Panorama
Intrant lanza aplicación que permitirá a los usuarios realizar reportes de accidentes en las vías
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) puso en marcha el “INTRANT Digital”, que moderniza 39 servicios de pago y optimiza 12 procesos internos, y el relanzamiento del Observatorio Permanente de Seguridad Vial (OPSEVI), primera herramienta digital en el país para el análisis en tiempo real de datos sobre siniestralidad vial, con el aval de la OPS/OMS.
Con “INTRANT Digital”, los ciudadanos podrán acceder a una plataforma que centraliza y agiliza servicios como la emisión de licencias (carnet de aprendizaje, renovaciones, duplicados, cambios de categoría y más), permisos de vialidad para eventos, ocupación de vía y actividades especiales, así como la certificación en charlas y cursos.
Con la nueva “APP INTRANT”, también se da voz a la ciudadanía: cualquier anomalía vial puede ser reportada de forma rápida y directa desde el celular. Y gracias a la plataforma de gestión digital, cada reporte es atendido con trazabilidad en tiempo real, mostrando el estatus y las acciones correctivas aplicadas.
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, afirmó que con “INTRANT Digital” se da un salto cualitativo en la forma en que los ciudadanos interactúan con el sistema de tránsito, transporte, movilidad y seguridad vial.
“Modernizamos procesos que antes eran lentos, para ofrecer una experiencia ágil, transparente y centrada en las personas. Esta plataforma es un compromiso con la movilidad eficiente y la calidad de vida de todos”, explicó Morrison.

Por su parte, el presidente del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), Guido Gómez Mazara, destacó el impacto de esta transformación digital:
“Este tipo de iniciativas consolidan una administración pública más cercana, moderna y eficiente. Desde INDOTEL, respaldamos firmemente el fortalecimiento de plataformas como INTRANT Digital, que promueven la transparencia, la trazabilidad y la confianza ciudadana en los servicios del Estado”.
OPSEVI: datos que salvan vidas
El Observatorio Permanente de Seguridad Vial (OPSEVI) relanza su plataforma con una interfaz renovada y acceso a datos provenientes de múltiples fuentes oficiales, como DIGESETT, INACIF, Ministerio de Salud Pública, 911, PGR y más.
Esta herramienta facilita a medios de comunicación, académicos, instituciones educativas y al público general consultar estadísticas detalladas sobre accidentes de tránsito, segmentadas por ubicación, tipo de vehículo, edad y hora, entre otros parámetros.
“Con OPSEVI, ponemos la información en manos de quienes toman decisiones, investigan y comunican. Este observatorio no solo genera datos: salva vidas al permitir políticas públicas más efectivas y focalizadas”, señaló Milton Morrison, director ejecutivo del Intrant.
A su vez, Guido Gómez Mazara, presidente del INDOTEL, resaltó la importancia de abrir los datos al ciudadano: “El acceso libre y transparente a información sobre siniestralidad vial fortalece la participación, fomenta la prevención y mejora la capacidad del Estado de responder con inteligencia y oportunidad”.
Durante la actividad estuvieron presentes el coronel piloto del ERD, Randolfo Rijo Gómez, Director ejecutivo del Sistema Nacional de Atención a Emergencias y Seguridad 911; general Pascual Cruz Méndez, director de la Digesett; Agustín Burgos, director ejecutivo del Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL); Rosa Urania Abreu, Consultora de la Organización Panamericana de la Salud OPS-OMS en RD; Dio Astacio, alcalde de Santo Domingo Este, entre otros.
Panorama
Intrant reforzará controles y sancionará por uso indebido de patinetas y bicicletas eléctricas
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que reforzará los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en los espacios públicos, con el objetivo de proteger al peatón y garantizar la seguridad vial.
Mediante una nota de prensa, la institución recordó que «las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora».
Cualquier alteración del sistema de motorización que permita exceder este rango constituye una violación directa a la regulación, conforme a la normativa vigente.
Bicicletas y motocicletas eléctricas
El Intrant indicó que la normativa establece que las bicicletas eléctricas de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 km/h.
En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador —aunque posean pedales— son consideradas vehículos de motor y deben cumplir con los requisitos legales vigentes, incluyendo placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1 y uso obligatorio de casco.
Asimismo, la entidad precisó que la circulación sin estos requisitos autoriza a las autoridades a proceder con la retención inmediata del vehículo.
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, insistió en la importancia de diferenciar entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas: «las patinetas eléctricas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido cuyo motor complementa el esfuerzo humano se consideran dispositivos de movilidad personal, sujetos a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco protector», señala el comunicado.
La entidad explicó que estas medidas responden al aumento del uso de dispositivos de movilidad eléctrica en las vías públicas, lo que hace necesario fortalecer el orden, especialmente en zonas de alta circulación peatonal.
El Intrant informó que notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) la obligatoriedad de que toda motocicleta eléctrica complete los procesos ordinarios de importación y matriculación antes de circular.
También comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del marco legal vigente.
Sanciones
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La fiscalización estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).
Panorama
INTRANT: Multa de RD$10,000 a vehículos pesados y carga que circulen por el carril izquierdo
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) emitió una resolución que prohíbe la circulación de vehículos pesados y de transporte de cargas en el carril izquierdo en las autopistas y carreteras del territorio nacional.
El pasado 16 de julio de 2020, el expresidente Danilo Medina, emitió el decreto 258-20 que especifica los lineamientos que contiene la resolución 003-2026 emitida por el Intrant el 6 de febrero.
Aunque contiene lo pautado en el decreto, la resolución establece algunos puntos nuevos como que los conductores que no cumplan con lo establecido, aclarando que el monto del pago del salario mínimo será de RD$10,000.00.
Además, la en la Resolución, el Intrant indica que solo se usará el izquierdo para rebasar, pero aclara que no se podrá hacer esta maniobra “si es necesario cruzar a la mitad izquierda de la calzada de la vía pública en pendientes o curvas si se careciera de visibilidad por una extensión razonable, que circule otro vehículo en dirección contraria o esté obstaculizada en cualquier forma la mitad izquierda de la calzada o estén marcadas zonas de no pasar, o cuando las circunstancias del tránsito o las señales expresadas indiquen que el vehículo alcanzado a su vez habrá de cruzar a la mitad izquierda del camino”.
Sumado a esto, no se podrá rebasar al vehículo alcanzado a menos que la mitad izquierda de la calzada esté claramente visible y se disponga de un espacio libre hacia delante que permita al vehículo volver a ocupar sin peligro de colisión la mitad derecha de la misma.
En el decreto se indicaba que será “obligación de todo vehículo pesado” transitar siempre por el carril de la derecha, excepto al pasar a otro vehículo que se conduzca en la misma dirección o cuando se disponga a doblar a la izquierda, en una intersección o para entrar en un camión privado en autopista y carretera.
Además, el Intrant señala lo que contiene el punto 8 del artículo 54 del referido decreto que especifica que los vehículos pesados y vehículos de transporte de cargas que transporten carga suelta en las vías públicas tendrán la carga debidamente asegurada у cubierta con una lona, toldo encerado o lienzo, que la cubra totalmente de manera que esta no se derrame o disemine, causando peligro para los demás usuarios de la vía, a la atmósfera y a la salud de la población.
El cumplimiento de estas disposiciones está a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett) y la Dirección de Supervisión y Control de Sanciones del Intrant, conjuntamente con el apoyo, asistencia técnica y operativa de la Comisión Militar y Policial (Comipol), serán las entidades responsables de la supervisión, fiscalización y ejecución de la presente resolución, de manera que queden instaurados los controles necesarios para su cumplimiento.
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