el perímetro de cada recinto electoral, a los fines de que la ciudadanía pueda acudir, sin ningún obstáculo a ejercer su derecho al voto el día de las elecciones, así como impedir todo proselitismo de personas con gorras, la instalación de carpas y mesas o cualquier otra modalidad con fines.

SANCIONES DELITOS ELECTORALES
Artículo 310 de la ley 20-23 establece que los delitos electorales serán castigados con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público, entre estos los que violaren cualquiera de las resoluciones reglamentarias de la Junta Central Electoral;

Y “Los que violaren las normas sobre medio ambiente en la realización de la campaña electoral, particularmente aquellas que afectan la flora, la fauna y los niveles de decibeles permitidos para la emisión de ruidos; conforme la Ley núm. 64-00, del 18 de agosto de 2000, que crea la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales”.

LA LISTA DE LOS FISCALES
La JCE dio a conocer el listado con los fiscales que conocerán los delitos electorales en cada provincia del país, a los que deberán ser llevadas las quejas de violaciones de los derechos de los ciudadanos en las elecciones, y los que dificulten las realizaciones de unas elecciones de forma ordenada y legitima.

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Panorama

JCE informa que Fuerza del Pueblo debe reorganizar boleta de diputados de la C1 del DN como ordenó el TSE

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La Junta Central Electoral (JCE) informó este lunes que no acogió la inscripción de candidatos a diputados de la Fuerza del Pueblo en la circunscripción 1 del Distrito Nacional, en vista de que incumple lo ordenado por el Tribunal Superior Electoral (TSE).

Esta información está contenida en una comunicación de la JCE, documento que especifica además que a la Fuerza del Pueblo le otorgaron un plazo hasta el 1 de mayo a las 7:00 p. m., para hacer un nuevo depósito de candidaturas.

Esto significa que la candidatura de Rafael Paz volvió a quedar fuera de la contienda electoral.

De acuerdo a la sesión extraordinaria celebrada por el órgano electoral este 29 de abril, “no resulta posible acoger la misma, tal y como ha sido presentada, toda vez que con ello se estaría incumpliendo el mandato de las indicadas sentencias”.

LA SENTENCIA
El TSE emitió una sentencia el pasado 11 de abril que ordena a la Fuerza del Pueblo reconfigurar su boleta electoral de la circunscripción 1 del Distrito Nacional en el nivel de diputaciones.

Esto debido a que las candidaturas mejores valoradas de acuerdo a los resultados de las encuestas internas, fueron las de Andy Roberto Morales, Francisco Guillén y Robert Martínez, los mismos que deberían ocupar las casillas de ese partido en esa demarcación.

Con esta decisión se excluyó de la boleta electoral a Paz, así como a Selinée Méndez, Rosa Feliciano y Katiuska Morel.

Con relación a las tres casillas restantes, el TSE ordena al partido que identifique la mujer más votada en el proceso interno para que sea incluida en su propuesta de candidaturas en la posición número cuatro.

Asimismo, dispone que las dos plazas restantes que fueron reservadas sean ocupadas por igual cantidad de mujeres, las cuales deberán ser aportadas por dicho partido o por los partidos aliados beneficiarios de dichas plazas, de haber intervenido pactos en ese sentido, para cumplir así con la proporción de género que exige la legislación vigente.

REACCIÓN DE LA FUERZA DEL PUEBLO
Semanas después de la emisión de esta sentencia, la Fuerza del Pueblo volvió a inscribir a Paz como candidato a diputado por la circunscripción uno del Distrito Nacional.

De acuerdo con la comunicación del partido depositada en la Junta, y firmada por el delegado político Manuel Crespo, señala que Margarita Feliciano, Francisco Guillen, Selinée Méndez y Andy Morales fueron los ganadores de las encuestas realizadas para determinar las candidaturas.

Mientras que Robert Martínez fue inscrito como una reserva que iba a ser cedida en alianza. Los candidatos serán colocados en ese orden en la boleta.

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