Panorama
Los domingos serán pagados como días ordinarios, según propuesta de reforma laboral
El proyecto de reforma laboral sometido por el Poder Ejecutivo al Congreso tienen cambios significativo, ya que los domingos se pagarán como días ordinarios, si el trabajador descansa otro día de la semana.
La propuesta mantiene el descanso de 36 horas semanales ininterrumpidas, en cambio, el domingo el pago no será de un 100%.
El proyecto establece modificaciones al artículo 163 del Código Laboral y agrega el Párrafo III en el que propone que “se deroga parcialmente la disposición contenida en el artículo 1 de la Ley 108, del 21 de marzo de 1967, que señala los días festivos y por tanto no laborables por las oficinas públicas y particulares, exclusivamente en cuanto al carácter no laborable de los domingos”.
Reseña la periodista Deyanira Polanco, del Listin Diario que en el código vigente, en lo referente al descanso semanal y los días feriados, en el artículo 163 expresa que “Todo trabajador tiene derecho a un descanso semanal ininterrumpido de treinta y seis horas.
Este descanso será el convenido entre las partes y puede iniciarse cualquier día de la semana. A falta de convención expresa, se inicia a partir del sábado a mediodía”.
En la propuesta de reforma, aunque se mantiene esa parte, establece en el artículo 20 modificaciones al artículo 163.
“Se modifica el artículo 163 de la Ley núm. 16-92, del 29 de mayo de 1992, que aprueba el Código de Trabajo de la República Dominicana, para que en lo adelante establezca lo siguiente:
Artículo 163.- Todo trabajador tiene derecho a un descanso semanal ininterrumpido de por lo menos treinta y seis horas.
PÁRRAFO I. Este descanso será el convenido entre las partes y puede iniciarse cualquier día de la semana. A falta de convención expresa, se inicia a partir del sábado a mediodía.
PÁRRAFO II. Si el descanso semanal del trabajador se disfruta en otro día de la semana, el trabajador percibirá su salario ordinario por trabajar los domingos.
PÁRRAFO III. Se deroga parcialmente la disposición contenida en el artículo 1 de la Ley 108, del 21 de marzo de 1967, que señala los días festivos y por tanto no laborables por las oficinas públicas y particulares, exclusivamente en cuanto al carácter no laborable de los domingos.
Las horas extras y jornadas diarias
La propuesta de reforma laboral también tiene modifica las jornadas extendidas de trabajo, que actualmente no deben exceder las 10 horas diarias y establece la modalidad en que se establecerán las horas extras.
Actualmente el artículo 162 expresa que “La Secretaría de Estado de Trabajo puede autorizar la distribución de las horas de trabajo en un período mayor de una semana, a condición de que la duración media del trabajo, calculada sobre el número de semanas consideradas, no exceda de cuarenta y cuatro horas por semana y de que en ningún caso las horas diarias de trabajo excedan de diez”.
En proyecto presentado a los legisladores indica ahora que el artículo 19 modifica al 162.
“Se modifica el artículo 162 de la Ley núm. 16-92, del 29 de mayo de 1992, que aprueba el Código de Trabajo de la República Dominicana, para que en lo adelante establezca lo siguiente:
“Artículo 162.- Cuando la naturaleza de la actividad de la empresa lo requiera, por acuerdo entre el empleador y los trabajadores de esta, se pueden establecer jornadas extendidas de trabajo, siempre que no excedan de doce horas diarias y el promedio mensual de horas trabajadas en la semana no excedan las cuarenta y cuatro horas.
PÁRRAFO I. Este acuerdo deberá ser firmado por el o los sindicatos de trabajadores de la empresa. De no haber sindicato, el acuerdo debe ser convenido por más del cincuenta por ciento (50%) de los trabajadores de la empresa, establecimiento o departamento donde se aplicará.
PÁRRAFO II. Bajo esta modalidad, está prohibido laborar horas extraordinarias y el horario debe ser previamente comunicado por el empleador, a los fines de que los trabajadores conozcan con anterioridad sus diferentes horarios de trabajo.
PÁRRAFO III. Para su validez, este acuerdo deberá notificarse por escrito a la Dirección General de Trabajo (DGT) en un plazo no mayor de diez (10) días calendario a partir de la fecha de su firma, como mecanismo de control regulatorio posterior.
