Panorama
Marranzini atribuye altas facturas a mayor consumo de electricidad
El alza que experimentan los usuarios de electricidad se debe a un mayor consumo por la alta temporada de calor, según las autoridades del sector.
El presidente del Consejo Unificado de las Emprsas Distribuidoras (CUED), Celso Marranzini, dijo que no hay cambios en la tarifa, es la misma, por lo que los usuarios deben monitorear y controlar su consumo que en esta época de calor siempre aumenta con el mayor uso de los abanicos y aires acondicionados.
Ayer, la Oficina de Protección al Consumidor (Protecom), de la Superintendencia de Electricidad llamó a los usuarios a controlar su consumo y a acercarse a la institución donde serán atendidos.
Clientes del servicio eléctrico se quejan de que están recibiendo altas facturaciones de consumo con relación a inicios del año.contad
Datos oficiales dan cuenta que el 95% de las reclamaciones al Protecom es por alta facturación, reseña el Listín Diario, en un trabajo bajo la firma de la periodista Cándida Acosta.
Edes suplían demanda
Las eAtribuAtribuyenyenmpresas de distribución eléctrica (Edes) ofrecían ayer cerca del 100% de la demanda de energía del SENI, con la excepción de Edesur que tenía 10 circuitos fuera por mantenimiento y avería en hora de las 9:30 de la mañana.
Marranzini explicó que en otras épocas los usuarios no pasan de 200 a 300 kilos de consumo, pero con el calor llega o pasan de 700 kilos porque usan más el aire acondicionado y el aire dura más tiempo para enfriar y por eso sube la factura, no la tarifa.
El presidente del CUED recordó que el tema es la alta temperatura y por eso hasta que no llegue octubre el consumo va a seguir alto y eso pasa en todo el mundo por el calor. Hasta que se vaya el verano.
Frágil
El sector eléctrico dominicano se desenvuelve en un entorno de fragilidad, debido a la falta de inversiones en redes y al hurto de los usuarios, lo que convierte las pérdidas técnicas y las no técnicas en una pesada carga para las finanzas públicas.
De hecho, este martes, luego de un suministro de 377 megas y solo seis circuitos fuera en Edenorte, 896 mg, para un 99.14% y un circuito fuera en Edeeste, y 931.74 mg, para un suministro de un 95.29% con 10 circuitos fuera en Edesur, a mediodía se registró una avería.
En un documento lampresa Edesur informó que la salida de las plantas de AES Dominicana provocó un déficit de energía en las distribuidoras de electricidad.
«Múltiples circuitos de las empresas distribuidoras de electricidad fueron afectados por un evento en línea de transmisión que afectó plantas generadoras de AES Dominicana, provocando un déficit temporal en la oferta de energía», informó Edesur.
No obstante, precisó que a la 1:00 de la tarde de este martes, la situación ya se había normalizado.
Edesur señaló que el problema también impactó a las distribuidoras Edenorte y Edeeste, pero que ya fue solucionado.
Las respuestas a reclamos
Protecom (Protección al Consumidor), de la Superintendencia de Electricidad (SIE), en 2024 la entidad dio respuestas a 72,000 decisiones de reclamos de usuarios, una cifra récord de atención, pero las quejas son cada vez más crecientes, ya que entre abril junio 2024 y 2025 las reclamaciones pasaron de 14,176 a 15,165, y en julio septiembre del pasado año ya estaban en 26,545, resultando la mayor queja a la Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste), con 14,149.
A agosto de este año, más de 48,300 usuarios han presentado quejas y más de la mitad de estas han sido favorables para los usuarios. Edeeste siempre encabeza las quejas, seguida de Edesur y de Edenorte. Un 95% de las reclamaciones hasta agosto registra Protecom.
Panorama
Intrant reforzará controles y sancionará por uso indebido de patinetas y bicicletas eléctricas
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que reforzará los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en los espacios públicos, con el objetivo de proteger al peatón y garantizar la seguridad vial.
Mediante una nota de prensa, la institución recordó que «las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora».
Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una violación directa a la regulación, conforme a la normativa vigente.
Bicicletas y motocicletas eléctricas
El Intrant indicó que la normativa establece que las bicicletas eléctricas de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 km/h.
En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador —aunque posean pedales— son consideradas vehículos de motor y deben cumplir con los requisitos legales vigentes, incluyendo placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y uso obligatorio de casco.
Asimismo, la entidad precisó que la circulación sin estos requisitos autoriza a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, insistió en la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas: «las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran dispositivos de movilidad personal, sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector», señala el comunicado.
La entidad explicó que estas medidas responden al aumento del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas, lo que hace necesario fortalecer el orden, especialmente en zonas de alta circulación peatonal.
El Intrant informó que notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos ordinarios de importación y matriculación antes de circular.
También comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.
Sanciones
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).
Panorama
INTRANT: Multa de RD$10,000 a vehículos pesados y carga que circulen por el carril izquierdo
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió una resolución que prohíbe la circulación de vehículos pesados y de transporte de cargas en el carril izquierdo en las autopistas y carreteras del territorio nacional.
El pasado 16 de julio de 2020, el expresidente Danilo Medina, emitió el decreto 258-20 que especifica los lineamientos que contiene la resolución 003-2026 emitida por el Intrant el 6 de febrero.
Aunque contiene lo pautado en el decreto, la resolución establece algunos puntos nuevos como que los conductores que no cumplan con lo establecido, aclarando que el monto del pago del salario mínimo será de RD$10,000.00.
Además, la en la Resolución, el Intrant indica que solo se usará el izquierdo para rebasar, pero aclara que no se podrá hacer esta maniobra “si es necesario cruzar a la mitad izquierda de la calzada de la vía pública en pendientes o curvas si se careciera de visibilidad por una extensión razonable, que circule otro vehículo en dirección contraria o esté obstaculizada en cualquier forma la mitad izquierda de la calzada o estén marcadas zonas de no pasar, o cuando las circunstancias del tránsito o las señales expresadas indiquen que el vehículo alcanzado a su vez habrá de cruzar a la mitad izquierda del camino”.
Sumado a esto, no se podrá rebasar al vehículo alcanzado a menos que la mitad izquierda de la calzada esté claramente visible y se disponga de un espacio libre hacia delante que permita al vehículo volver a ocupar sin peligro de colisión la mitad derecha de la misma.
En el decreto se indicaba que será “obligación de todo vehículo pesado” transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se conduzca en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camión privado en autopista y carretera.
Además, el Intrant señala lo que contiene el punto 8 del artículo 54 del referido decreto que especifica que los vehículos pesados y vehículos de transporte de cargas que transporten carga suelta en las vías públicas tendrán la carga debidamente asegurada у cubierta con una lona, toldo encerado o lienzo, que la cubra totalmente de manera que esta no se derrame o disemine, causando peligro para los demás usuarios de la vía, a la atmósfera y a la salud de la población.
El cumplimiento de estas disposiciones está a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del Intrant, conjuntamente con el apoyo, asistencia técnica y operativa de la Comisión Militar y Policial (Comipol), serán las entidades responsables de la supervisión, fiscalización y ejecución de la presente resolución, de manera que queden instaurados los controles necesarios para su cumplimiento.
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