Panorama
RD Vial entrega iluminado el Bulevar Turístico Frank Rainieri y anuncia programa nacional
El Fideicomiso RD Vial entregó la noche del jueves el Bulevar Turístico Frank Rainieri totalmente iluminado, acto con el que dejó formalmente iniciado el Programa Nacional de Iluminación Vial, una iniciativa estratégica destinada a reforzar la seguridad en las carreteras, optimizar la visibilidad nocturna y elevar los estándares de la infraestructura vial en los principales corredores del país.
La intervención en el polo turístico de Punta Cana-Bávaro incluye la colocación de más de 1,000 luminarias en el primer tramo del bulevar.
Además, se ejecuta la instalación de otras 600 unidades en las vías internas de Bávaro, la circunvalación de Verón y rutas alternas de desahogo, para un total que supera los 1,600 puntos de iluminación moderna.
Las luminarias instaladas cuentan con tecnología fotovoltaica de última generación, equipada con paneles solares integrados, lo que constituye una solución innovadora y ambientalmente sostenible.
Estos equipos autónomos no requieren cableado tradicional, lo que permite una instalación más rápida y eficiente, garantizando una operación continua y sostenible que se alinea con los más altos estándares internacionales de infraestructura vial moderna.
Programa Nacional de Iluminación Vial
El Programa Nacional de Iluminación Vial ya registra importantes avances en corredores estratégicos del territorio nacional.
En esta primera etapa se han intervenido exitosamente la Avenida Las Américas, la Avenida Ecológica, el sector de Piedra Blanca, el tramo Villa Altagracia de la Autopista Duarte, y ahora el Bulevar Turístico Frank Rainieri, impactando positivamente la movilidad diaria de cientos de miles de conductores.
«Esta iniciativa representa un salto cualitativo en materia de seguridad vial para la República Dominicana. La implementación de luminarias de alto rendimiento, diseñadas específicamente para ofrecer mayor cobertura y durabilidad, contribuye significativamente a la reducción de los riesgos asociados a la conducción nocturna, garantizando una experiencia más segura para todos los usuarios de nuestras vías», señaló Hostos Rizik Lugo, director del Fideicomiso RD Vial.
El Programa Nacional de Iluminación Vial se ejecuta en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), enmarcándose en una visión integral de prevención, modernización y fortalecimiento continuo de la red carretera nacional.
Esta colaboración institucional garantiza la coherencia técnica y la sostenibilidad a largo plazo de las intervenciones realizadas.
Frank Rainieri, fundador del Grupo Puntacana, y Hostos Rizik Lugo, dirtector del Fideicomiso RD Vial, durante la entrega del Bulevar Turístico Frank Rainieri completamente iluminado.
La tecnología solar implementada no solo representa un avance en términos de eficiencia energética, sino que también reduce considerablemente los costos operativos y de mantenimiento, permitiendo que los recursos públicos se optimicen y se destinen a ampliar la cobertura del programa a otras zonas prioritarias del país.
Con la puesta en marcha de este ambicioso programa, RD Vial reafirma su compromiso institucional de continuar desarrollando proyectos de infraestructura que priorizan la seguridad vial, la preservación de vidas y la mejora continua de la experiencia de los usuarios en las carreteras dominicanas, contribuyendo decididamente al desarrollo sostenible y la competitividad del país.
Panorama
Intrant reforzará controles y sancionará por uso indebido de patinetas y bicicletas eléctricas
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que reforzará los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en los espacios públicos, con el objetivo de proteger al peatón y garantizar la seguridad vial.
Mediante una nota de prensa, la institución recordó que «las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora».
Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una violación directa a la regulación, conforme a la normativa vigente.
Bicicletas y motocicletas eléctricas
El Intrant indicó que la normativa establece que las bicicletas eléctricas de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 km/h.
En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador —aunque posean pedales— son consideradas vehículos de motor y deben cumplir con los requisitos legales vigentes, incluyendo placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y uso obligatorio de casco.
Asimismo, la entidad precisó que la circulación sin estos requisitos autoriza a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, insistió en la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas: «las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran dispositivos de movilidad personal, sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector», señala el comunicado.
La entidad explicó que estas medidas responden al aumento del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas, lo que hace necesario fortalecer el orden, especialmente en zonas de alta circulación peatonal.
El Intrant informó que notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos ordinarios de importación y matriculación antes de circular.
También comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.
Sanciones
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).
Panorama
INTRANT: Multa de RD$10,000 a vehículos pesados y carga que circulen por el carril izquierdo
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió una resolución que prohíbe la circulación de vehículos pesados y de transporte de cargas en el carril izquierdo en las autopistas y carreteras del territorio nacional.
El pasado 16 de julio de 2020, el expresidente Danilo Medina, emitió el decreto 258-20 que especifica los lineamientos que contiene la resolución 003-2026 emitida por el Intrant el 6 de febrero.
Aunque contiene lo pautado en el decreto, la resolución establece algunos puntos nuevos como que los conductores que no cumplan con lo establecido, aclarando que el monto del pago del salario mínimo será de RD$10,000.00.
Además, la en la Resolución, el Intrant indica que solo se usará el izquierdo para rebasar, pero aclara que no se podrá hacer esta maniobra “si es necesario cruzar a la mitad izquierda de la calzada de la vía pública en pendientes o curvas si se careciera de visibilidad por una extensión razonable, que circule otro vehículo en dirección contraria o esté obstaculizada en cualquier forma la mitad izquierda de la calzada o estén marcadas zonas de no pasar, o cuando las circunstancias del tránsito o las señales expresadas indiquen que el vehículo alcanzado a su vez habrá de cruzar a la mitad izquierda del camino”.
Sumado a esto, no se podrá rebasar al vehículo alcanzado a menos que la mitad izquierda de la calzada esté claramente visible y se disponga de un espacio libre hacia delante que permita al vehículo volver a ocupar sin peligro de colisión la mitad derecha de la misma.
En el decreto se indicaba que será “obligación de todo vehículo pesado” transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se conduzca en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camión privado en autopista y carretera.
Además, el Intrant señala lo que contiene el punto 8 del artículo 54 del referido decreto que especifica que los vehículos pesados y vehículos de transporte de cargas que transporten carga suelta en las vías públicas tendrán la carga debidamente asegurada у cubierta con una lona, toldo encerado o lienzo, que la cubra totalmente de manera que esta no se derrame o disemine, causando peligro para los demás usuarios de la vía, a la atmósfera y a la salud de la población.
El cumplimiento de estas disposiciones está a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del Intrant, conjuntamente con el apoyo, asistencia técnica y operativa de la Comisión Militar y Policial (Comipol), serán las entidades responsables de la supervisión, fiscalización y ejecución de la presente resolución, de manera que queden instaurados los controles necesarios para su cumplimiento.
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