PÁRRAFO IV. La Dirección General de Trabajo dispondrá de las medidas de comprobación necesarias, para verificar que se cumplan las condiciones establecidas en este artículo, pudiendo revocar el acuerdo en los casos de incumplimiento de dichas condiciones. .
Panorama
Muere adolescente de 16 años durante persecución policial en San Francisco de Macorís
Ángel Manuel Luna, de 16 años, falleció luego de un incidente que sus familiares atribuyen a una persecución de agentes policiales; un video difundido en redes sociales ha elevado la indignación por el caso
La muerte de Ángel Manuel Luna, un adolescente de 16 años, ha generado consternación e indignación en San Francisco de Macorís, luego de que sus familiares denunciaran que el menor habría sido perseguido por agentes de la Policía Nacional durante un operativo realizado en la ciudad.
De acuerdo con el relato ofrecido por su madre, antes de fallecer el adolescente alcanzó a pedirle perdón y decirle que la amaba. La mujer aseguró que su hijo le manifestó que estaba siendo perseguido por una patrulla policial.
Video muestra momento del incidente
El caso tomó mayor notoriedad luego de que circulara en redes sociales un video que muestra el momento en que una patrulla policial intercepta y derriba de una motocicleta al adolescente, quien posteriormente falleció.
La difusión de las imágenes ha provocado reacciones de dolor y reclamos de esclarecimiento por parte de ciudadanos y comunitarios, que cuestionan la forma en que se ejecutan algunos operativos policiales en distintos sectores de San Francisco de Macorís.
Cuestionan operativos policiales
Según los comunitarios, en varios sectores de la ciudad se realizan operativos frecuentes dirigidos por la comandancia policial encabezada por el general Natera Melenciano, acciones que suelen ser difundidas por medios locales. En algunos de esos recorridos se observa la detención de decenas de jóvenes, incluso cuando portan documentos personales.
La tragedia ha abierto nuevamente el debate sobre los límites de la actuación policial, el respeto a los derechos fundamentales y la necesidad de protocolos claros en operativos que involucren a jóvenes y adolescentes.
Familia exige respuestas y comunidad se tira a las calles
Hasta el momento, las circunstancias exactas del hecho permanecen bajo investigación. La familia de Ángel Manuel Luna reclama que se haga justicia por lo ocurrido. El caso mantiene bajo tensión a sectores de San Francisco de Macorís, donde comunitarios han expresado preocupación por lo que consideran una actuación excesiva en algunos operativos de seguridad.
El Frente Amplio de Lucha Popular (Falpo) y varios grupos populares realizaron protestas y quema de neumáticos en San Francisco de Macorís, exigiendo justicia por la muerte del joven Ángel Manuel Luna, de 16 años de edad.



Durante las manifestaciones, los protestantes reclamaron una investigación transparente y sanciones contra los responsables del hecho. La situación generó tensión en varios puntos de la ciudad, mientras continúan los reclamos de justicia por la muerte del adolescente.
La muerte del adolescente se suma a una serie de hechos que han reactivado el reclamo ciudadano por mayor control, transparencia y rendición de cuentas en las acciones policiales, especialmente cuando terminan con personas heridas o fallecidas.
Vía Acento.com.do
Panorama
Motorista que hirió chofer escolar: soy humano y tengo hijos
A su llegada a la Fiscalía de Las Palmas de Herrera, en Santo Domingo Oeste, Gregory Gerabel González, “Negro Malo”, acusado de agredir con una presunta manopla al chofer del Sistema Nacional de Transporte Estudiantil (TRAE), Henry Arias, expresó arrepentimiento por lo ocurrido.
Además, pidió disculpas públicamente.
“Yo soy humano, yo tengo hijos”, gritó mientras era trasladado a la sala de audiencias.
Se recuerda que “Negro Malo” golpeó fuertemente a Arias provocando herida en su rostro.
Según explicó González el hecho fue una respuesta a un impulso porque, supuestamente, el chofer de la guagua que transporta a estudiantes no cedió el paso mientras transitaban por una vía.
«Nunca hubo ningún conflicto. Me sobregiré, sí, porque andaba con una niña y un niño y él no me dejó pasar. No tuvo la consideración de frenar, porque eso era de doble vía», aseveró el joven.
De acuerdo con los reportes preliminares, el incidente se produjo luego de un roce entre el vehículo escolar y una motocicleta que presuntamente transitaba en vía contraria con dos menores como pasajeras.
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